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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2023 (25/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Sábado 25 de marzo de 2023 El Peruano / de la Obra: “Mejoramiento de la Carretera Santa María – Santa Teresa – Puente Hidroeléctrica Machu Picchu” y los valores de las Tasaciones, ascendente a S/ 3 692,50 (TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 50/100 SOLES), correspondiente al código CAR-CHI-168-NT3, S/ 4 985,12 (CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 12/100 SOLES), correspondiente al código CAR-CHI-168-NT7, S/ 14 466,18 (CATORCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 18/100 SOLES), correspondiente al código CAR-CHI-168-NT9, S/ 7 879,93 (SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 93/100 SOLES), correspondiente al código CAR-CHI-168-NT10, S/ 6 906,40 (SEIS MIL NOVECIENTOS SEIS Y 40/100 SOLES), correspondiente al código CAR-CHI-168-NT11, S/ 13 118,51 (TRECE MIL CIENTO DIECIOCHO Y 51/100 SOLES), correspondiente al código CAR-CHI-168-NT12, y S/ 8 722,96 (OCHO MIL SETECIENTOS VEINTIDOS Y 96/100 SOLES), correspondiente al código CAR-CHI-168-NT13, conforme se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación de los Valores de las Tasaciones. Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, los montos de los valores de las Tasaciones a favor de los Sujetos Pasivos de las expropiaciones, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir las áreas de los Bienes Inmuebles a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contengan las Partidas Registrales. 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir las áreas expropiadas de los bienes inmuebles a favor del bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contengan las Partidas Registrales respecto de las áreas de los inmuebles afectados. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con los valores de las Tasaciones pagados directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral de las áreas de los bienes inmuebles a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscriba a favor del bene fi ciario las áreas de los bienes inmuebles expropiados, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de las expropiaciones, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas expropiadas de los bienes inmuebles dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse las áreas de los inmuebles desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas de los bienes inmuebles materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO Ministra de Transportes y Comunicaciones ANEXO 1 DE LA NOTA DE ELEVACIÓN N° 041-2023-MTC/20 VALOR DE LA TASACIÓN CORRESPONDIENTE AL ÁREA AFECTADA DE UN INMUEBLES PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA SANTA MARÍA – SANTA TERESA – PUENTE HIDROELÉCTRICA MACHU PICCHU”. N°SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO CÓDIGO: CAR-CHI-168-NT3ÁREA AFECTADA: 19.15 m2AFECTACIÓN: Parcial del InmuebleVALOR DE LA TASACIÓN (S/)COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VÉRTICES LADODISTANCIA (m)WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – PROVÍAS NACIONALGUMERCINDA ESQUIVEL TAYPE JOSE LUIS ESQUIVEL TAYPE JHON MARCO ESQUIVEL TAYPE MIGUEL ANGEL ESQUIVEL TAYPELINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:• Norte : Colinda con el predio inscrito en la Partida N° 11024117 (Lote 8), en línea recta de: 4 - 1 de 12.23 m. • Sur: Colinda con el área remanente del mismo predio, en línea quebrada de tramos: 2 - 3 de 6.31 m ; 3 - 4 de 6.23 m . • Este: Colinda con la Calle 3, en línea recta de: 1 - 2 de 2.68 m. • Oeste: Colinda con el punto de intersección, vértice 4 Linderos Sur-Norte.1 1-2 2.68 760641.5291 8547129.3737 3 692,502 2-3 6.31 760642.8363 8547127.0345 3 3-4 6.23 760636.9416 8547124.7717 Partida Registral N° 11024118 de la Zona Registral N° X -Sede Cusco - O fi cina Registral de QuillabambaCertifi cado de Búsqueda Catastral Emitido con fecha 18.11.2020 por la O fi cina Registral de Quillabamba de la Zona Registral N° X – Sede Cusco (Informe Técnico N° 008455-2020-Z.R. X-SEDE-CUSCO/UREG/CAT)Informe Técnico N° 015-2022-PPRB- OS-2190 suscrito por veri fi cador catastral.4 4-1 12.23 760630.8659 8547123.3759