NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (09/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 55
55 NORMAS LEGALES Sábado 9 de setiembre de 2023 El Peruano / Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8° del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, el Concejo Municipal, luego del debate, por UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA DE INCENTIVOS VECINO PUNTUAL QUE SE ENCUENTREN AL DÍA CON EL PAGO DE SUS DEUDAS EN ESTADO ORDINARIO Y/O COACTIVO DEL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES DEL PROGRAMA VPCLR Artículo 1°.- DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS VPCLR El Programa de Incentivos Vecino Puntual del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso, que se encuentren al día con el pago de sus deudas en estado Ordinario y/o Coactivo del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso; promueve el esfuerzo y responsabilidad de los vecinos del distrito de Carmen de la Legua Reynoso que cumplan con sus obligaciones tributarias brindándoles diversos bene fi cios. Artículo 2°.- OBJETIVOSPromover el cumplimiento puntual de las obligaciones tributarias de los Vecinos del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso, incentivar a continuar con la responsabilidad en el pago oportuno de sus tributos municipales. Artículo 3°.- FINALIDAD La presente ordenanza tiene por fi nalidad establecer las disposiciones que regulan el desarrollo del programa de incentivos vecino puntual, que se encuentren al día con el pago de sus deudas en estado Ordinario y/o Coactivo del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso de VPCLR. Artículo 4°.- DEL ÓRGANO RESPONSABLE El programa de incentivos vecino puntual; que se encuentren al día con el pago de sus deudas en estado Ordinario y/o Coactivo del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso de VPCLR estará a cargo de la Gerencia de Administración Tributaria facultada para realizar las acciones necesarias para el desarrollo del programa para lo cual contará con el apoyo de la Gerencia de Administración y Finanzas, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, así como las demás unidades orgánicas de acuerdo a sus funciones y competencias y disposiciones establecidas en la presente ordenanza. Artículo 5°.- DEL FINANCIAMIENTO El fi nanciamiento de programa de incentivos vecino puntual; que se encuentren al día con el pago de sus deudas en estado Ordinario y/o Coactivo del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso de VPCLR; se atenderá con el 3.00% de los ingresos obtenidos por la recaudación del impuesto Predial de cada ejercicio fi scal en que se desarrolle el programa y según disposición presupuestaria. Artículo 6°.- DEFINICIONES Para efectos de la aplicación de la presente ordenanza se entenderá por: a) Afi liado.- persona natural o jurídica que ofrece a los bene fi ciarios del programa de incentivos vecino puntual; que se encuentren al día con el pago de sus deudas en estado Ordinario y/o Coactivo del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso de – VPCLR con descuentos y promociones por compras y o servicios que se realicen en sus locales comerciales. b) Bene fi ciarios.- contribuyentes que en virtud a lo dispuesto en la presente ordenanza son titulares bene fi ciarios del programa de incentivos – VPCLR.c) Compromiso de a fi liación.- documento mediante el cual el a fi liado se compromete a ofrecer descuentos y/o promociones por compras y /o servicios a los bene fi ciarios del programa de incentivos VCLR con la fi nalidad de colaborar con la comunidad del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso. d) Padrón VPCLR.- listado conformado por todos los contribuyentes bene fi ciarios del programa de incentivos VPCLR. e) Vencimientos.- fechas establecidas para el pago de los tributos municipales de acuerdo a lo establecido en el texto único ordenado de la ley de tributación municipal aprobado por Decreto Supremo N° 156 - 2004 - EF y ordenanzas del ejercicio vigente. f) VPCLR.- vecino puntual del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso. Artículo 7°.- DEL PROGRAMA VECINO PUNTUAL QUE SE ENCUENTREN AL DÍA CON EL PAGO DE SUS DEUDAS EN ESTADO ORDINARIO Y/O COACTIVO DEL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO DE – VPCLR El Programa de Incentivos Vecino Puntual; que se encuentren al día con el pago de sus deudas en estado Ordinario y/o Coactivo del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso de – VPCLR; estará constituido por los siguientes bene fi cios: - Tarjeta vecino puntual de Carmen de la Legua Reynoso. - Atención preferente en las dependencias de la municipalidad de Carmen de la Legua Reynoso. - Descuento y promociones exclusivas en establecimientos a fi liados y/o tarifas preferenciales en los eventos organizados o auspiciados por la municipalidad de Carmen de la Legua Reynoso. - Participación en los sorteos que programa la entidad de acuerdo al procedimiento establecido en la presente ordenanza. - Otros bene fi cios que resulten de interés para los vecinos y se ajusten a los lineamientos establecidos en la presente ordenanza y de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria. Artículo 8°.- DE LOS BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA Los bene fi ciarios serán los contribuyentes personas naturales que cumplan simultáneamente con los siguientes requisitos: - Registrar por lo menos un predio con uso de casa habitación. - No registrar obligación tributaria vencida pendiente de pago fraccionada tanto del ejercicio fi scal corriente como de periodos anteriores. Asimismo, no deberán registrar deuda por derecho de emisión multas tributarias costas y gastos administrativos. - No haber presentado recursos impugnatorios contra la municipalidad y que este se encuentre en trámite. También, serán considerados como bene fi ciarios del programa los representantes acreditados de las sucesiones indivisas siempre que se trate de persona natural y que sea parte de la sucesión indivisa debiendo cumplir con lo establecido en el presente artículo. Los contribuyentes registrados que se encuentran gozando de los bene fi cios tributarios en atención a su condición de pensionista y/o adultos mayor no pensionistas o cuenten con algún bene fi cio que los exonere del pago de todo o parte de su liquidación de arbitrios municipales, también serán bene fi ciados con la presente ordenanza municipal. Artículo 9°.- DE LA PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE VECINO PUNTUAL DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO El acceso a los bene fi cios del programa de incentivos y la condición de vecino puntual de Carmen de la Legua Reynoso se perderá cuando: