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72 NORMAS LEGALES Viernes 14 de julio de 2023 El Peruano / delincuencia común y organizada, dicha realidad nos permite advertir la necesidad de crear una unidad de fl agrancia delictiva. Octavo. Que, de los numerales precedentes, se advierte la necesidad de tomar medidas administrativas que permitan dar respuesta a los delitos en fl agrancia delictiva en el distrito judicial del Callao, más aún si se tiene en cuenta que este Poder del Estado, tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva. Por lo que, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para este propósito. Noveno. Que el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1105- 2023 de la vigésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 5 de julio de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, señora Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la implementación de la Unidad de Flagrancia en la Corte Superior de Justicia del Callao, en calidad de piloto, a partir del 1 de setiembre de 2023. Artículo Segundo.- Disponer que la implementación y funcionamiento de la Unidad de Flagrancia, estará ubicada en la cuadra 5 de la avenida Dos de Mayo en el distrito del Callao, provincia constitucional del Callao – Sede Dos de Mayo, la misma que estará conformada por un Juzgado de Investigación Preparatoria y un Juzgado Penal Unipersonal. Artículo Tercero.- Disponer la conversión del 4° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio en Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Flagrancia; con competencia en todo el distrito judicial, para el conocimiento de los procesos en fl agrancia delictiva. Artículo Cuarto.- Disponer la conversión del 5° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio en Juzgado Penal Unipersonal Transitorio Especializado en Flagrancia; con competencia en todo el distrito judicial, para el conocimiento de los procesos en fl agrancia delictiva. Artículo Quinto.- Establecer las siguientes medidas administrativas complementarias para el mejor control de los resultados: 5.1 La carga procesal del 4° y 5° Juzgados de Investigación Preparatoria Transitorios del Callao, materia de conversión, será redistribuida de forma equitativa entre todos los demás órganos jurisdiccionales de la misma instancia del distrito judicial. 5.2 Ante la necesidad de procesos que demanden la exigencia de un Juzgado Penal Colegiado, éste se conformará con la concurrencia del 7° y 8° Juzgados Penales Unipersonales Permanentes. 5.3 La implementación de los órganos jurisdiccionales materia de conversión, se realizará con los recursos logísticos, mobiliario, equipos tecnológicos previamente asignados al órgano jurisdiccional de origen; así como con los recursos humanos con los que actualmente cuentan los órganos jurisdiccionales. 5.4 La Administración de la Unidad Piloto de Flagrancia en la Corte Superior de Justicia del Callao, remitirá de forma semanal el reporte de procesos ingresados, a la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial. Artículo Sexto.- Encargar a la presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao que adopte las medidas administrativas necesarias, a fi n de garantizar la implementación de la unidad de fl agrancia; así como el cumplimiento de las medidas administrativas dispuesta por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Sétimo.- Disponer que a través de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial, se realice la evaluación mensual de la Unidad de Flagrancia, para el análisis correspondiente. Artículo Octavo.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura, Corte Superior de Justicia del Callao, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2196066-1 Aprueban el segundo proceso extraordinario de descarga efectiva para archivos judiciales, compuesto por 2 jornadas maratónicas de 24 horas continuas cada una; acción que debe desarrollarse con el personal de los Archivos Desconcentrados (ex Archivos Centrales) de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional y Corte Suprema de Justicia de la República CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000272-2023-CE-PJ Lima, 12 de julio del 2023VISTO:El Ofi cio N° 0078-2023-P-CONAPJ-CE-PJ cursado por el señor Gustavo Álvarez Trujillo, Consejero Responsable de la Comisión Nacional de Archivos del Poder Judicial, elevando el informe N° 00022-2023-ST-CONAPJ-CE-PJ respecto a los resultados y logros obtenidos durante el desarrollo del primer proceso extraordinario de descarga efectiva, compuesto por 2 jornadas maratónicas de 24 horas continuas, en los Archivos Desconcentrados (ex Archivos Centrales) de las Cortes Superiores de Justicia del país, Corte Suprema de Justicia de la República, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo, Gerencia General y Procuraduría Publica del Poder Judicial, en el marco del Proceso de Eliminación de Documentos y Plan de Descarga. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 219-2017-CE-PJ de fecha 13 de julio de 2017 se creó la Comisión Nacional de Archivos del Poder Judicial, como ente responsable del Sistema Nacional de Archivos de este Poder del Estado, para asegurar el desarrollo archivístico y el logro de los objetivos y metas cuanti fi cables; a través de una correcta plani fi cación, ejecución y control de las actividades archivísticas programadas en el Plan Anual de Trabajo Archivístico. Segundo. Que, en el Plan Anual de Trabajo 2023 de la Comisión Nacional de Archivos del Poder Judicial, aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 00031-2023-CE-PJ, se contempla el Proceso de Eliminación de Documentos como actividad operativa prioritaria cuya