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25 NORMAS LEGALES Martes 28 de febrero de 2023 El Peruano / MIMP-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, señala que dicha norma tiene por fi nalidad la creación y regulación de la organización y del funcionamiento del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, orientados al desarrollo de la plani fi cación estratégica como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado constitucional de derecho; siendo que, conforme al numeral 3.1 del artículo 3 del referido Decreto Legislativo, tal Sistema está integrado, entre otros, por los órganos del gobierno nacional con responsabilidades y competencias en el planeamiento estratégico; Que, el numeral 7.3 del artículo 7 de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, establece que, a nivel institucional, los objetivos expresados en los Planes Estratégicos Institucionales - PEI, para su implementación en los Planes Operativos Institucionales - POI, se articulan con los objetivos estratégicos de los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales - PESEM, los Planes Estratégicos Multisectoriales - PEM, los Planes de Desarrollo Regional Concertado - PDRC o los Planes de Desarrollo Local Concertado - PDLC, según corresponda al tipo de entidad; Que, el segundo párrafo del numeral 4.1 de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD, señala que el PEI es un instrumento de gestión que de fi ne la estrategia del Pliego para lograr sus objetivos, en un periodo mínimo de tres (3) años, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve; Que, asimismo, con relación a la validación y aprobación del PEI, el párrafo 5.7 del numeral 5 de la Guía para el Planeamiento Institucional establece que el CEPLAN veri fi ca y valida la consistencia técnica del PEI y emite un informe técnico, en ese sentido, luego de la validación, el titular de la entidad emite el acto resolutivo de aprobación del PEI y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, con Resolución Ministerial N° 126-2022-MIMP se aprueba la Ampliación del Horizonte Temporal del Plan Estratégico Institucional – PEI 2019-2024 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables hasta el año 2025, siendo su nueva denominación “Plan Estratégico Institucional – PEI 2019-2025 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”; Que, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conformada mediante Resolución Ministerial N° 029-2019-MIMP, valida el Plan Estratégico Institucional 2019 - 2025 Modi fi cado del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, según consta del Acta N° 001-2023 de fecha 3 de febrero de 2023; Que, con O fi cio N° D000033-2023-CEPLAN-DNCP la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN remite a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables su Informe Técnico N° D000003-2023-CEPLAN-DNCPPEI, el cual concluye señalando que el Plan Estratégico Institucional 2019 - 2025 Modi fi cado del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables cumple con lo requerido en la normativa vigente; Que, mediante Nota N° D000106-2023-MIMP-OGPP la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D000019-2022-MIMP-OP de la O fi cina de Planeamiento, el cual señala que la propuesta del Plan Estratégico Institucional 2019 - 2025 Modi fi cado del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables se desarrolló en cumplimiento de los lineamientos metodológicos establecidos en la Guía para el Planeamiento Institucional aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD, por lo que sustenta y emite opinión técnica favorable para su aprobación; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD; y, en la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional 2019 - 2025 Modi fi cado del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el mismo que en anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto realizar el seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Estratégico Institucional 2019 - 2025 Modi fi cado del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por la presente Resolución. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y a la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para los fi nes correspondientes, en el marco de sus competencias. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su anexo en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.NANCY TOLENTINO GAMARRA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2155463-1 PRODUCE Designan Asesora II de la Jefatura del FONDEPES FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO FONDEPES RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 32-2023-FONDEPES/J Lima, 27 de febrero de 2023