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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2023 (07/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Viernes 7 de julio de 2023 El Peruano / Distrito Judicial, designándose a la magistrada María del Rosario Hernández Espinoza, en su condición de Jueza Especializada Titular del Octavo Juzgado Penal, como Jueza Superior Provisional, integrante de la Novena Sala Penal Liquidadora. Segundo. Descanso vacacional de la magistrada María Rosario Hernández Espinoza en su condición de Jueza Superior Provisional 2.1. La magistrada María del Rosario Hernández Espinoza mediante correo electrónico remitido a la Coordinación de Magistrados, ha solicitado el uso de su descanso vacacional a partir del 5 hasta el 26 de julio del presente año. 2.2. En este sentido, con la finalidad de que el descanso vacacional de la referida magistrada, no afecte la conformación del Colegiado de la Novena Sala Penal Liquidadora, traducido en la paralización de las labores jurisdiccionales por falta de Colegiado, resulta necesario que esta Presidencia adopte las medidas de orden administrativo oportunas, velando por el correcto y normal funcionamiento de la mencionada Sala Superior, en aras de una continua y eficiente administración de justicia en beneficio del justiciable. Tercero. Disposición del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre la prelación respecto a la designación de Jueces Provisionales. 3.1. Mediante Resolución Administrativa N° 000257-2023-CE-PJ de fecha 3 de julio del 2023, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, ha dispuesto que cuando se requiera la designación de un juez o jueza, se procederá en el siguiente orden: “…2.1. Se designará al juez/a titular del grado inmediato anterior, como provisional. 2.2. Ante la falta de ellos, se procederá a convocar al juez/a supernumerario/a de la lista de aptos elaborada por la Junta Nacional de Justicia. 2.3. En su defecto, a los abogado/as inscritos/as en la Nómina de Abogados Aptos para el desempeño como jueces/zas supernumerarios/as de la Corte Superior. 2.4. En defecto de los anteriores, se delega a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, hasta el 30 de setiembre de 2023, la facultad para designar a trabajadores/as de su Distrito Judicial, o de otros Distritos Judiciales ante la falta de aquellos, como juez/a supernumerario/a; siempre y cuando cumplan los requisitos de ley, no tengan incompatibilidad y sean los más idóneos…” 3.2. Al respecto, en cuanto al numeral 2.1, descrito en el párrafo anterior, esta Presidencia previa rigurosa evaluación, ha tomado en consideración a aquellos Jueces Titulares Especializados en base a su trayectoria profesional, desempeño funcional, producción jurisdiccional y especialidad en sus respectivos órganos jurisdiccionales, en este sentido, a través de la Coordinación de Magistrados se comunicó con ellos con la finalidad de ser promovidos como Juez Superior Provisional, situación que fue aceptada y será desarrollada en el siguiente considerando. Cuarto. Designación de Jueza Especializada Titular como Jueza Provisional de la Novena Sala Penal Liquidadora. 4.1. Es menester precisar que, si bien las Salas Superiores en principio deben estar conformadas por Jueces Superiores Titulares designados por la Junta Nacional de Justicia previo concurso público, sin embargo, a falta de titulares se debe proceder a la conformación con Jueces Superiores Provisionales, es decir con aquellos Jueces Especializados Titulares que se encuentren dentro de la función jurisdiccional, observándose los principios rectores como la meritocracia y la especialidad previstos en el artículo tercero y sexto del Título Preliminar, así como los artículos 66° y 102° de La Ley de la Carrera Judicial – Ley N° 29277, en concordancia con el Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial.4.2. Que, en relación a la promoción de los Jueces Especializados como Jueces Superiores Provisionales, se ha tomado en cuenta la antigüedad en el cargo, orden de mérito y especialidad establecido en el Cuadro de Méritos y Antigüedad, por lo que considerando que la Presidenta de esta Corte es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, por tanto se encuentra facultada para designar Jueces Superiores Provisionales a aquellos Jueces Especializados Titulares que se encuentran desempeñando la labor jurisdiccional. 4.3. En este orden de ideas, habiéndose evaluado el desempeño, la capacidad resolutiva y aptitudes enmarcadas en la integridad que debe presentar un juez, se ha considerado conveniente designar a la magistrada María Luz Sandoval Sandoval en su condición de Jueza del Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial Aduanero y Tributario, como Jueza Superior Provisional integrante del Colegiado de la Novena Sala Penal Liquidadora. Quinto. Informe Técnico N° 000171-2023-SPPB- GRHB-GG-PJ de la Gerencia General de Recursos Humanos. 5.1. La Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar del Poder Judicial, mediante Memorando N° 000449-2023-GRHB-GG-PJ de fecha 6 de marzo del 2023, debido a la consulta realizada por la Corte Superior de Justicia de Lima, respecto a la alternativa de viabilidad que permita designar un juez titular en reemplazo de un Juez Titular por ausencia de vacaciones o de licencia con goce de haber, señaló: “…Al respecto, se adjunta el informe técnico de la referencia b), emitido por la Subgerencia de Procesos de Personal y Bienestar, que esta Gerencia hace suyo, el cual concluye que las disposiciones establecidas en el numeral 4.2. del artículo 4 de la Ley N° 31638 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023” imposibilita realizar reconocimiento de gastos que no cuentan con la disponibilidad presupuestal correspondiente…”. 5.2. Que, estando a lo expuesto, debe precisarse que la presente designación como Juez Superior Provisional será realizada y ejecutada con el presupuesto de la plaza de origen del Juez Especializado Titular promovido, en atención a las pautas esgrimidas en el Informe Técnico 000171-2023-SPPB-GRHB-GG-PJ de la Gerencia de Recursos Humanos del Poder Judicial. Sexto. Facultades de la Presidencia de la Corte Superior. En este orden de ideas, teniendo en consideración que la Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultada para designar a Jueces Superiores y Especializados Provisionales a aquellos Jueces del grado inmediato anterior que se encuentren desempeñando la función jurisdiccional; asimismo, a la designación de Jueces Provisionales, por lo que en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordadas con la Resolución Administrativa N° 000257-2023-CE-PJ; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la magistrada MARÍA LUZ SANDOVAL SANDOVAL, en su condición de Jueza del Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial Aduanero y Tributario, como Jueza Superior Provisional integrante del Colegiado de la Novena Sala Penal Liquidadora, a partir del 5 de julio del 2023, por el descanso vacacional de la magistrada María Rosario Hernández Espinoza, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: Novena Sala Penal Liquidadora: Dra. Araceli Denyse Baca Cabrera (T) Presidenta