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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (28/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Martes 28 de febrero de 2023 El Peruano / Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios Categoría de Gasto : 5 Gastos Corrientes Genérica de Gasto : 2.4 Donaciones y Transferencias Total U.E. 001: CONCYTEC …. S/ 10,536.55 Unidad Ejecutora : 003 Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados - PROCIENCIA Categoría Presupuestal : 9001 Acciones Centrales Producto : 3.999999 Sin ProductoActividad : 5.000003 Gestión Administrativa Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios Categoría de Gasto : 5 Gastos Corrientes Genérica de Gasto : 2.4 Donaciones y Transferencias Total U.E. 003: PROCIENCIA …. S/ 48,577.45 MONTO TOTAL ……. S/ 59,114.00 Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Presentación de la Resolución Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección Ejecutiva y a la Unidad de Planeamiento y Presupuesto (UPP) del Programa PROCIENCIA; así como a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y a la O fi cina General de Administración del CONCYTEC, para que efectúe las acciones que correspondan. Artículo 5.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la misma fecha, en el Portal de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (www.gob.pe/concytec). Regístrese, comuníquese y publíquese.BENJAMIN ABELARDO MARTICORENA CASTILLO Presidente (e) 1 Normatividad vigente de acuerdo a la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI) la cual entra en vigencia el día siguiente de la publicación de su reglamento en el Diario O fi cial El Peruano. 2155544-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General, destinada a financiar el control gubernamental en gasto de inversión RESOLUCIÓN Nº D000044-2023-OSCE-PRE Jesús María, 27 de febrero del 2023 VISTOS:El O fi cio N° 000613-2022-CG/SGE de la Secretaría General de la Contraloría General de la República, el Memorando N° D000188-2023-OSCE-PBID de la Coordinadora General del Proyecto BID, el Memorando N° D000113-2023-OSCE-OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, la Opinión N° D000011-2023-OSCE- UPPR de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, el Proveído N° D001215-2023-OSCE-OAD de la O fi cina de Administración, y el Informe N° D000106-2023-OSCE-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las Entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la citada Ley N° 27785, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, precisando que la resolución se publicará en el diario ofi cial El Peruano; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, autoriza a establecer modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego 019 – Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza. Asimismo, el numeral 4.2 del citado artículo, señala que las transferencias, se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, o con resolución ejecutiva regional o resolución de alcaldía, en el caso de los gobiernos regionales y locales, respectivamente. La resolución del titular del pliego del gobierno nacional y la resolución ejecutiva regional se publican en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante el O fi cio N° 000613-2022-CG/SGE de fecha 6 de octubre de 2022, la Secretaría General de la Contraloría General de la República solicita se realice la transferencia fi nanciera a favor del pliego 019 Contraloría General hasta por el monto de S/ 676,954.95; así como disponer las acciones pertinentes para garantizar la mencionada transferencia fi nanciera, en el plazo de quince (15) hábiles desde el día siguiente de recibida la indicada solicitud; Que, mediante O fi cio N° D002960-2022-OSCE-SGE de fecha 24 de octubre de 2022, la Secretaria General del OSCE remite a la Secretaria General de la Contraloría General de la República el Memorando N° D000534-2022-OSCE-OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización a través se adjunta el Informe N° D000060-2022-OSCE-UPPR elaborado por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto donde se informó, entre otros aspectos, que de acuerdo al seguimiento de la ejecución de gastos 2022 del proyecto 2394412, no se cuenta con saldos disponibles en la FF RO y la FF ROOC, por lo que no puede fi nanciar la transferencia fi nanciera, por tratarse de endeudamiento externo, asimismo, indicó que las transferencias fi nancieras del OSCE a la CGR para el control concurrente por el importe de S/ 676 954.95 se realizarán en los años 2023 y 2024; Que, en ese sentido, a través del Memorando N° D000188-2023-OSCE-PBID de fecha 13 de febrero de 2023, la Coordinadora General del Proyecto BID solicita a la O fi cina de Administración gestionar la emisión de la CCP 2023 y PP 2024, según el siguiente detalle: