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68 NORMAS LEGALES Viernes 14 de julio de 2023 El Peruano / solicitud, se inicia un concurso de méritos entre aquellos interesados cuya documentación cali fi que para participar; Que, sobre el particular, mediante Resolución Presidencial N° 147-2018-SERNANP de fecha 14 de junio de 2018, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 09 de julio de 2018, se aprobaron las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, en materia de Contratos de Administración; Que, mediante Resolución Directoral N° 002-2023-SERNANP-DGANP de fecha 12 de enero de 2023 se conformó la Comisión Ad-Hoc encargada de elaborar las Bases del Concurso de Méritos a iniciativa del SERNANP para el otorgamiento de un Contrato de Administración del Bosque de Protección San Matías San Carlos y del Parque Nacional Yanachaga Chemillén, dicha comisión fue reconformada mediante Resolución Directoral N° 030-2023-SERNANP-DGANP y Resolución Directoral N° 162-2023-SERNANP-DGANP; Que, a través de la Resolución Directoral N° 044-2023-SERNANP-DGANP de fecha 27 de febrero de 2023 se aprueban las Bases del Concurso de Méritos a iniciativa del SERNANP para el otorgamiento del Contrato de Administración del Bosque de Protección San Matías San Carlos y del Parque Nacional Yanachaga Chemillén, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de las referidas Disposiciones Complementarias; Que, mediante Carta N° 0007-2023-CEDIA-P, de fecha 15 de junio de 2023, el Centro para el Desarrollo del Indígena Amazónico – CEDIA, presentó su expediente conteniendo la Propuesta Técnica Financiera para acceder al Contrato de Administración del Bosque de Protección San Matías San Carlos y del Parque Nacional Yanachaga Chemillén; Que, mediante Carta N° 074-2023/DRIS, de fecha 15 de junio de 2023, Desarrollo Rural Sustentable - DRIS, presentó su propuesta para acceder al Contrato de Administración del Bosque de Protección San Matías San Carlos y del Parque Nacional Yanachaga Chemillén; Que, mediante Carta N° 077-2023-DE, de fecha 15 de junio de 2023, la Asociación “Tecnología, Ecología y Desarrollo” - DETEC, presentó su expediente para la postulación al Contrato de Administración del Bosque de Protección San Matías San Carlos y del Parque Nacional Yanachaga Chemillén; Que, mediante los documentos del visto, se remite el informe de evaluación, así como el Acta de la Comisión Ad-Hoc suscrita con fecha 27 de junio de 2023 que adjudica la Buena Pro del presente concurso a la organización Desarrollo Rural Sustentable - DRIS, al haber obtenido el mayor puntaje en la evaluación realizada y superado el 70% del puntaje máximo de cien (100) puntos, de acuerdo a los criterios establecidos en el artículo 16 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Contratos de Administración aprobadas mediante Resolución Presidencial N° 147-2018-SERNANP; Que, en ese sentido, en atención a lo señalado en el artículo 17 de las precitadas Disposiciones Complementarias, y considerando los resultados remitidos por la Comisión Ad-Hoc encargada de la conducción el proceso, corresponde otorgar la buena pro del Contrato de Administración del Bosque de Protección San Matías San Carlos y del Parque Nacional Yanachaga Chemillén a la organización Desarrollo Rural Sustentable - DRIS, en consecuencia resulta necesario emitir el acto resolutivo respectivo; Con el visto de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23, del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM, y las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Contratos de Administración aprobadas mediante Resolución Presidencial N° 147-2018-SERNANP; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Determinar la adjudicación de la Buena Pro del Contrato de Administración del Bosque de Protección San Matías San Carlos y del Parque Nacional Yanachaga Chemillén, a favor de la organización Desarrollo Rural Sustentable - DRIS.Artículo 2º.- Notifi car la presente Resolución a la adjudicataria, Desarrollo Rural Sustentable – DRIS, así como a las Áreas Naturales Protegidas señaladas en el artículo precedente. Artículo 3°.- Precisar que, cualquier persona que acredite legítimo interés podrá interponer ante la Comisión Ad-Hoc las impugnaciones previstas en las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, en materia de Contratos de Administración aprobadas mediante Resolución Presidencial N° 147-2018-SERNANP. Artículo 4°.- Publicar la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en un diario de circulación de la circunscripción donde se ubican las Áreas Naturales Protegidas indicadas en el Artículo 1°, así como en el Portal Institucional del SERNANP: www.gob.pe/sernanp. Regístrese y comuníquese.DEYVIS CHRISTIAN HUAMÁN MENDOZA DirectorDirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas 2195442-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Designan Intendentes de Aduana de Mollendo, Tarapoto y Pisco, Gerente de Regímenes Aduaneros de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao y encargan funciones de Intendente de Aduana de Chimbote RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000142-2023/SUNAT DEJA SIN EFECTO ENCARGATURAS Y DESIGNA Y ENCARGA EN CARGOS DE CONFIANZA Lima, 13 de julio de 2023CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, mediante Resoluciones de Superintendencia N° 131-2019/SUNAT, N° 074-2021/SUNAT, N° 130-2021/SUNAT, N° 070-2022/SUNAT y N° 244-2022/SUNAT se encargó a diversos servidores en cargos de con fi anza dependientes de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas; Que, se ha estimado conveniente dejar sin efecto algunas de las encargaturas a las que se hace referencia en el considerando precedente y designar y encargar a las personas que asumirán dichos cargos de con fi anza; En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27594 y el inciso g) del artículo 10 del Documento de Organización y Funciones Provisional - DOFP de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 000042-2022/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto, a partir del 14 de julio de 2023, las encargaturas en los cargos de con fi anza dependientes de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas que se indican a continuación, dándoseles las gracias por la labor realizada: