NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (03/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 76
TEXTO PAGINA: 69
69 NORMAS LEGALES Domingo 3 de setiembre de 2023 El Peruano / Artículo Tercero.- DISPONER en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de la eventual Ordenanza Regional, se instale al Consejo Regional de Salud de Pasco, siendo su naturaleza de carácter permanente. Artículo Cuarto.- DISPONER en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de su instalación, el Consejo Regional de Salud de Pasco, elabore su Reglamento de Funcionamiento Interno, que debe ser aprobado por la respectiva instancia. Artículo Quinto.- DISPONER que el Consejo Regional de Salud de Pasco efectúe la convocatoria del proceso de elecciones para la incorporación de los miembros representantes de los servicios de salud del sector privado, de las facultades de ciencia de salud de las universidades públicas y privadas, de los colegios profesionales de la salud, de los trabajadores de la salud y de las organizaciones sociales de la comunidad, dentro de los noventa (90) días, siguientes de instalado, conforme al procedimiento establecido en el Decreto Supremo N°032-2020 2020-SA., en lo que sea aplicable. El proceso de elecciones sólo se realiza en caso de existir más de una institución por estamento, caso contrario, su incorporación es directa. Artículo Sexto.- CONSTITUIR la Secretaria de Coordinación del Consejo Regional de Salud, como órgano de apoyo técnico y administrativo del Consejo Regional de Salud para que le brinde apoyo técnico y administrativo y tramita periódicamente al Consejo Nacional de Salud, Sistematización de sus avances. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Plani fi cación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el fi nanciamiento del presupuesto requerido para la implementación y funcionamiento del Consejo Regional de Salud y de su Secretaria de Coordinación. Artículo Noveno.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano y el Portal WEB del Gobierno Regional de Pasco y su distribución a las instancias correspondientes. Artículo Décimo.- DISPONER que, la presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación. BISMARK ALFONSO RICALDI NANO Presidente del Consejo Regional Pasco POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, de fecha cuatro de octubre del año dos mil veintidós. PEDRO UBALDO POLINAR Gobernador Regional Pasco 2210714-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA Otorgan beneficios extraordinarios para contribuyentes del distrito de Santa Rosa, que se encuentren en cobranza ordinaria ORDENANZA Nº 550/MDSR Santa Rosa, 23 de agosto del 2023EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSAVISTO en la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorándum Nº 556-2023-MDSR-GM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 087-2023-GPP/MDSR de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Legal Nº 090-2023-MDSR/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, así como el Informe Nº 089-2023-GAT/MDSR de la Gerencia de Administración Tributaria; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdicción, y con principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona. Ningún tributo puede tener carácter con fi scatorio; Que, de acuerdo al artículo 41º del Decreto Supremo N.º 133-2013-EF, T.U.O. del Código tributario, la deuda tributaria solo podrá ser condonada por norma expresa con rango de ley. Excepcionalmente de los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo; Que, el Decreto Supremo Nº 076-2021-PCM, prorrogó el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo Nº184-2020- PCM, prorrogado por Decreto Supremo N.º 201-2020-PCM, Decreto Supremo N.º 008-2021-PCM, Decreto Supremo Nº036-2021-PCM y Decreto Supremo N.º 058-2021-PCM, por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del sábado 1º de mayo del 2021, por las graves circunstancias que afectaban la vida de las personas a consecuencias de la COVID-19; Que, con fecha 15 de enero de 2022, se produjo un derrame de petróleo en las playas del distrito de Ventanilla, ocasionado por la empresa REPSOL S.A. y cuya contaminación se expandió y afectó a diversas playas que colindan con este distrito, entre ellas, las playas del distrito de Santa Rosa. Esta contaminación, ha dejado daños irreparables que no solamente ha afectado al ecosistema marino, sino también ha puesto en alto riesgo la salud pública de todos los vecinos y veraneantes que en la temporada de playas, de forma masiva acudían a disfrutar de los atractivos de nuestras playas, así también se dispuso el cierre de fi nitivo de playas, no obstante, este terrible acontecimiento impacta directamente en la recaudación de ingresos del distrito de Santa Rosa, ya que al ser un balneario, se sustenta mediante sus recursos naturales, los mismos que en temporadas tan importantes como el verano, generan ingresos económicos para el bene fi cio de su población; Que, no cabe duda, que la crisis económica que ocasionó la pandemia y el derrame de petróleo en las playas del distrito de Santa Rosa, además de afectar la temporada de verano, estaría afectando los ingresos de los vecinos, lo cual está ocasionando la tarea de la recaudación aún más complicada; sin duda, actualmente las crisis sanitaria y económica, son un gran desafío, pero las secuelas también podrían ser en los siguientes años, por lo que resulta necesario que la actual gestión otorgue incentivos a los contribuyentes para promover el pago voluntario de las obligaciones tributarias; Que, es política de la actual gestión brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y administrativas, otorgando bene fi cios para la regularización de sus deudas a favor de los vecinos de nuestro distrito de Santa Rosa, con el fi n de continuar con las mejoras en los servicios que se prestan a la ciudad, por lo tanto, se ha evaluado