NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (15/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 76
TEXTO PAGINA: 19
19 NORMAS LEGALES Viernes 15 de setiembre de 2023 El Peruano / constitucionalmente autónomos, previa conformidad de su máxima autoridad; Que, conforme con los documentos de vistos, las entidades convocadas a integrar el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal encargado de mejorar la atención interinstitucional e fi ciente y e fi caz de los procedimientos de extradición y traslado de personas condenadas han manifestado su conformidad previa conforme se detalla: en el caso del Poder Judicial, la conformidad ha sido brindada mediante O fi cio N° 003053-2023-SG-CS-PJ del 28 de junio de 2023, cursado por la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia de la República, por disposición del señor presidente del Poder Judicial; en cuanto al Ministerio de Relaciones Exteriores, la conformidad ha sido brindada mediante OF. RE (MIN) N° 2-19/9 del 6 de julio de 2023, cursado por la Ministra de Relaciones Exteriores; en el caso de la Fiscalía de la Nación, la conformidad ha sido brindada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1706-2023-MP-FN del 13 de julio de 2023, cursada por la Fiscal de la Nación; y, en cuanto al Ministerio del Interior, la conformidad ha sido brindada por O fi cio N° D000117- 2023-IN-SG, cursado por su Secretaría General; Que, en el marco de lo dispuesto en el literal c) del artículo 67 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, mediante Informe N° 037-2023-JUS/DGJLR-DCJI, la Dirección de Cooperación Jurídica Internacional propone la creación de un Grupo de Trabajo de carácter multisectorial con la participación del Poder Judicial, la Fiscalía de la Nación, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio del Interior, con el objeto de propiciar un espacio de diálogo y de coordinación para la mejora de la atención de los procedimientos interinstitucionales en la tramitación efi caz y e fi ciente de las solicitudes de extradiciones y traslados de personas condenadas en bene fi cio de la ciudadanía; Que, por lo expuesto, resulta necesario conformar el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, encargado de mejorar la atención interinstitucional efi ciente y e fi caz de los procedimientos de extradición y traslado de personas condenadas; Con el visado del Despacho Viceministerial de Justicia, de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación y objeto del Grupo de Trabajo Multisectorial 1.1 Crear el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal en materia de extradiciones y traslados de personas condenadas, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en adelante, Grupo de Trabajo Multisectorial. 1.2 El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene por objeto propiciar un espacio de diálogo y de coordinación mediante el cual se genere información integral, consistente y actualizada sobre la materia que redunde en la mejora de la atención de los procedimientos interinstitucionales y, del mismo modo, coadyuve en la tramitación e fi caz y efi ciente de las solicitudes de extradiciones y traslado de personas condenadas en bene fi cio de la ciudadanía. Artículo 2.- Conformación del Grupo de Trabajo Multisectorial 2.1 El Grupo de Trabajo Multisectorial está conformado de la siguiente manera:a) El/La Director/a General de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, quien lo preside. b) El/La Director/a de la Dirección de Cooperación Jurídica Internacional de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, quien asume la Secretaría Técnica. c) Un/a representante del Ministerio Público – Fiscalía de la Nación. d) Un/a representante del Ministerio de Relaciones Exteriores. e) Un/a representante del Ministerio del Interior. f) Un/a representante del Poder Judicial. 2.2 Cada integrante del Grupo de Trabajo Multisectorial debe contar con un/a representante titular y un/a representante alterno/a, quien asiste a las reuniones en caso de ausencia del titular. 2.3 Los/Las representantes se acreditan mediante documento dirigido a la Secretaría Técnica emitido por cada institución, dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. 2.4 Los integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial ejercen su cargo ad honorem. Artículo 3.- Funciones del Grupo de Trabajo Multisectorial El Grupo de Trabajo Multisectorial, para el cumplimiento de su objeto, ejerce las siguientes funciones: 1. Realizar reuniones periódicas a fi n de coordinar acciones que mejoren la e fi ciencia y e fi cacia de las solicitudes de extradiciones y traslado de personas condenadas. 2. Efectuar la identi fi cación y el análisis de posibles problemáticas en materia de extradiciones y traslado de personas condenadas. 3. Elaborar recomendaciones, propuestas normativas y/o protocolos que contengan alternativas de solución para la problemática identi fi cada. 4. Otras que resulten necesarias para el cumplimiento de su objeto. Artículo 4.- Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial La Dirección de Cooperación Jurídica Internacional de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos asume la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial, brindando apoyo técnico y administrativo necesario para el funcionamiento y cumplimiento de su objeto. Artículo 5.- Instalación y vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial El Grupo de Trabajo Multisectorial se instala por convocatoria de su Secretaría Técnica; y tiene una vigencia de dos (2) años posteriores a su instalación, plazo que puede ser prorrogado. Artículo 6.- Financiamiento Las entidades que conforman el Grupo de Trabajo Multisectorial sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 7.- Publicación Encargar a la O fi cina General de Tecnologías de Información y la O fi cina General de Imagen y Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus) el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese y publíquese.EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2215349-1