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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (28/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 64

64 NORMAS LEGALES Jueves 28 de setiembre de 2023 El Peruano / 30. Un representante del Comité de Administración y Servicios Turísticos Santa Carmen - Leoncio Prado. 31. Un representante del Comité de Administración de Servicios Honolulu - Leoncio Prado. 32. Un representante del Centro de Conservación, Investigación y Manejo de Áreas Naturales CIMA. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, la elaboración del Reglamento Interno del Comité Consultivo Regional de Turismo de Huánuco, la misma que lo deberá realizar en un plazo de sesenta (60) días calendario, de la entrada en vigencia de la presente norma regional, documento que será aprobado por los miembros que integran dicho Comité. Artículo Tercero.- DEROGAR, todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la O fi cina de Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 21 días del mes de agosto del año dos mil veintitrés. RAFAEL CÉSPEDES GAMARRA Consejero Delegado POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Huánuco, a los 06 días del mes de setiembre del año dos mil veintitrés. ANTONIO L. PULGAR LUCAS Gobernador Regional 2214674-1 GOBIERNO REGIONAL DE ICA Ordenanza Regional que aprueba los Cuadros para Asignación de Personal Provisional – CAP-P-2023, de las 06 Unidades Ejecutoras y Red de Salud Chincha-Pisco, inmersas en el proceso de nombramiento 2023, conformantes del Sector Salud ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2023-GORE-ICA Ica, 21 SEP. 2023 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha 18 de setiembre de 2023. Visto el O fi cio Nº 385-2023-GORE-ICA/GR sobre la solicitud de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP-P-2023 de las seis (06) Unidades Ejecutoras y la Red de Salud Chincha - Pisco, conformantes del Sector Salud. CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobierno Regionales, establece que los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un Pliego Presupuestal; Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias Ley Nº 27902 y Ley Nº 30305 establece que los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencias. Asimismo, el artículo 192 inciso 1) de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 9 inciso a) de la Ley Nº 27867, precisan que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el inciso a) del artículo 15 establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la Gestión Pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, mediante Ley Nº 30957, se autoriza el nombramiento progresivo como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153 tuvieron vínculo laboral y fueron identi fi cados en el marco de la Disposición Complementaria Final Nonagésima Octava de la Ley Nº 30693, se regula el nombramiento progresivo en el año fi scal 2019, como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y los gobiernos regionales y las comunidades locales de administración en salud (CLAS), que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153 tuvieron vínculo laboral, cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud para el mencionado nombramiento, no fueron incluidos en los procesos de nombramiento correspondientes a los años 2014 al 2018 y fueron identi fi cados en el marco de la Disposición Complementaria Final Nonagésima Octava de la Ley Nº 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Que, a través del Decreto Supremo Nº 025-2019-SA se aprobó el reglamento de la acotada Ley Nº 30957, en la cual se establece los requisitos y condiciones para el proceso de nombramiento de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y los gobiernos regionales y las comunidades locales de administración en salud (CLAS); Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 016-2020 se dispusieron medidas en materia de los recursos humanos del sector público, estableciéndose en el numeral 14.3 del artículo 14 que, para el proceso de nombramiento es requisito que las plazas o puestos a ocupar se encuentren aprobadas en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) o en el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), y en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), según corresponda. Asimismo, que las plazas o puestos a ocupar se encuentren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, y cuenten con la respectiva certi fi cación del crédito presupuestario; Que, por Resolución Ministerial Nº 280-2020-MINSA - Anexo, que aprueba la relación nominal del personal de la salud apto al nombramiento en orden de prelación, por cada unidad ejecutora de salud nivel nacional, y modi fi cada entre otros por Resolución Directoral Nº 133-2023-OGGRH/MINSA de fecha 13 de febrero del 2023,