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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (28/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Martes 28 de febrero de 2023 El Peruano / Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar los índices de distribución de la PRA a favor de los gobiernos locales bene fi ciarios y de la Provincia Constitucional del Callao; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27613, Ley de la Participación en Renta de Aduanas; y, en el numeral 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Aprobar los índices de distribución de los recursos que se recauden durante el Año Fiscal 2023 correspondientes al 2% de la Participación en Rentas de Aduanas (PRA), a ser aplicados a los gobiernos locales y a la Provincia Constitucional del Callao, conforme a los Anexos N° I y N° II que forman parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- PublicaciónLa presente Resolución Ministerial y sus Anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2155349-1 EDUCACION Designan Directora de la Dirección de Fortalecimiento de la Gestión Escolar de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 136-2023-MINEDU Lima, 27 de febrero de 2023CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director(a) de la Dirección de Fortalecimiento de la Gestión Escolar de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora ELVA MILAGROS URBANO JIMENEZ en el cargo de Directora de la Dirección de Fortalecimiento de la Gestión Escolar de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MANUEL BECERRA TRESIERRA Ministro de Educación 2155556-1ENERGIA Y MINAS Modifican servidumbre de ocupación para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para la futura “Central Eólica Lomitas Plus”, a favor de concesión de la que es titular ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A., ubicada en el departamento de Ica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 068-2023-MINEM/DM Lima, 21 de febrero de 2023VISTOS: El Expediente N° 11251520 sobre solicitud de modi fi cación de servidumbre temporal de ocupación para desarrollar los estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para la futura “Central Eólica Lomitas Plus”, presentada por la empresa ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A. (en adelante, ENGIE); y, el Informe N° 086-2023-MINEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad; el Informe N° 0188-2023-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 257-2020-MINEM/DM se otorga a favor de ENGIE la concesión temporal para desarrollar los estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para la futura “Central Eólica Lomitas Plus”, ubicada en los distritos de Ocucaje y Santiago, provincia y departamento de Ica; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 049-2021-MINEM/DM, se establece con carácter temporal la servidumbre de ocupación para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para la futura “Central Eólica Lomitas Plus”, a favor de la concesión temporal de la que es titular ENGIE; Que, mediante documento con registro N° 3380884 de fecha 03 de noviembre de 2022, precisada mediante el documento con registro N° 3399977 de fecha 26 de diciembre de 2022, ENGIE solicita la modi fi cación de la servidumbre temporal de ocupación para desarrollar los estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para la futura “Central Eólica Lomitas Plus”; Que, de conformidad con la documentación que obra en el Expediente, los terrenos destinados para la realización de los estudios de factibilidad para la futura “Central Eólica Lomitas Plus” son de propiedad del Estado; Que, de acuerdo al literal a) del artículo 109 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, los concesionarios están facultados a utilizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; por lo cual, en el presente caso no corresponde el pago de compensación por derecho de servidumbre; Que, la petición se encuentra amparada por el articulo 110 y siguientes del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, el artículo 218 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, dispone que “Cuando los concesionarios, haciendo uso del derecho que les con fi ere el Artículo 109 de la Ley, afecten propiedades del Estado o de terceros, deberán reparar los daños causados y, en su caso, resarcir los costos de reparación (…)”; Que, mediante el Informe de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, indican que la solicitud de modi fi cación de Servidumbre de Ocupación Temporal para desarrollar los estudios de