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37 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de enero de 2023 El Peruano / días calendario, sobre las acciones adoptadas para mejorar el nivel resolutivo del 2° Juzgado de Trabajo Permanente, cuyo avance de meta del 64% fue inferior al avance ideal del 83% que debió presentar al mes de octubre de 2022 d) El 1° Juzgado de Trabajo Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Callao, que tramita con turno cerrado los procesos laborales de la Nueva Ley Procesal de Trabajo (NLPT), al mes de octubre de 2022 resolvió 269 expedientes de una carga procesal de 1,512 expedientes, obteniendo un avance de meta del 46%, el cual fue muy inferior al avance ideal del 83% correspondiente al mes de octubre del presente año; mientras que el 1°, 2°, 3° y 5° Juzgados de Trabajo Permanentes del Callao, resolvieron en promedio 457 expedientes de una carga procesal promedio de 1,512, obteniendo individualmente avances de meta del 90%, 83%; 81% y 78%, respectivamente; razón por la cual se considera conveniente que la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Callao informe al presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor a treinta días calendarios, sobre las medidas administrativas adoptadas para mejorar el nivel resolutivo del 5° Juzgado de Trabajo Permanente y del 1° Juzgado de Trabajo Transitorio del Callao. e) Mediante O fi cio N° 000316-2022-P-CSJJU-PJ, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín ha solicitado que el 1° y 4° Juzgados de Trabajo Permanentes de la Provincia de Huancayo efectúen la redistribución 100 expedientes en etapa de trámite hacia el Juzgado de Trabajo Transitorio de la misma provincia. Al respecto, se observa que los juzgados de trabajo permanentes de la Provincia de Huancayo, que tramitan expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP) al mes de octubre de 2022 resolvieron en promedio 930 expedientes de una carga procesal promedio de 1,651 expedientes, obteniendo un avance de meta promedio del 93%, porcentaje superior al avance ideal correspondiente al mes de octubre de 2022, quedándoles una carga pendiente promedio de 406 expedientes; de igual manera, el Juzgado de Trabajo Transitorio de la referida provincia, que tramita con turno cerrado los expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), en el mismo periodo resolvió 731 expedientes de una carga procesal de 802 expedientes, obteniendo un avance de meta del 118% cifra superior al avance ideal de 83% al mes de octubre de 2022, quedándole una carga pendiente de apenas 31 expedientes, los cuales deben de haber disminuido a la fecha; en tal sentido, resulta conveniente que el 1° y 4° Juzgados de Trabajo Permanentes de la Provincia de Huancayo, redistribuyan cada uno aleatoriamente hacia el Juzgado de Trabajo Transitorio de la misma provincia 100 expedientes en etapa de trámite más antiguos que no se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de enero de 2023, no debiendo considerarse en dicha redistribución a aquellos expedientes que se encuentren en etapa de ejecución, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta días calendario. f) Mediante O fi cio N° 000178-2022-P-CSJJU-PJ, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín ha propuesto que los cuatro juzgados de familia del Módulo Especializado de Familia, que no tramitan expedientes de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Ley N°30364, redistribuyan 14,085 expedientes en etapa de ejecución de la subespecialidad de dicha subespecialidad hacia los seis juzgados de familia del Módulo Judicial Integrado en Violencia Familiar de dicha Corte Superior. Al respecto, mediante O fi cio N° 000740-2022-OPJ- CNPJ-CE-PJ, se remitió a la presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial la referida propuesta a fi n que dicha comisión disponga la evaluación de la misma; quien, mediante O fi cio N° 000674-2022-RT- PPOR1002-P-PJ, de la Responsable Técnica del Programa Presupuestal orientado a resultados de “Reducción de la violencia contra la mujer”, con base en el Informe N° 000029-2022-YSH-RT-PPOR1002-P-PJ, ha opinado que no corresponde efectuar dicha redistribución de 14,085 expedientes, en razón que los juzgados de familia del Módulo Judicial Integrado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, creados desde el 15 de octubre de 2018, solo conocen los procesos que ingresaron desde su funcionamiento, conforme a lo dispuesto en el artículo segundo de la Resolución Administrativa N° 136-2018-P-CE-PJ. En tal sentido, considerando que la supervisión del cumplimiento de las medidas de protección se encuentra a cargo de los juzgados de familia que dictaron dichas medidas, conforme a lo dispuesto en el artículo 37° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30364, la misma que se realiza en etapa de ejecución, y en concordancia con lo opinado por el Programa Presupuestal orientado a resultados de “Reducción de la violencia contra la mujer”, se recomienda desestimar la solicitud de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Junín para que los cuatro juzgados de familia del Módulo Especializado de Familia, que no atienden Violencia Familiar, redistribuyan 14,085 expedientes en etapa de ejecución de la subespecialidad de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar hacia los seis juzgados de familia del Módulo Judicial Integrado en Violencia Familiar de dicha Corte Superior. g) El 1° Juzgado de Paz Letrado de Familia Transitorio de la Provincia de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad, al mes de octubre de 2022 resolvió 675 expedientes de una carga procesal de 989, con lo cual obtuvo un avance de meta del 89%, el cual fue mayor al avance ideal del 83% que corresponde al mes de octubre del presente año, quedándole una carga pendiente de 294 expedientes; mientras que los cuatro juzgados de paz letrados de familia permanentes durante el mismo período resolvieron en promedio 730 expedientes de una carga procesal promedio de 1,251, obteniendo un buen avance de meta promedio del 89%, superando el avance ideal del 83%; observándose que el 6° Juzgado de Paz Letrado de Familia de Trujillo, a diferencia de sus homólogos permanentes y transitorio, registra un bajo nivel resolutivo al presentar un avance de meta del 75%. De otro lado, el presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad ha solicitado mediante O fi cio N° 002491-2022-CSJLL-PJ, abrir turno al 1° Juzgado de Paz Letrado de Familia Transitorio; sin embargo, a efecto de no desnaturalizar la función de descarga del 1° Juzgado de Paz Letrado de Familia Transitorio de Trujillo, se recomienda desestimar dicha solicitud; y asimismo, resulta necesario que el presidente de la citada Corte Superior informe al presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor a treinta días calendario, sobre las medidas administrativas adoptadas para mejorar el nivel resolutivo del 6° Juzgado de Paz Letrado de Familia Permanente de Trujillo. h) El 23°, 29° y 37° Juzgados Civiles Permanentes de la Corte Superior de Justicia de Lima han presentado al mes de octubre de 2022 buenos niveles resolutivos con avances del 83%, 86% y 86%; mientras que el 2°, 9°, 14°, 19°, 25°, 26°, 27°, 28°, 34° y 36° Juzgados Civiles Permanentes de Lima han presentado bajos niveles resolutivos no alcanzando el avance ideal del 83% que corresponde a octubre del presente año, siendo el 2° Juzgado Civil Permanente de Lima el que registra el nivel resolutivo más bajo al presentar al mes de octubre un avance de meta de tan solo 17%; no considerándose en dicha relación al 1°, 3°, 10°, 11°, 15°, 16°, 20°, 21°, 31°, 32° y 33° Juzgados Civiles Permanentes, en razón de presentar cargas pendientes inferiores a los 300 expedientes; razón por la cual se recomienda que la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima informe al presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor a treinta días calendaris, sobre las medidas administrativas adoptadas para mejorar el nivel resolutivo del 9°, 14°, 19°, 25°, 27°, 28°, 34° y 36° Juzgados Civiles Permanentes de Lima, y sobre todo del 2°, 19° y 26° Juzgados Civiles Permanentes que presentan muy bajos avances de meta de 17%, 43% y 39%. i) El 1° Juzgado de Trabajo Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima, el cual tuvo turno abierto para los procesos laborales de la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal de Trabajo (NLPT) desde el 1 de noviembre de 2021 hasta el 30 de junio de 2022, y