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45 NORMAS LEGALES Jueves 6 de julio de 2023 El Peruano / previsional (PCALP), la cual asciende aproximadamente a 200 expedientes. Por otro lado, los cuatro Juzgados de Trabajo Permanentes de la Provincia de Chiclayo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, que atienden los procesos con la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), alcanzaron en el mes de abril de 2023 un avance de meta promedio del 29 %, el cual fue superior al avance ideal del 20 % que corresponde al mes de abril del presente año, conforme a lo dispuesto en el artículo decimoquinto de la Resolución Administrativa N° 000205-2023-CE-PJ, y tienen estimado para fi nes del presente año una carga procesal proyectada promedio de 1395 expedientes, cifra que al ser mayor a la carga procesal máxima de 935 expedientes, correspondiente a un juzgado de trabajo que atiende los procesos de la referida subespecialidad, evidencia que dichos juzgados laborales se encuentran en situación de sobrecarga procesal, a pesar de tener un buen nivel resolutivo, debido a la elevada carga inicial que asciende en promedio a 872 expedientes, por lo que requieren de un órgano jurisdiccional transitorio que los apoye en la descarga procesal de dicha carga pendiente, y, que cada uno de estos juzgados redistribuyan aleatoriamente al Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Chiclayo un máximo de 200 expedientes en etapa de trámite de la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT). f) El Juzgado Civil Transitorio del Centro Poblado de Huertos de Manchay, Distrito de Pachacámac, Corte Superior de Justicia de Lima Sur, registró al mes de abril de 2023 una carga pendiente de 526 expedientes en etapa de trámite, cifra que va a disminuir cuando efectúe la redistribución de 250 expedientes en etapa de trámite; así como de los expedientes en etapa de cali fi cación y ejecución hacia el Juzgado Civil Permanente de Pachacamac, conforme a lo dispuesto en las acciones complementarias establecidas en el numeral 8 del anexo del artículo quinto de la Resolución Administrativa N° 000190-2023-CE-PJ; por lo que este juzgado transitorio podría reubicarse a otro distrito donde se requiera apoyo en la descarga procesal. De otro lado, se observa que el Juzgado Civil Permanente del Distrito de Villa El Salvador, al mes de abril de 2023 resolvió 151 expedientes de una carga procesal de 1075 expedientes, obteniendo un buen avance de meta del 32 %, mayor al avance ideal del 27 % que corresponde a abril del presente año, quedándole una elevada carga pendiente de 919 expedientes; además, se estima que para el presente año tenga un ingreso proyectado de 573 expedientes y una carga procesal proyectada de 1431 expedientes, cifra que al ser mayor a la carga procesal máxima de 1020 expedientes, establecida para un juzgado civil mixto, evidencia que este juzgado se encuentran en situación de sobrecarga procesal, debido a su elevada carga inicial de 858 expedientes; siendo necesario que cuente con un juzgado transitorio que lo apoye en la descarga procesal de su carga pendiente, al cual deberá redistribuirle como máximo 400 expedientes en etapa de trámite. g) El Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Tambopata de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, que atiende los procesos de las subespecialidades de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP) y los procesos con la Ley N° 26636 (LPT), al mes de abril de 2023 resolvió 72 expedientes de una carga procesal de 189, quedándole una carga pendiente de 117 expedientes, la cual debe haber disminuido a la fecha. Al respecto, mediante Resolución Administrativa N° 000436-2022-CE-PJ, se ha creado el Juzgado de Trabajo Permanente en la Provincia de Tambopata, con competencia funcional en los procesos de las subespecialidades de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP) y los procesos con la Ley N° 26636 (LPT), el cual entrará en funcionamiento antes del 30 de junio de 2023, conforme a lo dispuesto en los artículos primero y segundo de la Resolución Administrativa N° 000190-2023-CE-P; disponiéndose en el artículo tercero de la Resolución Administrativa N° 000177-2023-CE-PJ, el cierre de turno del Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Tambopata, para el ingreso de expedientes de las subespecialidades de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP); así como de los procesos labores de la Ley N° 26636 (LPT); que el Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Tambopata redistribuya al recientemente implementado Juzgado de Trabajo Permanente de la misma provincia toda la carga pendiente en etapa de cali fi cación y ejecución de las subespecialidades de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), y de la Ley N° 26636 (LPT); por lo que, este juzgado de trabajo transitorio estará disponible para convertirse y/o reubicarse a otra corte superior de justicia que requiera su apoyo. Por otro lado, el Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Utcubamba, que es el único órgano jurisdiccional de esta especialidad e instancia que atiende dicha provincia, al mes de abril 2023 presentó una carga pendiente de 1507 expedientes; estimándose para fi nes del presente año una carga procesal proyectada de 2252 expedientes, cifra que al ser mayor a la carga procesal máxima de 1020 expedientes, establecida para un juzgado civil mixto, evidencia que este juzgado permanente se encontraría en situación de sobrecarga procesal, como consecuencia de la elevada carga inicial de 1343 expedientes que registró al inicio del presente año, siendo necesario que cuente con el apoyo temporal de un juzgado civil transitorio para la descarga procesal de su elevada carga pendiente; asimismo, al analizar la data estadística por subespecialidad, se observa que el Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Utcubamba registró la mayor carga pendiente en las subespecialidades civil-civil, familia-civil, familia-infracciones y en la subespecialidad laboral de la Ley N° 26636, con 469, 418, 126 y 130 expedientes, respectivamente, por lo que es conveniente que este redistribuya al Juzgado Civil Transitorio de Utcubamba un máximo de 200, 300, 100 y 100 expedientes de la subespecialidad civil-civil, familia-civil, familia-infracciones y de los procesos laborales de la Ley N° 26636, respectivamente. h) El 3° Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Piura, que tramita con turno abierto los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), al mes de abril de 2023 registró una carga pendiente de 443 expedientes, los cuales deben de haber disminuido a la fecha. Al respecto, mediante Resolución Administrativa N° 000436-2022-CE-PJ, se ha dispuesto crear el 5°, 6° y 7° Juzgados de Trabajo Permanentes de la Provincia de Piura, con competencia funcional en los procesos de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), los cuales entrarán en funcionamiento antes del 30 de junio de 2023, conforme a lo dispuesto en los artículos primero y segundo de la Resolución Administrativa N° 000190-2023-CE-PJ; disponiéndose en el artículo tercero de la Resolución Administrativa N° 000177-2023-CE-PJ, el cierre de turno del 3°, 4° y 7° Juzgados de Trabajo Transitorios de la Provincia de Piura, para el ingreso de expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), y que estos juzgados de trabajo transitorios redistribuyan respectivamente a los recientemente implementados 5°, 6° y 7° Juzgados de Trabajo Permanentes de dicha provincia toda la carga pendiente en etapa de cali fi cación, trámite y ejecución de la referida subespecialidad laboral; por lo que el 3° Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Piura estará disponible para convertir y/o reubicarse a otra corte superior de justicia que requiera su apoyo. De otro lado, el 1° Juzgado de Trabajo Permanente de la Provincia de Huánuco, que es el único órgano jurisdiccional que atiende los procesos laborales de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), al mes de abril de 2023 resolvió 191 expedientes de una carga procesal de 603, obteniendo un avance de meta del 35 %, porcentaje superior al avance ideal del 27 % correspondiente a dicho mes; estimándose para fi nes del presente año que la carga procesal proyectada de este juzgado permanente ascendería a 1001 expedientes, de los cuales 404