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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (03/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Viernes 3 de febrero de 2023 El Peruano / promedio de 4,252, por lo que obtuvieron un buen avance de meta promedio del 157%, el cual fue superior al avance ideal del 91% correspondiente al citado mes; sin embargo, ambos juzgados permanentes registraron una carga pendiente promedio de 1,458 expedientes y además, se estima que su carga procesal proyectada para diciembre de 2022 ascendería a 4,466 expedientes, cifra que al superar la carga procesal máxima de 2,550 expedientes para los juzgados de paz letrados laborales de esta especialidad, evidencia que dichas dependencias judiciales estarían en la condición de sobrecarga procesal. Al respecto, el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, mediante O fi cio Nº 000001-2023-ST-ETIINLPT-CE- PJ e Informe N° 000006-2023-ST-ETIINLPT-CE-PJ, ha propuesto que el 4° y 9° Juzgados de Paz Letrados Laborales Permanentes del Distrito y Provincia de Arequipa redistribuyan respectivamente hacia el Juzgado de Paz Letrado Laboral Transitorio de la misma localidad, 300 y 500 expedientes con fecha de programación de audiencia de juzgamiento más lejana; por lo que, en concordancia con lo propuesto por dicho equipo técnico, se considera conveniente efectuar la referida redistribución de expedientes. c) El 2° Juzgado de Trabajo Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Callao, que tramita con turno cerrado los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), al mes de noviembre de 2022 resolvió 473 expedientes de una carga procesal de 725, obteniendo un avance de meta del 85%, el cual fue inferior al avance ideal de 91% correspondiente al mes de noviembre de 2022, quedándole una carga pendiente de 223 expedientes; mientras que el 4° y 6° Juzgados de Trabajo Permanentes del Callao resolvieron en promedio 509 expedientes de una carga procesal promedio de 974, registrando un avance de meta promedio de 66% por lo que tampoco alcanzaron el referido avance ideal; sin embargo, estos juzgados permanentes registraron una carga pendiente promedio de 460 expedientes. Al respecto, el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, mediante O fi cio Nº 000001-2023-ST-ETIINLPT-CE- PJ e Informe Nº 000006-2023-ST-ETIINLPT-CE-PJ, ha propuesto que el 4° y 6° Juzgados de Trabajo Permanentes de la Corte Superior de Justicia del Callao redistribuya cada uno al 2° Juzgado de Trabajo Transitorio del Callao 150 expedientes de la subespecialidad Nueva Ley Procesal del Trabajo, con fecha de programación de audiencia de juzgamiento más lejana; por lo que, en concordancia con lo propuesto por dicho equipo técnico, se considera conveniente efectuar la referida redistribución de expedientes; y que la presidenta de la Corte Superior de Justicia del Callao informe al presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, sobre las acciones adoptadas para mejorar el nivel resolutivo del 4° y 6° Juzgados de Trabajo Permanentes y del 2° Juzgado de Trabajo Transitorio del Callao. d) El Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Huancavelica, que tramita con turno abierto los procesos laborales de las subespecialidades de la Nueva Ley Procesal de Trabajo (NLPT), contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP) y además liquida procesos de la Ley N° 23636 (LPT), al mes de noviembre de 2022 resolvió 159 expedientes de una carga procesal de 317, obteniendo un avance de meta del 58%, el cual fue muy inferior al avance ideal del 80% correspondiente al mes de noviembre de 2022, en razón que inició su funcionamiento el 1 de agosto de 2022; por lo que se considera necesario que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica informe al presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, sobre las acciones adoptadas para mejorar el nivel resolutivo del Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Huancavelica. e) El Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Barranca, Corte Superior de Justicia de Huaura, que tramita con turno cerrado los procesos de la especialidad civil y laboral, al mes de noviembre de 2022 resolvió 170 expedientes de una carga procesal de 405, obteniendo un muy bajo avance de meta del 54%, el cual fue mucho menor al avance ideal del 91% que debió registrar a noviembre de 2022, quedándole una carga pendiente de 229 expedientes; mientras que el 1° y 2° Juzgados Civiles Permanentes de la referida provincia resolvieron en promedio durante el mismo período 387 expedientes de una carga procesal promedio de 777, obteniendo un bajo avance de meta promedio del 65%; por lo que tampoco alcanzaron el referido avance ideal al citado mes, registrando estos juzgados permanentes una carga pendiente promedio de 385 expedientes; razón por la cual, resulta necesario que el 1° y 2° Juzgados Civiles Permanentes de Barranca redistribuyan aleatoriamente cada uno como máximo 100 expedientes hacia el Juzgado Civil Transitorio de Barranca; y que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura informe al presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial sobre la evaluación de idoneidad del magistrado/a y personal jurisdiccional del Juzgado Civil Transitorio de Barranca, a efecto de disponer sus reemplazos, de ser el caso; así como sobre las acciones adoptadas para mejorar el nivel resolutivo del 1° y 2° Juzgados Civiles Permanentes de Barranca. f) El Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Huancayo, Corte Superior de Justicia de Junín, que tramita con turno cerrado los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), al mes de noviembre de 2022 resolvió 746 expedientes de una carga procesal de 940, obteniendo un buen avance de meta del 103%, el cual fue superior al avance ideal del 91% correspondiente al mes de noviembre de 2022; asimismo, el 1° y 4° Juzgados de Trabajo Permanentes que atienden con turno abierto los expedientes de la referida subespecialidad laboral, resolvieron en promedio 1,017 expedientes de una carga procesal promedio de 1,742, obteniendo un porcentaje de avance de meta promedio del 102%, porcentaje superior al avance ideal del 91% correspondiente al citado mes. Al respecto, el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, mediante O fi cio Nº 000001-2023-ST-ETIINLPT-CE-PJ e Informe Nº 000006-2023-ST-ETIINLPT-CE-PJ, ha propuesto el cierre de turno del 1° y 4° Juzgados de Trabajo Permanentes de la Provincia de Huancayo, para recibir expedientes de subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP) por el periodo de tres meses, a partir del mes de marzo de 2023 y la apertura de turno por el mismo periodo al Juzgado de Trabajo Transitorio de la misma provincia para recibir expedientes de la referida subespecialidad, con la fi nalidad que dichos juzgados de trabajo permanentes puedan descargar la carga pendiente en etapa de ejecución; por lo que, en concordancia con lo propuesto por dicho equipo técnico, se considera conveniente efectuar el cierre de turno del 1° y 4° Juzgados de Trabajo Permanentes de Huancayo; así como la apertura de turno del Juzgado de Trabajo Transitorio de Huancayo. g) El Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Ascope, Corte Superior de Justicia de La Libertad, que tiene competencia funcional para atender con turno abierto los procesos de la especialidad civil y familia, con excepción de los procesos de violencia familiar con la Ley N° 30364 y turno cerrado para los expedientes de la especialidad laboral, al mes de noviembre de 2022 resolvió 535 expedientes de una carga procesal de 964, obteniendo un avance de meta del 89%, el cual fue cercano al avance ideal del 91% que debió registrar al mes de noviembre de 2022; asimismo, durante el mismo período, el Juzgado Civil Permanente de Ascope que tramita procesos de la especialidad civil, familia y de violencia familiar con la Ley N° 30364, resolvió 860 expedientes de una carga procesal de 1,341, obteniendo un avance de meta de 79%, por lo que tampoco alcanzó el referido avance ideal; por lo que se considera necesario que el presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad informe al presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial sobre las acciones adoptadas para mejorar el nivel resolutivo del Juzgado Civil Permanente de Ascope. h) El 1° Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad, que tramita con turno cerrado los procesos laborales de