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67 NORMAS LEGALES Viernes 5 de abril de 2024 El Peruano / Consejo Regional por los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes – COREDNNA de Lambayeque. Que, por otro lado, la Ley N° 26518 – Ley del Sistema Nacional de atención integral al Niño y Adolescente, modi fi cada por la Ley N° 26621, establece que la atención integral comprende el conjunto de acciones y demás dimensiones de la vida a fi n de lograr su incorporación plena y responsable a la sociedad y su realización individual; la citada norma comprende a los gobiernos regionales dentro del sistema y obliga a que ejecuten programas de atención íntegra. Que, el artículo IX del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes establece que “En toda medida concerniente al niño y adolescente que adopte el Estado a través de los Poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Público, los Gobiernos Regionales, los Gobierno Regionales, Gobiernos Locales y sus demás instituciones, así como, en la acción de la sociedad, se consideran el Principio de Interés Superior del Niño y del Adolescente y el respecto a sus derechos”. Que, el artículo 31° del referido código señala que “Los Gobiernos Regionales y Locales establecerán, dentro de sus respectivas jurisdicciones, entidades técnicas semejantes al Ente Rector del sistema, las que tendrán a su cargo la normatividad, los registros, la supervisión y la evaluación de las acciones que desarrollan las instancias ejecutivas. El MIMP coordina con dichas entidades técnicas regionales y locales el cumplimiento de sus funciones”. Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2021- MIMP, se aprueba la Política Nacional Multisectorial para Niñas, Niños y Adolescentes (PNMNNA) al 2030, como el instrumento marco de políticas públicas en temas de niñez y adolescencia que orientará la acción del Estado, de forma coordinada y articulada en el desarrollo de intervenciones que permitan revertir las situaciones que limitan el ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes del país, donde las entidades del Estado responsables de los objetivos prioritarios, lineamientos y proveedores de los servicios de la PNMNNA, están a cargo de la implementación y ejecución de la misma; para lo cual, coordina con el MIMP la implementación y cumplimiento de los 47 servicios identi fi cados y otras intervenciones que contribuyen al cumplimiento de los cinco objetivos priorizados de la PNMNNA. - Objetivo Prioritario N° 01: Mejorar las condiciones de vida saludable de las niñas, niños y adolescentes. - Objetivo Prioritario N° 02: Fortalecer el desarrollo de la autonomía de las niñas, niños y adolescentes. - Objetivo Prioritario N° 03: Disminuir el riesgo de desprotección de las niñas, niños y adolescentes. - Objetivo Prioritario N° 04: Fortalecer la participación de las niñas, niños y adolescentes en los distintos espacios de decisión de su vida diaria. - Objetivo Prioritario N° 05: Optimizar la gobernanza vinculada al ejercicio de derechos de las niñas, niños y adolescentes. Que, considerando que el Perú vive un dinámico proceso de descentralización, en las decisiones, recursos y gestión de las acciones de desarrollo para el crecimiento de este nivel de gobierno, Los actores relevantes de la sociedad civil y del sector privado en las diversas regiones del país, pueden liderar asuntos de infancia y adolescencia en sus respectivas circunscripciones, coordinando para ello con su gobierno regional y con el ente rector del sistema, lo cual ha de llevar la implementación de la PNMNNA, acordes a la realidad y situación especí fi ca de cada Región. Que, a través del Informe Técnico N° 024-2024, de fecha 09 de noviembre del 2023, la responsable de Niñez y Adolescencia de la Gerencia Regional de Programas Sociales ha concluido que existe la necesidad de la aprobación de una Ordenanza Regional que apruebe la creación del Consejo Regional de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes – COREDDNA de Lambayeque, como espacio de deliberación, concertación y articulación de esfuerzos en conjunto para velar y defender los derechos de las niñas, niños y adolescentes en el departamento de Lambayeque.Que, mediante Informe Legal N° 000099-2024-GR. LAMB/ORAJ [215127716-7], expedido por la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Lambayeque opina que es procedente la aprobación del proyecto de Ordenanza Regional titulado: “Prioridad Pública Regional la protección de Niñas y Adolescentes y aprueba la conformación del Consejo Regional por los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes – COREDNNA de Lambayeque”. Que, es así que mediante Dictamen de Comisión N° 001-2024-GR.LAMB/CPPATICI, la Comisión de Mujer, Juventudes, Derechos Humanos y Programas Sociales ha concluido que existe la necesidad de aprobar un proyecto de Ordenanza Regional para contribuir a la protección directa e indirecta de las niñas, niños y adolescentes, evitando en la medida de lo posible la violencia en todas sus formas, incluyendo la física, sexual, emocional, el abandono y la explotación, perpetradas por cuidadores, compañeros o extraños. En consecuencia, deberá aprobarse la ordenanza que declare “Prioridad Pública Regional la protección de Niñas y Adolescentes y aprueba la conformación del Consejo Regional por los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes – COREDNNA de Lambayeque”. Que, en ese sentido, el inc. a), del artículo 15 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como atribuciones del Consejo Regional el aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional de Lambayeque, concordante con los artículos 4, 7, 9 y 46 del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Acuerdo Regional N° 008-2016-GR.LAMB/CR, y su modi fi catoria con Ordenanza Regional N° 001-2019 GR.LAMB/CR. Que, en Sesión Ordinaria de fecha 07 de febrero del 2024 el Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque conforme a lo acordado y aprobado y de acuerdo a las atribuciones y facultades conferidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias y a su Reglamento Interno del Consejo Regional, ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA PRIORIDAD PÚBLICA REGIONAL LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN LA REGIÓN LAMBAYEQUE Y APRUEBA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO REGIONAL POR LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES – COREDNNA DE LAMBAYEQUE. Artículo Primero.- DECLARAR Prioridad Pública Regional la protección integral de niñas, niños y adolescentes en la región Lambayeque Artículo Segundo.- APROBAR la conformación del Consejo Regional por los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes – COREDNNA de Lambayeque, de naturaleza permanente, que tendrá por objetivo construir una instancia de articulación que promueva la formulación, implementación, monitoreo y evaluación de las políticas regionales de Lambayeque, garantizado de esta manera la protección integral a favor de niñas, niños y adolescentes, adscrita al Gobierno Regional Lambayeque. Artículo Tercero.- El Consejo Regional por los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes – COREDNNA de Lambayeque, estará integrado por un/ una representante de las siguientes instituciones: - Gobernador Regional del Gobierno Regional Lambayeque, quien lo preside. - Gerente Regional de Programas Sociales o su representante, quien asume la Secretaría Técnica. Consejero/a Delegado/a del Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque o su representante. - Jefe Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial o su representante. Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. - Representante de la Gerencia Regional de Educación. Representante de la Gerencia Regional de Salud.