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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2023 (25/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Sábado 25 de marzo de 2023 El Peruano / Artículo 3.- Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, dentro del plazo de sesenta (60) días hábiles de emitida la presente Resolución Ministerial, gestione la suscripción del instrumento de transferencia a favor del Bene fi ciario y el pago del valor total de la Tasación a que se re fi ere el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Disponer que dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de suscrito el Formulario Registral y efectuado el pago del valor total de la Tasación, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes remita al Registro de Predios de la SUNARP, el Formulario Registral y copia certi fi cada de los documentos que acrediten el pago del monto del valor total de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo. El Registrador Público dentro de los siete (07) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribe la adquisición a nombre de los Sujetos Activos o Bene fi ciario, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA. Además, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre el bien inmueble; asimismo, los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor total de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Regístrese, comuníquese y publíquese.PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO Ministra de Transportes y Comunicaciones Anexo Valor total de la Tasación de un (01) inmueble afectado por la ejecución del proyecto: “Construcción del anillo vial periférico de la ciudad de Lima y Callao” CÓDIGO DE INMUEBLEVALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (S/)VALOR DEL PERJUICIO ECONOMICO (S/)INCENTIVO DEL 20% DEL VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (S/)VALOR TOTAL DE TASACIÓN (S/) VIAL-AVP-T02-ST02- 150112-P-00471383 010,78 17 100,00 76 602,16 476 712,94 2163019-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Designan Asesora I del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 126-2023-VIVIENDA Lima, 23 de marzo de 2023CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a I del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Carmen Magaly Beltrán Vargas, en el cargo de Asesora I del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2163540-1 ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencia financiera para financiar actividad e inversión a favor de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, en el marco del PIRDAIS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000062-2023-DV-PE Mira fl ores, 24 de marzo del 2023 VISTOS:El Informe N° 000048-2023-DV-UE006-UAJ, mediante el cual la Unidad de Asesoría Jurídica, remite el Anexo N° 01 que detalla la Actividad, Inversión, Entidad Ejecutora e importe a ser transferido y el Proveído N° 001206-2023-DV-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el literal a) del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el literal c) del numeral 16.1 del artículo 16° de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, precisándose en el numeral 16.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”;