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25 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de enero de 2023 El Peruano / Legislativo Nº 1226, Decreto Legislativo que modi fi ca la Ley Nº 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional y que dicta medidas complementarias para el acceso a la vivienda de la población vulnerable; y, la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 170 262 600,00 (CIENTO SETENTA MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono del Buen Pagador. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, Programa Presupuestal 0146. Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano Adecuado, Producto 3000830. Familias Acceden a Viviendas en Condiciones Adecuadas, Actividad 5006086. Selección Asignación y Supervisión del Bono del Buen Pagador, en la Genérica del Gasto 4. Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial, bajo responsabilidad, no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos, conforme lo dispuesto por el numeral 16.3 del artículo 16 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 y el Convenio Nº 001-2023-VIVIENDA. Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para lo cual se realiza la Transferencia Financiera, en el marco de lo dispuesto por el numeral 16.3 del artículo 16 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 y el Convenio Nº 001-2023-VIVIENDA. Artículo 5.- Información El Fondo MIVIVIENDA S.A. informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros de las actividades a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 y el Convenio Nº 001-2023-VIVIENDA. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2145821-1ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE Designan Ejecutiva de la Subdirección de Sanción del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR RESOLUCIÓN DE JEFATURA Nº 00010-2023-OSINFOR/01.1 Lima, 23 de enero de 2023VISTOS:El Informe 00010-2023-OSINFOR/05.2.1 del 18 de enero de 2023; respectivamente, emitido por la Unidad de Gestión del Talento Humano; y, CONSIDERANDO: Que, el literal h) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, aprobado por Resolución de Jefatura Nº 00003-2023-OSINFOR/01.1 del 11 de enero de 2023, establece que el/la Jefe/a del OSINFOR tiene la función de designar y remover a los/las servidores/as civiles de con fi anza, y aprobar las designaciones y remociones de los cargos directivos, de conformidad con la normativa vigente; Que, encontrándose vacante el cargo de Ejecutivo(a) de la Subdirección de Sanción del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, resulta necesario designar a el/la servidor/a que desempeñará dicho cargo; Que, mediante Informe Nº 00010-2023-OSINFOR/05.2.1, del 18 de enero de 2023, la Unidad de Gestión del Talento Humano mani fi esta que la señora Luisa Cóndor Meza cumple con el per fi l para ocupar el cargo de Ejecutiva de la Subdirección de Sanción, opinando que de conformidad con el Ofi cio N° 001826-2020-SERVIR-GDSH, emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil, puede realizarse su designación para ocupar el referido cargo; Con el visado de la Unidad de Gestión del Talento Humano, la O fi cina de Administración, la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Gerencia General; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en uso de la atribución conferida por el literal h) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, aprobado mediante Resolución de Jefatura Nº 00003-2023-OSINFOR/01.1 del 11 de enero de 2023; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar, con efectividad a partir del 23 de enero de 2023, a la señora Luisa Cóndor Meza, para ocupar el cargo de Ejecutiva de la Subdirección de Sanción del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, cargo considerado de con fi anza, a ejecutarse bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en diario o fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Organismo de Supervisión de los