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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (28/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Jueves 28 de setiembre de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: Que la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, organiza su régimen de gobierno de acuerdo a la Ley Universitaria N° 30220, su Estatuto y reglamentos, atendiendo a sus necesidades y características; Que la Ley N° 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las Entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República. Asimismo, la referida Ley N° 27785, prescribe en el “Artículo 20.- Sociedades de auditoría. (…). Las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del Titular del Pliego y el acuerdo de Consejo Regional se publican el Diario O fi cial El Peruano y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web”; Que la Ley N° 31358 – Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, establece en el “Artículo 4. Transferencias. 4.1. Para el cumplimiento de la presente ley, autorízase a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la presente ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego 019 - Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza. 4.2. Las transferencias a que se re fi ere el párrafo precedente, se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, o con resolución ejecutiva regional o resolución de alcaldía, en el caso de los gobiernos regionales y locales, respectivamente. La resolución del titular del pliego del gobierno nacional y la resolución ejecutiva regional se publican en el diario ofi cial El Peruano y la resolución de alcaldía, que se publica en su página web”; Que el Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece en el “Artículo 1. Objeto. El Decreto Legislativo tiene por objeto regular el Sistema Nacional de Presupuesto Público, integrante de la Administración Financiera del Sector Público”; Que la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL – “Directiva interna que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”, establece en el numeral 7.3 “Transferencias fi nancieras a favor de la Contraloría. El cumplimiento de las transferencias solicitadas por la Contraloría se efectúa por el importe total requerido; excepcionalmente las entidades podrán realizar dichas transferencias proporcionalmente a la programación de gastos de inversión de su presupuesto institucional de cada año fi scal, debiendo adjuntar la previsión presupuestal por los años subsiguientes, a fi n de garantizar el despliegue del control concurrente en el marco de la Ley N° 31358 y su modi fi catoria”; Que con Resolución Directoral N° 0023-2022- EF/50.01, se aprueba la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, así como su Lineamiento 2: Lineamientos sobre modi fi caciones presupuestarias para la ejecución del gasto en inversiones y en proyectos de las entidades públicas, con cargo al presupuesto del sector público para el Año Fiscal 2023; Que mediante Resolución Rectoral N° 714-2022-UNTRM/R, de fecha 26 de diciembre de 2022, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura 2023, mediante el cual los recursos asignados para Gasto Corriente ascienden a la suma de S/ 37,028,405.00 (treinta y siete millones veintiocho mil cuatrocientos cinco con 00/100 soles); y para Gasto de Capital S/ 24,971,187.00 (veinticuatro millones novecientos setenta y un mil ciento ochenta y siete con 00/100 soles); Que con O fi cio N° 001153-2023-CG/SGE, recibido por la UNTRM, el 21 de agosto de 2023, la Secretaría General de la Contraloría General de la República, solicita se realice la transferencia fi nanciera a favor del pliego 019 Contraloría General hasta por el monto de S/ 879, 044.00; así como disponer las acciones pertinentes para garantizar la mencionada transferencia fi nanciera, (…); Que con la Hoja de Trámite EXP. N° 2235-2023, de fecha 21 de agosto de 2023, el señor Rector dispone que se atienda la solicitud en el plazo indicado; Que mediante Memorándum N° 0236-2023-UNTRM-R, de fecha 22 de agosto de 2023, la Directora General de Administración, solicita al Jefe de la Unidad Ejecutora de Inversiones, realizar trámites correspondientes a fi n de proceder a efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, para el control gubernamental establecido en el marco de la Ley N° 31358; Que mediante Informe N° 164-2023-UNTRM-R/ DGA-UEI/RSMI, de fecha 29 de agosto de 2023, el Responsable de Seguimiento y Monitoreo de las Inversiones, concluye y recomienda al Jefe de la Unidad Ejecutora de Inversiones, realizar la transferencia proporcional al PIM 2023 de la UNTRM, por el monto de S/ 138,044.64 (Ciento treinta y ocho mil cuarenta y cuatro con 64/100 soles) siendo el presupuesto calculado con fecha de corte al 01 de agosto de 2023, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, con cargo a las inversiones con CUI N° 2572543, 2572604 y 2572586. Del mismo modo, es necesario emitir la previsión presupuestal para los años 2024, 2025 y 2026, a fi n de garantizar el despliegue del control concurrente en el marco de la Ley N° 31358 y su modi fi catoria; Que mediante O fi cio N° 555-2023-UNTRM-R/DGA- UEI, de fecha 29 de agosto de 2023, el Jefe de la Unidad Ejecutora de Inversiones, remite a la Directora General de Administración, el precitado Informe N° 164-2023- UNTRM-R/DGA-UEI/RSMI; Que con O fi cio N° 03849-2023-UNTRM-R/DGA, de fecha 31 de agosto de 2023, la Directora General de Administración, solicita a la Jefa de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, emita informe sobre transferencia presupuestal para control gubernamental, en el marco de la documentación antes expuesta; Que mediante Informe Técnico N° 053-2023-UNTRM-R/ OPP-UP, de fecha 01 de setiembre de 2023, el Jefe de la Unidad de Presupuesto, informa a la Jefa de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, que de acuerdo a los documentos y argumentos fácticos, opina que se continúe el trámite correspondiente para el pago del control concurrente de los expedientes identi fi cados por la Contraloría General de la República, de acuerdo a lo previsto para el presente ejercicio fi scal y la programación multianual para los desembolsos correspondientes; luego la Ofi cina de Plani fi cación y Presupuesto debe realizar la certi fi cación presupuestaria, previo informe legal, para que la UNTRM cumpla con el desembolso que corresponde a favor del Pliego N° 019, de la Contraloría General de la República. La propuesta de pago para la Contraloría General de la República es como se indica en el siguiente cuadro: