NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (28/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 96
TEXTO PAGINA: 56
56 NORMAS LEGALES Jueves 28 de setiembre de 2023 El Peruano / Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2422-2023-MP-FN Lima, 27 de setiembre de 2023VISTO Y CONSIDERANDO: El ofi cio N° 3499-2023-MP-FN-PJFS-LAMBAYEQUE, cursado por la abogada Giovana Del Río Carreño, en ese entonces, encargada de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, mediante el cual eleva propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante; asimismo, precisa que la plaza señalada cuenta con código AIRHSP N° 000690 y con disponibilidad presupuestal para ser cubierta. El numeral 3 del artículo 65° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley N° 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la Ley N° 30483, también modi fi cada mediante Ley N° 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. La Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N.º 31718. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Sandra Jackeline Plasencia Malca, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándola en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2219722-1 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Conceden licencias a profesionales del Tribunal Constitucional para asistir a evento académico a realizarse en Colombia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 171-2023-P/TC Lima, 26 de setiembre de 2023VISTOSLa invitación de fecha 03 de julio de 2023, cursada por la Presidencia de la Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional; la carta de fecha 04 de julio de 2023, remitida por la Secretaría General de la Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional; las comunicaciones de la Secretaría General de fechas 01 de agosto, 19, 20 y 26 de setiembre de 2023; el Memorando 050-2023-SG/TC, de fecha 25 de agosto de 2023, de la Secretaría General; la comunicación electrónica de fecha 26 de setiembre de 2023, de la jefatura de la O fi cina de Logística; y, CONSIDERANDOQue, mediante invitación de fecha 03 de julio de 2023, el señor Enrique Arnaldo Alcubilla, en su calidad de presidente de la Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional y presidente del Tribunal Constitucional de España, pone en conocimiento de la Presidencia de la realización del seminario sobre “El acceso a la justicia constitucional de los pueblos indígenas y afrodescendientes de Iberoamérica”, a desarrollarse del 11 al 15 de setiembre de 2023, en el Centro de Formación de la Cooperación Española (AECID), Cartagena de Indias, Colombia; Que, con la comunicación de fecha 04 de julio de 2023, la Secretaría General de la Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional informa que la organización del evento cubre los gastos de alojamiento y manutención; Que, mediante comunicación electrónica de fecha 28 de agosto de 2023, la organización pone en conocimiento los detalles del evento, indicando que, el seminario sobre “El acceso a la justicia constitucional de los pueblos indígenas y afrodescendientes de Iberoamérica” se realizará del 17 al 20 de octubre de 2023; Que, mediante comunicación de fecha 19 de septiembre de 2023, el señor abogado Alberto Boris Che-Piú Carpio, secretario general del Tribunal Constitucional, comunica que la Presidencia ha autorizado su participación en el seminario sobre “El acceso a la justicia constitucional de los pueblos indígenas y afrodescendientes de Iberoamérica”. Así también, remite la comunicación cursada por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), mediante la cual, se le concede una ayuda en especie de