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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2023 (07/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Viernes 7 de julio de 2023 El Peruano / Dra. Josefa Vicenta Izaga Pellegrin (P) Dra. María Luz Sandoval Sandoval (P) Artículo Segundo.- ENCARGAR al Órgano de Imagen Institucional de este Distrito Judicial, la difusión respectiva de la presente resolución administrativa. Artículo Tercero.- PONER en conocimiento la presente Resolución de la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Coordinación de Recursos Humanos, Gerencia de Administración Distrital, y de la magistrada designada. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIA DELFINA VIDAL LA ROSA SANCHEZ Presidente de la CSJLima 2193358-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan misión en el exterior de funcionario para participar en evento a realizarse en México RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0026-2023-BCRP-N Lima, 26 de junio de 2023 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido invitación del Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA), para participar en la XIII Meeting of Heads of Financial Stability, organizada por el CEMLA, que se realizará el 11 y 12 de julio de 2023, en Ciudad de México, México; La Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera tiene entre sus objetivos coadyuvar a la consecución de la estabilidad monetaria mediante la ejecución de los instrumentos de política monetaria, la evaluación del sistema financiero y la vigilancia del funcionamiento del sistema de pagos y proponer medidas que permitan mejorar su eficiencia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°27619, su Reglamento, el Decreto Supremo N°047-2002-PCM y sus normas modificatorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 1 de junio de 2023; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Paul Gonzalo Castillo Bardález, Gerente de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, el 11 y 12 de julio de 2023, a Ciudad de México, México, y el pago de los gastos no cubiertos por la entidad organizadora, a fin de que intervenga en el evento indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Viáticos US$450,00 TOTAL US$450,00 Artículo 3°.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 2192183-1INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban el Texto Único de Procedimiento Administrativo (TUPA) de la Universidad Nacional Agraria de la Selva UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA RECTORADO RESOLUCIÓN Nº 410-2023-R-UNAS Tingo María, 15 de junio de 2023 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA; VISTO: El Oficio N° 149-2023/DGA-UNAS-TM, de fecha 14 de junio de 2023, de la Dirección General de Administración de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, sobre aprobar mediante acto resolutivo los 96 Procedimientos Administrativos (TUPA) entre ellos 19 actualizados en el Sistema Único de Trámite (SUT), (Reg. N° 874 S.G.); CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Artículo 18° último párrafo, de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 8 de la Ley N° 30220 – Ley Universitaria, cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; Que, el artículo 32 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, señala que la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización es la unidad orgánica responsable de formular, conducir, coordinar y evaluar el proceso de organización de la Universidad de acuerdo con los lineamientos establecidos por el sistema administrativo de modernización de la gestión pública; Que, el numeral 1.2.1 del artículo 1° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los actos de administración interna de las entidades están destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios; son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de la referida Ley y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan; Que, el artículo 72° de la citada Ley, establece que la competencia de las entidades tiene su fuente en la Constitución y en la ley, que es reglamentada por las normas administrativas que de aquellas se derivan y que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia; Que, de conformidad al Decreto Legislativo N° 1203, se crea el Sistema Único de Trámites (SUT) como herramienta informática para la elaboración, simplificación y estandarización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), así como el repositorio oficial de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de las entidades públicas; Que, mediante Resolución de Secretaria de Gestión Publica N° 001-2020-PCM/SGP, de fecha 15 de enero de 2020, se aprueba la actualización del Manual del SUT, en el cual señala que la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros entrega un único usuario y contraseña, el cual es asignado al Administrador SUT y; además, indica los requerimientos y pasos a seguir para su obtención; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, “Ley de Procedimiento Administrativo General”, en su artículo 43º: regula que el Texto Único de Procedimientos