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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2023 (14/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Viernes 14 de julio de 2023 El Peruano / Artículo 8.- Delegación de facultades a el(la) Director(a) Ejecutivo(a) – Responsable de la Unidad de Tesorería y Contabilidad Delegar durante el Año Fiscal 2023, a el(la) Director(a) Ejecutivo(a) de la O fi cina Ejecutiva de Economía de la O fi cina General de Administración las siguientes facultades: a) Ejercer la representación legal, únicamente respecto a procedimientos vinculados al ámbito de su competencia establecidos en el Reglamento de Organización y Funciones ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, para que gestione declaraciones y pagos e interponga recursos de todo tipo sobre reclamaciones, multas y resoluciones de cobranza u otros, ante la citada entidad en temas tributarios. Artículo 9.- Delegación de facultades a el(la) Director(a) General – Responsable de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y/o a el(la) Director(a) Ejecutivo(a) – Responsable de la Unidad de Desarrollo Tecnológico y Gobierno Digital. Delegar durante el año fi scal 2023, en el(la) Director(a) General – Responsable de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y/o a el(la) Director(a) Ejecutivo(a) – Responsable de la Unidad de Desarrollo Tecnológico y Gobierno Digital las facultades, vinculadas al Contrato de Prestación de Servicios de Certi fi cación Digital Certi fi cado Clase III – Persona Jurídica suscrito con el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, siguientes: a) Entregar información para la solicitud de la emisión, cancelación, suspensión, remisión y/o modi fi cación de certi fi cados digitales. b) Actualizar la información provista tanto a la Entidad de certi fi cación ECEP-RENIEC y a la Entidad de Registro EREP- RENIEC c) Solicitar la cancelación del certi fi cado digital, en caso que la reserva sobre la clave privada se haya visto comprometida. d) Veri fi car el cumplimiento permanente de las condiciones establecidas por la entidad de certi fi cación para la utilización del certi fi cado digital. e) Proporcionar a la RENIEC, el medio portador o repositorio con su correspondiente sistema operativo, el mismo que debe cumplir con los criterios de seguridad establecidos por la Entidad de Certi fi cación Digital del Estado Peruano ECEP-RENIEC. f) Suscribir las solicitudes para la prestación de servicios de certi fi cación digital. Artículo 10.- Dejar sin efecto, la Resolución Jefatural N° 299-2022-J-OPE/INS y la Resolución Jefatural N° 147-2023-J-OPE/INS. Artículo 11.- La presente delegación de facultades comprende las atribuciones de decidir y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso. Artículo 12.- Los responsables de las unidades de organización delegadas en virtud de la presente Resolución, deberán informar semestralmente al titular de la Entidad sobre los actos que emitan como consecuencia de la delegación de facultades aprobada en la presente Resolución, dentro de los diez (10) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre. Artículo 13.- Notifíquese la presente Resolución a los responsables de las unidades de organización indicados en los artículos precedentes. Artículo 14.- Publíquese la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Salud (www.ins.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.VICTOR JAVIER SUÁREZ MORENO Presidente Ejecutivo 2196015-1ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Designan Director de la Dirección de Operaciones de la ATU RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 167-2023-ATU/PE Lima, 13 de julio de 2023VISTOS:El Memorando N° D-000199-2023-ATU/PE de la Presidencia Ejecutiva y el Informe N° D-000207-2023-ATU/GG-OGRH de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y fi nanciera; Que, el literal e) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la ATU, aprobada por Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC, establece que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, así como de las unidades orgánicas, de ser el caso; Que, se encuentra vacante la posición de Director/a de la Dirección de Operaciones de la ATU, cargo de confi anza de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P), aprobado por Resolución Ministerial N° 227-2019-MTC/01 de fecha 28 de marzo de 2019, actualizado con Resolución de O fi cina de Gestión de Recursos Humanos N° D-000016-2023-ATU/GG-OGRH de fecha 17 de febrero de 2023; Que, mediante Memorando N° D-000199-2023-ATU/ PE de fecha 11 de julio de 2023, la Presidencia Ejecutiva propuso designar al señor GUILLERMO ALFREDO BOURONCLE CALIXTO en el cargo de Director de la Dirección de Operaciones de la ATU; por lo que solicita a la Gerencia General de la ATU, realizar las acciones administrativas correspondientes; Que, a través del Informe N° D-000207-2023-ATU/ GG-OGRH de fecha 11 de julio de 2023, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos concluyó que resulta procedente designar al señor GUILLERMO ALFREDO BOURONCLE CALIXTO en el cargo de Director de la Dirección de Operaciones de la ATU; Contando con el visado de la Gerencia General, la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones señaladas en los literales e) y t) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobada por Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor GUILLERMO ALFREDO BOURONCLE CALIXTO en el cargo de Director de la Dirección de Operaciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU. Artículo 2.- Noti fi car la presente resolución al señor GUILLERMO ALFREDO BOURONCLE CALIXTO y a la