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53 NORMAS LEGALES Viernes 5 de abril de 2024 El Peruano / Expiden duplicado de Diploma de Grado de Magister Scientiae en Producción Animal de la Universidad Nacional Agraria La Molina UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN Nº 0101-2024-CU-UNALM La Molina, 14 de marzo de 2024 CONSIDERANDO: Que, mediante Formulario Único de Trámite (FUT), de fecha 24 de enero de 2024, el Sr. Gian Carlo Iannacone De La Flor, egresado de la Escuela de Posgrado, solicita el Duplicado de Diploma de Grado de Magister Scientiae en Producción Animal, por motivo de pérdida; Que, el Sr. Gian Carlo Iannacone De La Flor, obtuvo el Diploma de Grado de Magister Scientiae en Producción Animal, mediante Resolución Nº 713-2006-UNALM, de fecha 20 de octubre de 2006, encontrándose inscrito en el Libro Nº 04, Folio Nº 137 del Registro Nº 1185 de esta Casa de Estudios; Que, revisada la solicitud, ésta cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5º del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR y sus modi fi catorias, por lo que resulta procedente lo solicitado, debiendo expedirse el duplicado correspondiente; Por lo expuesto, estando a las normas legales glosadas, Ley 28626 y artículo 310 literal p) del Reglamento General de la UNALM; artículo 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos (SUNEDU) aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/ CD, y estando a lo acordado por el Consejo Universitario en sesión ordinaria de la fecha; SE RESUELVE: Artículo 1.- Anular el Diploma de Grado de Magister Scientiae en Producción Animal, del Sr. Gian Carlo Iannacone De La Flor, expedido el 20 de octubre de 2006. Artículo 2.- Expedir el duplicado de Diploma de Grado de Magister Scientiae en Producción Animal, a favor del Sr. Gian Carlo Iannacone De La Flor, por motivo de pérdida del original e inscribir en el libro o fi cial de registro. Artículo 3.- Dar cuenta de la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU). Artículo 4.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. AMÉRICO GUEVARA PÉREZ Rector JORGE PEDRO CALDERÓN VELÁSQUEZ Secretario General 2276213-1 Modifican el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN RESOLUCIÓN RECTORAL N° 12893-2024-UNJBG Tacna, 1 de abril de 2024VISTOS: El O fi cio N° 615-2024-DIGA/UNJBG, Proveídos N° 2840-2024-REDO y N° 1369-2024-SEGE, O fi cio Nº 1072- 2024-OPEP/UNJBG, Informe Nº 165-2024-UPM-OPEP/UNJBG, Informe Nº 0003-2024-URH-DIGA/UNJBG, sobre la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann; CONSIDERANDO:Que, con Resolución Rectoral N° 12462-2023-UNJBG se aprueba en virtud a sus considerandos el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de la universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann; Que, el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos mediante documento del Visto, remite el informe técnico sustentatorio sobre modi fi cación del Manual de Clasi fi cadores de Cargos de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, detallando lo siguiente: - El Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP PROVISIONAL) de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann vigente aprobado con Resolución Rectoral Nº 12674-2024-UNJBG, cuenta con un total de 6 cargos de con fi anza. - Según el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 084- 2016-PCM, establece que para el cálculo del cinco por ciento (5%) de empleados de con fi anza en las entidades públicas, establecido en el numeral 2) del artículo 4 de la Ley Nº 28175, se entenderá que los “servidores públicos existentes en cada entidad” hace referencia a la sumatoria de los cargos ocupados y previstos en su Cuadro para Asignación de Personal o en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional, más el número de servidores contratados bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios de la misma entidad, a la fecha de publicación de la presente norma. - Asimismo, dicha norma establece que, en ningún caso, el número de empleados de con fi anza será mayor a cincuenta (50), siendo que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva debidamente justi fi cada, SERVIR puede establecer excepciones debidamente justi fi cadas a este tope; resolución que deberá publicarse en el diario ofi cial El Peruano. - Al respecto, El CAP PROVISIONAL vigente de la entidad cuenta con un total de 1049 posiciones en situación de ocupado y 763 posiciones en situación de previsto haciendo una sumatoria total de 1812 posiciones, a lo cual aplicando el 5% correspondería un total de 90 cargos y al mismo tiempo aplicando el límite máximo, correspondería que la entidad cuente con máximo de 50 cargos de con fi anza que serían incorporados en el CAP PROVISIONAL, previa modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) en lo referente a la clasi fi cación de Cargos de Con fi anza. En este sentido, con la fi nalidad de dar viabilidad a la implementación de cargos de con fi anza hasta el límite máximo, y en cumplimiento de lo dispuesto en los numerales 6.1.5 y 6.1.10 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, han procedido a la modi fi cación de algunos cargos con clasi fi cación de SP-EJ, SP-ES y SP-AP a la clasi fi cación de EC, así mismo de algunos cargos de SP-EJ a SP-DS y el cargo de Defensor(a) Universitaria se modi fi có de clasi fi cación de EC a SP-DS haciendo un total de 32 cargos modi fi cados. Asimismo, se ha incluido 01 cargo estructural de Asesor(a) de Alta Dirección con clasi fi cación EC; concluyendo que la modi fi cación de la clasi fi cación de los 32 cargos estructurales del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann; así como la inclusión de 01 cargo estructural, se realizó en cumplimiento de los dispuesto en la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH; asimismo remite la información del punto 8 del MCC relacionados a los cargos estructurales antes detallados; por lo que solicita, su aprobación mediante Resolución Rectoral y posterior publicación en el diario o fi cial El Peruano, previa opinión favorable de la Unidad de Planeamiento y Modernización de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (UPM);