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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2023 (11/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Sábado 11 de marzo de 2023 El Peruano / 3. Con la Resolución Jefatural Nº 000005-2023/JNAC/ RENIEC, publicada en el diario o fi cial El Peruano , el 7 de enero de 2023, el Reniec dispuso el cierre del Padrón Electoral, en esa fecha, conforme al cronograma electoral. 4. A través del O fi cio Nº 000038-2023/SGEN/RENIEC, recibido el 16 de enero de 2023, el Reniec remitió la Lista del Padrón Inicial, sobre la cual el JNE, por medio de la DNFPE, llevó a cabo la correspondiente labor de fi scalización. 5. El 1 de marzo de 2023, por medio del O fi cio Nº 000236-2023/SGEN/RENIEC, el Reniec remitió el Padrón Electoral Preliminar, que contaba con 21 476 electores hábiles. 6. Con el O fi cio Nº 0173-2023-DCGI/JNE, del 6 de marzo de 2023, se remitió al Reniec copia del Informe Nº 005-2023-MVP-DNFPE/JNE, con el cual se comunicó la observación respecto de dos ciudadanos fallecidos, para lo cual se hizo entrega de las respectivas actas de defunción. 7. Con el O fi cio Nº 000261-2023/SGEN/RENIEC, recibido el 8 de marzo de 2023, el Reniec entregó la nueva versión del Padrón Electoral Preliminar, con 21 470 electores hábiles, para su aprobación. CONSIDERANDOS1. El padrón electoral es la relación de ciudadanos hábiles que pueden ejercer su derecho de voto. Como tal, este documento se elabora sobre la base del Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, el cual es mantenido y actualizado por el Reniec. 2. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 178 de la Constitución Política del Perú, es función del JNE fi scalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realización de los procesos electorales, del referéndum y de otras consultas populares, así como también la elaboración de los padrones electorales. 3. El artículo 201 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, modi fi cado por la Ley Nº 30673, establece hitos referidos al padrón electoral que se elabora y utiliza en un proceso electoral general. Dichos hitos han debido ser compatibilizados con los plazos previstos en la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, para una elección de carácter complementario, como es el presente proceso electoral, razón por la cual se aprobó un cronograma especí fi co, mediante la Resolución Nº 0002-2023-JNE. 4. De conformidad con las atribuciones de este órgano colegiado, corresponde al Pleno del Jurado Nacional de Elecciones aprobar el Padrón Electoral De fi nitivo del proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2023, previa fi scalización de su elaboración. 5. Con esa fi nalidad, la DNFPE ha emitido el Informe Nº 000006-2023-MVP-DNFPE/JNE, tras analizar el padrón remitido por el Reniec, en el que se concluye que no se han identi fi cado inconsistencias en el Padrón Electoral y que este se encuentra expedito para su aprobación. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1.- APROBAR el Padrón Electoral De fi nitivo, elaborado y remitido por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para el proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2023, convocado a través del Decreto Supremo Nº 001-2023-PCM, el cual comprende al siguiente número de electores: Ubigeo Departamento Provincia Distrito Cantidad 010307 AMAZONAS BONGARA RECTA 290020322 ANCASH BOLOGNESI CANIS 356 020602 ANCASH CORONGO ACO 360 040210 AREQUIPA CAYLLOMA LARI 990 060607 CAJAMARCA CHOTA CHIMBAN 1 913 060613 CAJAMARCA CHOTA PION 1 176 060905 CAJAMARCA SANTA CRUZ NINABAMBA 2 363Ubigeo Departamento Provincia Distrito Cantidad 070918 CUSCO LA CONVENCION MANITEA 1 936 080519 HUANCAVELICA TAYACAJA SALCABAMBA 3 758 080703 HUANCAVELICA CHURCAMPA CHINCHIHUASI 2 057 091102 HUANUCO YAROWILCA APARICIO POMARES 5 485 140303 LIMA CANTA HUAMANTANGA 786 TOTAL 21 470 2.- REMITIR a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales los medios técnicos entregados por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, los cuales contienen el Padrón Electoral De fi nitivo aprobado con la presente resolución. 3.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para los fi nes pertinentes. 4.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASESPINOZA VALENZUELARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZAROYARCE YUZZELLI Marallano Muro Secretaria General (e) 2159337-1 MINISTERIO PÚBLICO Aceptan renuncia de Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Cusco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 565-2023-MP-FN Lima, 10 de marzo de 2023VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio Nº 976-2023-MP-FN-CN-FEVCMYGF, remitido por la abogada Irma Hilda Díaz Livaque, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, mediante el cual, eleva la carta de renuncia, así como la conformidad de la misma; de la abogada Ana Karyna Paredes Bruno, al cargo de Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Cusco y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Chumbivilcas; presentada a la abogada Jessica Eliana Esquivel Meza, Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designada en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Cusco, y quien a su vez remite el o fi cio Nº 083-2023-MP-F/C-FEVCMIGF-CUSCO, de fecha 23 de febrero de 2023, dirigido a la Coordinación antes citada;