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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (23/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Viernes 23 de agosto de 2024 El Peruano / b) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades - CMN y sus modi fi caciones. c) Aprobar las contrataciones directas establecidas en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1, del artículo 27 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado. d) Designar y/o remover a los integrantes titulares y suplentes de los comités de selección para el desarrollo de los procedimientos de selección, de acuerdo con lo establecido en la normativa de contrataciones vigente. e) Aprobar los expedientes de contratación, las bases y/o los documentos de los procedimientos de selección. f) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección, por causal debidamente motivada. g) Resolver los recursos de apelación interpuestos en procedimientos de selección, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como sus normas modi fi catorias. h) Aprobar la validez de las ofertas económicas en el supuesto que excedan el valor estimado o valor referencial, según sea el caso, de acuerdo a las normas de contrataciones del Estado vigentes en su oportunidad. i) Suscribir los contratos con los postores ganadores del otorgamiento de la buena pro de los procedimientos de selección de bienes, servicios, ejecución de obras, consultorías y supervisión de obras, incluidos los contratos complementarios, y sus modi fi caciones posteriores (por reducciones, ampliaciones, subcontrataciones, cesión de posición contractual y otras que correspondan) y los demás documentos que deriven de la ejecución contractual; así como la resolución de los mismos por las causales reguladas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. j) Autorizar las prestaciones de adicionales y reducciones de bienes y servicios, de acuerdo con lo establecido en la normativa de contrataciones vigente. k) Resolver los contratos derivados de procedimientos de selección, por caso fortuito o de fuerza mayor que imposibiliten de manera de fi nitiva la continuación del contrato, por incumplimiento de sus obligaciones conforme lo establecido en el reglamento o por hecho sobreviniente al perfeccionamiento del contrato que no sea imputable a alguna de las partes. l) Resolver solicitudes de ampliación de plazo en la ejecución contractual provenientes de los procedimientos de selección de bienes y servicios, así como los que se deriven de ellos en caso de declaratoria de desierto; incluyendo los resultantes de las contrataciones directas, de acuerdo con lo establecido en la normativa de contrataciones vigente. m) Autorizar la implementación de procesos de estandarización. n) Suscribir convenios para la realización de Compras Corporativas Facultativas para la contratación de bienes y servicios en general y para encargar a otra Entidad Pública las actuaciones preparatorias y/o los procedimientos de selección de bienes, servicios en general, consultorías y obras, así como aprobar el expediente de contratación y los documentos del procedimiento de selección en calidad de entidad encargante. o) Tramitar las comunicaciones sobre la presunta comisión de infracciones, actuaciones y otros actos vinculados a los procedimientos de selección, que tengan que realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE y el Tribunal de Contrataciones del Estado, de acuerdo con lo establecido en la normativa de contrataciones vigente. p) Cursar cualquier tipo de comunicación a los Contratistas para formular requerimientos, apercibimientos, resolver los contratos u órdenes de servicios derivados de procedimientos de selección o cualquier otra comunicación en nombre de la Entidad, conforme a la normativa vigente. 2.2. En materia administrativaa) Ejercer la representación legal de la entidad ante cualquier tipo de persona jurídica pública o privada, nacional o extranjera tales como entidades del sistema fi nanciero, aseguradoras, prestadoras de bienes y servicios y similares, autoridades y/o dependencias privadas y públicas. Incluye dicha representación para la tramitación y solicitud de permisos y/o licencias, suscribir todo tipo de contratos y adendas, iniciar y proseguir procedimientos administrativos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo; desistirse y participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación, queja contra los defectos de tramitación, solicitar la recti fi cación de errores, entre otras pretensiones administrativas en la jurisdicción de Lima Metropolitana. Las delegaciones otorgadas a la O fi cina General de Administración se ejercitan a excepción de las delegaciones especí fi cas otorgadas a la Unidad de Personal señaladas en el artículo 4 de la presente resolución. b) Realizar todo tipo de actos y trámites ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, tales como, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo; desistirse y participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación, queja contra los defectos de tramitación, solicitar la recti fi cación de errores, entre otras pretensiones administrativas. c) Realizar todo tipo de solicitudes, actos y trámites ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, destinados a inscribir, levantar observaciones, presentar apelaciones ante el Tribunal Registral, oponerse a la inscripción, o, en general, cualquier otro tipo de actuaciones destinadas al registro de derechos de titularidad, en el ámbito de sus competencias, sobre bienes muebles o inmuebles, incluyendo, la modi fi cación y recti fi cación de partidas registrales, entre otros actos que requieran de inscripción. d) Suscribir, modi fi car y resolver contratos de arrendamiento de los predios bajo la administración del Instituto Peruano del Deporte de Lima Metropolitana para eventos y actividades periódicas. e) Suscribir, modi fi car y resolver otro tipo de contratos de bienes y servicios incluyendo aquellos cuyos montos de contratación sean menores o iguales a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) o cualquier otro tipo de contrato con terceros. f) Designar los Comités Especiales para llevar a cabo los procedimientos de arrendamiento de espacios o infraestructura de predios administrados por el Instituto Peruano del Deporte o de su propiedad cuando se trate de oferta pública. g) Suscribir, modi fi car y resolver contratos de arrendamiento de recintos deportivos para eventos deportivos y no deportivos, ante la ausencia de los titulares o encargados de la Presidencia de los Consejos Regional/ es del Deporte, así como, suscribir sus prórrogas, resolución y toda la documentación relacionada con la gestión y/o administración de este tipo de contratos. 2.3. En materia fi nanciera y contable a) Designar a los titulares y suplentes responsables del manejo de cuentas bancarias del Instituto Peruano del Deporte, en el marco de la normativa vigente. b) Suscribir la documentación correspondiente a la información contable que deba ser presentada ante la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, de conformidad a lo dispuesto en la normativa vigente, que regula la elaboración y presentación de la información Financiera, Presupuestaria y Complementaria del primer trimestre, primer semestre y tercer trimestre de cada ejercicio. 2.4. En materia procesal Representar al Titular de la Entidad en las diligencias o actuaciones procedimentales donde sea requerida su participación por autoridad administrativa, policial, fi scal, jurisdiccional o arbitral competente en la jurisdicción de Lima Metropolitana, sin perjuicio de la representación procesal que le corresponde efectuar a la Procuraduría Pública en el ámbito de su competencia. 2.5. En materia de personal a) Emitir las resoluciones que dispongan las encargaturas o designaciones temporales, según sea el caso, de los Jefes de Unidad.