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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 191

191 NORMAS LEGALES Jueves 30 de noviembre de 2023 El Peruano / las justi fi caciones para ello. En tal sentido estando dentro del plazo establecido en la norma, resulta legalmente procedente prorrogar los montos establecidos en la Ordenanza Nº 304-2021/MDP, rati fi cada por Acuerdo de Concejo Nº 484 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para el Ejercicio Fiscal 2024, la misma que deberá ser reportada ante el SAT con una comunicación cursada por la Gerencia Municipal; Que, mediante Memorándum N° 895-2023-GAT- MDP de fecha 02 de noviembre de 2023 la Gerencia de Administración Tributaria, opina que se debería prorrogar la Ordenanza Nº 304-2021/MDP, rati fi cada por Acuerdo de Concejo Nº 484 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para el Ejercicio Fiscal 2024, en base a la coyuntura actual del País y la inestabilidad económica, así mismo al no existir variaciones sustanciales en las condiciones que originaron la rati fi cación de la Ordenanza Nº 304-2021/ MDP. En tal sentido remite el proyecto de ordenanza que prórroga de vigencia de la Ordenanza Nº 304-2021/MDP que fi ja los montos por derecho de servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto predial y arbitrios municipales 2022 y su distribución a domicilio, para que se proceda a realizar el trámite correspondiente para su aprobación; Que, mediante Memorándum N° 210-2023-OGPP/ MDP de fecha 03 de noviembre de 2023 la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, informa sobre la procedencia del trámite para la aprobación de la ordenanza que prorrogue para el ejercicio 2024 la vigencia de los montos por derecho de servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto predial y arbitrios municipales; Que, mediante Informe Legal N° 031-2023-OGAJ-MDP de fecha 03 de noviembre del 2023 la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la viabilidad legal de la mencionada ordenanza; Que, mediante Memorándum N° 637-2023-GM/MDP de fecha 06 de noviembre del 2023 la Gerencia Municipal, en virtud de las opiniones técnicas vertida en los informes que antecede, otorga conformidad y remite los actuados a la O fi cina General de Secretaría de Concejo, solicitando se considere como punto de agenda a la comisión respectiva, para luego sea elevado a Sesión de Concejo para su aprobación de considerarlo oportuno; Que, mediante Dictamen N° 009-2023-COARFAYT/ MDP de fecha 10 de noviembre del 2023, Comisión Ordinaria de Administración, Rentas y Fiscalización Administrativa y Tributaria dictaminó por MAYORÍA: Recomendar al Concejo Municipal Aprobar Ordenanza que Prórroga para el año 2024 la vigencia de la Ordenanza N° 304-2021/MDP que Fija los Montos por Derecho de Servicio de Emisión Mecanizada de Actualización de valores, Determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2022 y su distribución a Domicilio en el Distrito de Pucusana, y; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 9°, 39° y 41° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y contando con el voto por UNANIMIDAD de los señores miembros del Concejo Municipal, y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL N° 346-2023/MDP. ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL AÑO 2024, LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 304- 2021/ MDP QUE FIJA LOS MONTOS POR DERECHO DE SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2022 Y SU DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO EN EL DISTRITO DE PUCUSANA Artículo Primero.- PRORROGAR para el Año 2024, la vigencia de la Ordenanza Nº 304-2021/MDP que fi ja los montos por derecho de servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto predial y arbitrios municipales 2022 y su distribución a domicilio en el distrito de Pucusana, rati fi cada por Acuerdo de Concejo Nº 484 de la Municipalidad Metropolitana de Lima;Artículo Segundo.- FÍJESE, en S/. 5.90 (Cinco con 90/100 soles) el monto anual que deberán abonar los contribuyentes por concepto de Derecho del servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto predial y arbitrios municipales 2022 y su distribución a domicilio. Este monto será abonado conjuntamente con el pago al contado del Impuesto Predial o de optar por el pago fraccionado, con la cancelación de la primera cuota. Por cada predio adicional se abonará S/. 1.70 (Uno y 70/100 soles), tal como lo establece la Ordenanza Nº 304-2021/MDP. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, y a las demás unidades orgánicas involucradas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, a partir del 01 de enero de 2024. Artículo Quinto.- ENCOMENDAR a la O fi cina General de Secretaría de Concejo la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías y Gobierno Digital, la publicación de la presente Ordenanza en la página web de la Municipalidad Distrital de Pucusana (www.munipucusana.gob.pe), así como en la dirección electrónica establecida por el Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.sat.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN JOSÉ CUYA ESPINOZA Alcalde 2239825-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 452-MDSJL, que “Aprueba Incentivos tributarios en la jurisdicción del Distrito de San Juan de Lurigancho” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 029-2023-MDSJL San Juan de Lurigancho, 27 de noviembre de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTOS; el Memorando N° 3263-2023-GEC/MDSJL, de la Gerencia de Ejecución Coactiva, de fecha 22 de noviembre de 2023; el Informe N° 1895-2023-SGRCyC-GAT/MDSJL, de la Subgerencia de Recaudación y Control, de fecha 22 de noviembre de 2023; el Informe Nº 072-2023-GAT/MDSJL, de la Gerencia de Administración Tributaria, de fecha 22 de noviembre de 2023; el Informe Legal Nº 376-2023-GAJ/MDSJL, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 23 de noviembre de 2023; el Proveído Nº 4955-2023-GM/MDSJL, de la Gerencia Municipal, de fecha 24 de noviembre de 2023, y; CONSIDERANDO:Que, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, de conformidad con lo señalado en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;