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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2023 (25/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de enero de 2023 El Peruano / VISTOS: El Memorándum Nº 090-2023-VIVIENDA/VMVU- DGPPVU de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo; el Memorándum Nº 076-2023-VIVIENDA/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 060-2023-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por fi nalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante la Resolución Ministerial N° 381-2022-VIVIENDA se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 3 729 888 935,00 (TRES MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se autoriza de manera excepcional en el presente año fi scal la realización de transferencias fi nancieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Fondo MIVIVIENDA S.A.; la misma que según el numeral 16.2 de dicho artículo se realizan mediante resolución del Titular del pliego que se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, de acuerdo al numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1226, Decreto Legislativo que modi fi ca la Ley N° 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional y que dicta medidas complementarias para el acceso a la vivienda de la población vulnerable, se autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar de manera anticipada, con cargo a su presupuesto institucional, la transferencia al Fondo MIVIVIENDA S.A. de los recursos para fi nanciar el Bono Familiar Habitacional y el Bono del Buen Pagador; Que, mediante el Memorándum Nº 090-2023-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU, sustentado en el Informe Técnico N° 002-2023-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-RCHC, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo informa que se ha suscrito el Convenio Nº 002-2023-VIVIENDA, “Convenio para la ejecución del Bono Familiar Habitacional en las modalidades de aplicación: Adquisición de Vivienda Nueva y Construcción en Sitio Propio”, entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Fondo MIVIVIENDA S.A., por lo que, solicita se expida la Resolución Ministerial que autorice la transferencia fi nanciera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. de hasta por la suma de S/ 890 012 343,00 (OCHOCIENTOS NOVENTA MILLONES DOCE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), para la atención de las familias con el Bono Familiar Habitacional en las modalidades de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva y Construcción en Sitio Propio, en el marco de lo establecido en el literal b) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Que, con el Memorándum N° 076-2023-VIVIENDA/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 023-2023-VIVIENDA/OGPP-OP de su O fi cina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y se propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 890 012 343,00 (OCHOCIENTOS NOVENTA MILLONES DOCE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en las modalidades de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva y Construcción en Sitio Propio; para lo cual, se ha suscrito el Convenio N° 002-2023-VIVIENDA y precisa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva; Que, mediante el Informe Nº 060-2023-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para continuar con el trámite de expedición de la Resolución Ministerial que autorice la transferencia fi nanciera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A.; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, hasta por la suma de S/ 890 012 343,00 (OCHOCIENTOS NOVENTA MILLONES DOCE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo N° 1226, Decreto Legislativo que modi fi ca la Ley N° 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional y que dicta medidas complementarias para el acceso a la vivienda de la población vulnerable; y, la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, hasta por la suma de S/ 890 012 343,00 (OCHOCIENTOS NOVENTA MILLONES DOCE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en las modalidades de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva y Construcción en Sitio Propio. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se atiende con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, Programa Presupuestal 0146. Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano Adecuado, Producto 3000830. Familias Acceden a Viviendas en Condiciones Adecuadas, Actividad 5006085. Selección Asignación y Supervisión del Bono Familiar Habitacional, en la Genérica del Gasto 4. Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial, bajo responsabilidad, no podrán ser destinados a fi nes distintos