Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2023 (06/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 100

100 NORMAS LEGALES Sábado 6 de mayo de 2023 El Peruano / el ingreso de expedientes de las subespecialidades de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), y los procesos labores de la Ley N°26636 (LPT). - Que el Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Tambopata redistribuya al Juzgado de Trabajo Permanente de la misma provincia toda la carga pendiente en etapa de cali fi cación y ejecución de las subespecialidades de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), y de la Ley N°26636 (LPT), lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario. 13) Corte Superior de Justicia de PiuraProvincia de Piura- Cerrar turno, a partir del 1 de julio de 2023, al 5° y 8° Juzgados de Trabajo Transitorios de la Provincia de Piura, para el ingreso de expedientes de la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT). - Que el 5° y 8° Juzgados de Trabajo Transitorios de la Provincia de Piura redistribuyan respectivamente al 3° y 4° Juzgados de Trabajo Permanentes de la misma provincia toda la carga pendiente en etapa de cali fi cación, trámite y ejecución de la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario. - Cerrar turno, a partir del 1 de julio de 2023, al 3°, 4° y 7° Juzgados de Trabajo Transitorios de la Provincia de Piura, para el ingreso de expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP). - Que el 3°, 4° y 7° Juzgados de Trabajo Transitorios de la Provincia de Piura redistribuyan respectivamente al 5°, 6° y 7° Juzgados de Trabajos Permanentes de la misma provincia toda la carga pendiente en etapa de cali fi cación, trámite y ejecución de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario. 14) Corte Superior de Justicia de Puno.Provincia de Puno – Zona Sur- Cerrar turno, a partir del 1 de julio de 2023, al 1° Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Puno, para el ingreso de expedientes de las subespecialidades de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), y los procesos labores de la Ley N°26636 (LPT). - Que el 1° Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Puno redistribuya al Juzgado de Trabajo Permanente de la misma provincia un máximo de 200 expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), que no se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de julio de 2023, así como toda la carga pendiente en etapa de califi cación, trámite y ejecución de la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario. Distrito de Juliaca, Provincia de San Román – Zona Norte - Que el 1° Juzgado de Trabajo Permanente de la Zona Norte, Distrito de Juliaca, Provincia de San Román, redistribuya al 2° Juzgado de Trabajo Permanente de la misma zona, distrito y provincia, como máximo 1000 expedientes en etapa de trámite, a razón de 700 expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP) y 300 expedientes de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), que no se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de julio de 2023, considerándose para el caso de los expedientes de la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, aquellos que al 31 de julio de 2023 tengan programada la audiencia única con fecha más lejana, de ser el caso, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario. 15) Corte Superior de Justicia de San MartínDistrito y Provincia de Moyobamba- Cerrar turno, a partir del 1 de julio de 2023, al Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Moyobamba, para el ingreso de expedientes de las subespecialidades de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), y los procesos labores de la Ley N°26636 (LPT). - Que el Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Moyobamba redistribuya al Juzgado de Trabajo Permanente de la misma provincia toda la carga pendiente de las subespecialidades de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), y de la Ley N°26636 (LPT) que correspondan a expedientes en etapa de trámite que no se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de julio de 2023, considerándose en dicha redistribución a aquellos expedientes que se encuentren en etapa de cali fi cación y ejecución, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario. Distrito de Tarapoto, Provincia de San Martín- Cerrar turno, a partir del 1 de julio de 2023, al Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito de Tarapoto, Provincia de San Martín, para el ingreso de expedientes de las subespecialidades de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), y los procesos labores de la Ley N°26636 (LPT). - Que el Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito de Tarapoto, Provincia de San Martín, redistribuya al Juzgado de Trabajo Permanente de la misma provincia toda la carga pendiente de las subespecialidades de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) y de la Ley N°26636 (LPT) que correspondan a expedientes en etapa de trámite que no se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de julio de 2023, considerándose en dicha redistribución a aquellos expedientes que se encuentren en etapa de cali fi cación y ejecución, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario. 16) Corte Superior de Justicia del Santa.Provincia del Santa- Que los expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP) y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) de la Sala Laboral Transitoria de Chimbote, cuya redistribución hacia la 1° y 2° Salas Civiles Permanentes y la Sala Laboral Permanente de Chimbote se ha dispuesto en el inciso 2.2 del artículo segundo de la Resolución Administrativa N°158-2023-CE-PJ, sean redistribuidos a la 2° Sala Laboral Permanente de Chimbote, junto con los expedientes correspondientes a la liquidación de procesos con la Ley N°26636 (LPT) que tenga la referida sala transitoria, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario. 17) Corte Superior de Justicia de la Selva CentralProvincia de Satipo- Cerrar turno, a partir del 1 de julio de 2023, al Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Satipo para el ingreso de expedientes laborales de las subespecialidades correspondientes a la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP) y liquidación de procesos con la Ley N°26636 (LPT).