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31 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de enero de 2023 El Peruano / SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Designan Jefe Zonal II de la Jefatura Zonal de Iquitos de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000060-2023-MIGRACIONES Breña, 24 de enero del 2023VISTOS:El Informe N° 000062-2023-UAP-MIGRACIONES de la Unidad de Administración de Personal de la Ofi cina de Recursos Humanos; el Memorando N° 000172-2023-ORH-MIGRACIONES de la O fi cina de Recursos Humanos; la Hoja de Elevación N° 000052-2023-OAJ-MIGRACIONES de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza Jefe Zonal II de la Jefatura Zonal de Iquitos de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; Que, resulta necesario designar a la persona que asuma el mencionado cargo; Con los vistos de la Gerencia General y de las O fi cinas de Recursos Humanos, y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 000153-2020-MIGRACIONES; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor GILMER RIVERA QUIÑONEZ en el cargo de con fi anza de JEFE ZONAL II de la Jefatura Zonal de Iquitos de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO BENJAMIN GARCIA CHUNGA Superintendente 2145606-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen diversas medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Piura Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000038-2023-CE-PJ Lima, 23 de enero del 2023VISTOS: El O fi cio N° 001434-2022-ST-UETI-CPP-PJ, cursado por la Secretaria Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; así como el Informe N° 000209-2022-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad. CONSIDERANDO:Primero. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Piura solicita la reconformación del Juzgado Penal Colegiado Conformado Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la mencionada Corte Superior, creado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000195-2022-CE-PJ, a fi n de evitar la dilación en la instalación de juicios que afecta la administración de justicia. Segundo. Que, la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal es un órgano de apoyo del Consejo Ejecutivo que tiene entre sus funciones, emitir opinión respecto a las propuestas de creación, prórroga, conversión y/o reubicación de órganos jurisdiccionales bajo el nuevo Código Procesal Penal; así como de las propuestas efectuadas por la Comisión Nacional de Productividad Judicial, respecto a los liquidadores del antiguo modelo. Tercero. Que, la Secretaria Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal mediante O fi cio N° 001434-2022-ST-UETI-CPP- PJ remite a este Órgano de Gobierno el Informe N° 000209-2022-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, del Componente de Monitoreo y Evaluación de la citada Unidad, por el cual se realiza una evaluación de lo solicitado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Piura, concluyendo que conforme la data estadística resulta pertinente la reconformación del Juzgado Penal Colegiado Conformado Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Piura, con el 7º Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Juzgado de Extinción de Dominio Transitorio del distrito y provincia de Piura, y el Juzgado Penal Unipersonal del distrito y provincia de Sechura. Por lo tanto, para el cumplimiento de la reconformación del Juzgado Penal Colegiado Conformado Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Piura a nivel técnico involucra modi fi caciones en el Sistema Integrado Judicial respecto a las dependencias, instancias, entre otros, las cuales deben ser autorizadas por el máximo órgano de gobierno del Poder Judicial, en aras de lograr una justicia célere y e fi caz. Cuarto. Que, en consecuencia, por lo expuesto en el informe emitido por la Secretaría Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 099-2023 de la tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 11 de enero de 2023, realizada con la participación de la señora y señores Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Arias Lazarte por asistir a una reunión programada con anterioridad; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer, a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario O fi cial del Bicentenario “El Peruano”, las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Piura: