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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2023 (13/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Viernes 13 de enero de 2023 El Peruano / Artículo 16.- Delegación de facultades y atribuciones en el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Mejoramiento Integral de Barrios Delegar en el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, en el ámbito de sus funciones, la facultad de aprobar los expedientes técnicos para la ejecución de obras, y sus modi fi caciones, así como, autorizar la inclusión de partidas nuevas no consideradas en el presupuesto detallado de la oferta propuesta y siempre que sean indispensables para conseguir la fi nalidad del contrato y prescindir de partidas que no resulten necesarias para cumplir con la fi nalidad del contrato, regulados en el marco del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, aprobado por el Decreto Supremo N° 071-2018-PCM. Artículo 17.- Deber de informar Los/Las funcionarios/as y servidores/as a los/las cuales se les ha delegado las facultades y atribuciones indicadas en la presente Resolución Ministerial informan semestralmente al Despacho Ministerial, a través de la Secretaría General, respecto al ejercicio de las facultades y atribuciones delegadas. Artículo 18.- Cumplimiento de requisitos Las facultades y atribuciones a que se re fi ere la presente Resolución Ministerial, son indelegables y comprenden las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso. Artículo 19.- Dejar sin efecto Dejar sin efecto las delegaciones efectuadas y actualizadas mediante la Resolución Ministerial N° 007-2020-VIVIENDA, la Resolución Ministerial N° 272-2020-VIVIENDA, la Resolución Ministerial N° 106-2022-VIVIENDA, la Resolución Ministerial N° 269-2022-VIVIENDA y la Resolución Ministerial N° 354-2022-VIVIENDA. Artículo 20.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial a los/ las servidores/ras y funcionarios/as en quienes han sido delegadas facultades y atribuciones. Artículo 21.- Publicación Disponer la difusión de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PEREZ DE CUELLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2142780-2 COMUNICADO DECLARACIONES JURADAS DE FUNCIONARIOS Y SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO Ley N° 27482 - D.S Nº 080-2001-PCM Se hace de conocimiento a todas las entidades públicas, que las solicitudes de publicación de las Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado en el Diario O fi cial El Peruano, se efectúan solo a través de la plataforma digital del Portal de Atención al Cliente -PGA- del Diario O fi cial El Peruano, al que deberán acceder con el usuario y contraseña otorgada a cada Entidad. Los archivos que se remiten a través del PGA, son los siguientes:1. Archivo principal Excel que contiene los formatos de las Declaraciones Juradas que serán publicadas y por cuyo contenido asume responsabilidad la entidad solicitante. Este archivo contiene una sola hoja de trabajo Excel; y en caso se remitan varias declaraciones juradas, éstas deben estar ordenadas una debajo de otra. Las plantillas en formato Excel se pueden descargar en el siguiente hipervínculo: http://pga.editoraperu.com.pe/ddjj-plantilla.xlt. 2. Archivo de Respaldo PDF que contiene todas las Declaraciones Juradas suscritas física o virtualmente por los obligados, las mismas que son idénticas a las contenidas en el archivo principal Excel y cuyos originales son conservados y custodiados por cada Entidad de acuerdo a Ley. Tener en consideración que el correo dj@editoraperu.com.pe solo se usa para las coordinaciones o fi ciales relacionadas a la tramitación de las Declaraciones Juradas. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES