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38 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de enero de 2023 El Peruano / desde julio de 2022 viene tramitando con turno cerrado los expedientes de la referida subespecialidad; al mes de octubre de 2022 resolvió 287 expedientes de una carga procesal de 1,237 expedientes, de los cuales 857 expedientes le ingresaron en el mes de setiembre por redistribución, obteniendo un avance de meta del 87%, el cual fue superior al avance ideal de 83% correspondiente al mes de octubre de 2022; observándose que el 1°, 3°, 4°, 5°, 10°, 13°, 15° y 38° Juzgados de Trabajo Permanentes presentaron respectivamente avances de meta del 80%, 69%, 73%, 51%, 75%, 63%, 76% y 72%, los cuales fueron inferiores al avance ideal del 83% correspondiente al mes de octubre de 2022. Por otro lado, se estima al mes de diciembre 2022 los juzgados de trabajo permanentes tendrían una carga procesal proyectada promedio de 1,559 expedientes, cifra que al superar la carga procesal máxima de 935 expedientes, correspondiente a los juzgados de trabajo de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, evidencia que dichas dependencias judiciales permanentes estarían en la condición de sobrecarga procesal; observándose que el 2°, 7° y 8° Juzgados de Trabajo Permanentes, pese a tener avances de meta del 96%, 96% y 94%, superiores al avance ideal del 83% que corresponde al mes de octubre de 2022, registraron en dicho período elevadas cargas pendientes de 1096, 1201 y 1080 expedientes; por lo que se considera necesario cerrar temporalmente el turno para el ingreso de expedientes a estos juzgados permanentes, a efecto de que puedan avocarse a disminuir su elevada carga pendiente. j) El Juzgado de Trabajo Transitorio - Zona 02, con sede en el Distrito de Ate de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, que tramita con turno cerrado los procesos laborales de la Nueva Ley Procesal de Trabajo (NLPT), al mes de octubre de 2022 resolvió 321 expedientes de una carga procesal de 1,131 expedientes, obteniendo un avance de meta del 64%, el cual fue inferior al avance ideal de 83% correspondiente al mes de octubre de 2022, siendo pertinente señalar que en el mes de setiembre de 2022 se redistribuyeron 455 expedientes al Juzgado de Trabajo Transitorio, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 257-2022-CE-PJ, razón por la cual se ajustó la meta preliminar con el fi n de no afectar el porcentaje de productividad de dicho órgano jurisdiccional transitorio; asimismo, el Juzgado de Trabajo Permanente de la Zona 02, resolvió 496 expedientes de una carga procesal de 1,675, obteniendo un avance de meta del 90%, superior al avance ideal del 83%, correspondiente al mes de octubre del presente año; por lo que resulta necesario que la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Este informe al presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor a treinta días calendarios, sobre las medidas administrativas adoptadas para mejorar el nivel resolutivo del Juzgado de Trabajo Transitorio de Descarga - Zona 02. k) Mediante el O fi cio N° 000379-2022-P-ETIINLPT-CE- PJ, el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, solicitó que se evalúe la propuesta de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, contenida en el O fi cio N° 001134-2022-P-CSJLE-PJ, sobre ampliar la competencia territorial del 2° Juzgado de Trabajo - Zona 01 del Distrito de San Juan de Lurigancho, para que tramite expedientes de la Nueva Ley Procesal del Trabajo provenientes de la Zona 03, correspondiente al Distrito de Santa Anita; así como renombrar al 2° Juzgado de Trabajo - Zona 01 como 2° Juzgado de Trabajo - Zonas 01 y 03. Al respecto, se observó que el Juzgado de Trabajo - Zona 03 al mes de octubre de 2022 resolvió 768 expedientes de una carga procesal de 2,197 expedientes, obteniendo un buen avance de meta 140%, porcentaje superior al avance ideal del 83%, correspondiente al mes de octubre de 2022; asimismo, el 2° Juzgado de Trabajo - Zona 01 resolvió durante el mismo periodo 362 expedientes de una carga procesal de 643 expedientes, obteniendo un avance de meta del 52% cifra inferior al avance ideal del mes de octubre de 2022. Por otro lado, se estima que al mes de diciembre de 2022 el Juzgado de Trabajo - Zona 03 tendría una carga procesal proyectada de 2,520 expedientes, cifra que al ser mayor a la carga procesal máxima de 935 expedientes anuales, correspondiente a un juzgado de trabajo que tramita expedientes de la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, estaría en condición de sobrecarga procesal; además, se observa que el 2° Juzgado de Trabajo - Zona 01, tendría la condición de subcarga procesal debido a que tendría una carga procesal proyectada de 703 expedientes, cifra inferior a la carga procesal mínima que es de 715 expedientes; razón por la cual resulta conveniente ampliar la competencia territorial del 2° Juzgado de Trabajo - Zona 01, del Distrito de San Juan de Lurigancho hacia la Zona 03, del Distrito de Santa Anita, para tramitar expedientes de la subespecialidad Nueva Ley Procesal de Trabajo; así como renombrar al 2° Juzgado de Trabajo - Zona 01, del distrito de San Juan de Lurigancho como 2° Juzgado de Trabajo - Zonas 01 y 03; que el Juzgado de Trabajo - Zona 03, redistribuya en forma aleatoria 500 expedientes hacia el 2° Juzgado de Trabajo - Zonas 01 y 03, en etapa de trámite; y que la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Este informe al presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor a treinta días calendario, sobre las medidas administrativas adoptadas para mejorar el nivel resolutivo del 2° Juzgado de Trabajo - Zonas 01 y 03. l) El Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito de San Juan de Mira fl ores, Corte Superior de Justicia de Lima Sur, que tramita con turno cerrado los procesos laborales de la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal de Trabajo (NLPT), y tramita con turno abierto los procesos de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), al mes de octubre de 2022 resolvió 424 expedientes de una carga procesal de 1,163 expedientes, obteniendo un avance de meta del 69%, el cual fue inferior al avance ideal de 83% correspondiente al mes de octubre de 2022; siendo pertinente señalar que durante dicho mes se redistribuyeron 400 expedientes al referido juzgado transitorio, conforme a lo dispuesto en las Resoluciones Administrativas Nros. 257 y 357-2022-CE-PJ, razón por la cual se ajustó la meta preliminar con el fi n de no afectar el porcentaje de productividad de dicho órgano jurisdiccional transitorio. De otro lado, se estima que al mes de diciembre de 2022 el 1° y 2° Juzgados de Trabajo Permanentes del Distrito de San Juan de Mira fl ores tendrían una carga procesal proyectada promedio de 1,928 expedientes, cifra que al superar la carga procesal máxima de 935 expedientes, correspondiente a los juzgados de trabajo de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, evidencia que estarían en la condición de sobrecarga procesal, pese a que presentan un avance de meta promedio del 89%, cifra superior al avance ideal del 83%, correspondiente al mes de octubre de 2022; en tal sentido, resulta necesario que el 1° y 2° Juzgados de Trabajo Permanentes del Distrito de San Juan de Mira fl ores redistribuyan cada uno en forma aleatoria 150 expedientes en etapa de trámite más antiguos de la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal de Trabajo (NLPT) al Juzgado de Trabajo Transitorio del mismo distrito; y que la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur informe al presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor a treinta días calendario, sobre las medidas administrativas adoptadas para mejorar el nivel resolutivo del Juzgado de Trabajo Transitorio de San Juan de Mira fl ores. m) El Juzgado Civil Transitorio de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Piura, que tramita con turno cerrado los procesos de familia distintos a los de violencia familiar y además liquida la carga laboral pendiente en etapa de trámite y ejecución de la Ley N° 26636, al mes de octubre de 2022 resolvió 318 expedientes de una carga procesal de 893, obteniendo un avance de meta del 71%, que fue inferior al avance ideal del 80% que, por su fecha de inicio de funcionamiento, debió registrar a octubre de 2022, quedándole una carga pendiente de 547 expedientes; asimismo, el 1°, 2°, 3°, 4° y 5° Juzgados Civiles Permanentes de la Provincia de Piura, resolvieron durante el mismo período 463, 427, 420, 412 y 372 expedientes, con lo cual obtuvieron avances de meta del 77%, 71%, 70%, 69% y 62%; por lo que no alcanzaron el avance ideal del 83% que debieron registrar a octubre de 2022, quedándoles una carga