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46 NORMAS LEGALES Jueves 16 de noviembre de 2023 El Peruano / Cronograma de empadronamiento GPS de los camiones cisterna, camiones tanque y medios de transporte en contenedores intermedios de Combustibles Líquidos y de Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, con inscripción en el Registro de Hidrocarburos. Último dígito Placa semirremolquePlazo de adecuación (*)Cronograma de empadronamiento GPS de los camiones cisterna, camiones tanque y medios de transporte en contenedores intermedios de Combustibles Líquidos y de Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos (**) 0 90 días calendario 30 días calendario 1 30 días calendario 2 30 días calendario 3 30 días calendario 4 30 días calendario 5 30 días calendario 6 30 días calendario 7 30 días calendario 8 30 días calendario 9 30 días calendario Placa de unidades extranjeras 30 días calendario : Presentación de la solicitud de empadronamiento GPS (*) Plazo contabilizado a partir de la entrada en vigencia de la Resolución N° 199-2023-OS/CD. (**) Plazo contabilizado a partir del vencimiento del plazo de adecuación. El cronograma seguirá un orden secuencial, respetando el plazo establecido para las placas anteriores. Artículo 2.- Publicación Publicar la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y, conjuntamente con su exposición de motivos, en el portal institucional de Osinergmin: https://www.gob.pe/osinergmin. OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2235146-1 Designan vocales del Tribunal de Solución de Controversias del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 200-2023-OS/CD Lima, 14 de noviembre de 2023 CONSIDERANDO:Que, el literal c) del numeral 3.1. del artículo 3 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos (en adelante, la Ley), establece que en virtud de la función de solución de controversias, los organismos reguladores están facultados a conciliar intereses contrapuestos entre entidades o empresas bajo su ámbito de competencia, entre éstas y sus usuarios o de resolver los con fl ictos suscitados entre los mismos, reconociendo o desestimando los derechos invocados. Asimismo, de acuerdo con el numeral 9.1 del artículo 9 de esta ley, los organismos reguladores cuentan con un Tribunal de Solución de Controversias (en adelante, TSC) que estará conformado por cinco (5) miembros;Que, mediante Decreto Legislativo N° 1555 se modi fi có el artículo 9 de la Ley, estableciendo que los miembros de los tribunales administrativos de los organismos reguladores son elegidos por concurso público regulado vía resolución del Consejo Directivo y son designados mediante resolución de Consejo Directivo. Asimismo, en su única disposición complementaria transitoria se estableció que los miembros de los tribunales administrativos actualmente en funciones culminan el período para el que han sido designados y, de existir vacantes como miembros de los tribunales administrativos, estos son designados de acuerdo con el marco normativo vigente al momento de la convocatoria del concurso público respectivo; Que, mediante Resolución N° 044-2018-OS/CD se aprobó el Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin, que rige el funcionamiento y conformación, entre otros tribunales administrativos, del TSC. Asimismo, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1555, se aprobó la Resolución N° 147-2023-OS/CD por la que se modi fi caron diversos artículos del referido Reglamento, precisando que el TSC de Osinergmin está conformado por cinco (5) vocales y que estos son seleccionados por concurso público y designados por resolución del Consejo Directivo por un periodo de cinco (5) años. Adicionalmente, la mencionada Resolución N° 147-2023-OS/CD aprobó el “Reglamento para la selección de los vocales de los Órganos Resolutivos de Osinergmin”;