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9 NORMAS LEGALES Viernes 2 de agosto de 2024 El Peruano / peruanos En el camino (1986), a cargo de Guillermo Niño de Guzmán, fue la única narradora elegida. Además, en el año 1991, su cuento Desde el exilio fue traducido en el volumen 19 de Latin American Literary Review Press, en el número Scents of Wood and Silence: Short Stories by Latin American Women Writers; Que, en el año 1993 se le otorga el Hellman Hammet Grant, un apoyo para escritores de todo el mundo. También, en 1998, participa del Encuentro Internacional de Escritoras, desarrollado en la ciudad de Rosario, Argentina, donde recibe un reconocimiento del concejo municipal por su participación. Asimismo, en el año 1999 fue narradora invitada en el Encuentro Iberoamericano de Mujeres Narradoras, realizado en la ciudad de Lima por el Instituto Nacional de Cultura; recientemente fue jurado califi cador de la VIII Bienal de Novela Premio Copé 2021, organizada por Petroperú; Que, es destacable su papel como fundadora y coordinadora de RELAT- Red de Escritoras Latinoamericanas (1998 - 2010) y presidenta del Directorio de Women’s WORLD (1994-2003), organización mundial con sede en Nueva York, Estados Unidos de América. La Red de Escritoras Latinoamericanas, RELAT, aspiraba a ser una red especí fi camente de escritoras latinoamericanas, relacionada a su vez con una organización mundial que posibilitaba un mayor impacto: Women’s World (Women for Rights, Literature and Development, organización que integra a escritoras de África, Asia, Europa, América Latina y del Norte; Que, estando a lo desarrollado, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura, en tal sentido, el análisis y las conclusiones de los informes citados constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con los vistos del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura y la Directiva N° 002-2016/ MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura a la señora MARIELLA TERESA SALA EGUREN por su amplia trayectoria intelectual y creadora en aporte a la Nación y al enriquecimiento de la literatura escrita por mujeres. Artículo 2.- Remitir copia de la resolución a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de esta resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/ cultura) el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2311667-1 Otorgan distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000266-2024-MC San Borja, 9 de julio del 2024VISTOS: el Proveído Nº 005125-2024-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; los Informes N° 000477-2024-DGIA-VMPCIC/MC y N° 000621-2024-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Memorando N° 000237-2024-DDC ANC/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Áncash; el Informe N° 000586-2024-OGAJ-SG/MC y la Hoja de Elevación N° 000330-2024-OGAJ-SG/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el literal d) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, prevén como función exclusiva de este ministerio, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos; Que, asimismo, conforme con el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el artículo 81 del ROF dispone que la Dirección del Libro y la Lectura es la unidad orgánica encargada de elaborar, proponer, promover y ejecutar planes, programas, acciones y normas dirigidos a la promoción y difusión del libro, al fomento de la lectura, al desarrollo de la industria editorial nacional y a la exportación del libro peruano; Que, las direcciones desconcentradas de cultura, en el marco de lo dispuesto en el artículo 96 del ROF, son los órganos desconcentrados encargados, dentro de su ámbito territorial, de actuar en representación y por delegación del Ministerio de Cultura, responsable de ejercer de manera desconcentrada las funciones ejecutivas relacionadas con las materias de patrimonio cultural, industrias culturales, artes, museos e interculturalidad; Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte signi fi cativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formaliza mediante resolución ministerial a ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano, conforme con lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva; Que, mediante el Memorando N° 000237-2024-DDC ANC/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Áncash propone otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura a la señora Violeta Ardiles Poma, quien cuenta con una reconocida trayectoria como narradora, poeta y maestra, además de contar, entre otros reconocimientos, con las Palmas Magisteriales, distinción otorgada por el Estado Peruano a través del Ministerio de Educación; Que, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes a través de los Informes N° 000477-2024-DGIA-VMPCIC/MC y N° 000621-2024-DGIA-VMPCIC/MC, con sustento en los Informes N° 000055-2024-DLL-DGIA-VMPCIC-MRG/MC y N° 000057-2024-DLL-DGIA-VMPCIC-AVC/MC de la Dirección del Libro y la Lectura, emite opinión favorable