Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (30/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Viernes 30 de agosto de 2024 El Peruano / de Educación delega facultades y atribuciones a diversos funcionarios del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2024; Que, con la entrada en vigor de las modi fi caciones realizadas a la Ley Nº 30225, mediante el Decreto Legislativo 1444, y el Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, se advierte que en el numeral 34.10 del artículo 34 de la Ley Nº 30225, modi fi cado mediante Decreto Legislativo 1444, y el numeral 160.2 del artículo 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, no impide que el Titular de la Entidad, delegue la facultad de autorizar otras modi fi caciones contractuales incluyendo las modi fi caciones que impliquen el incremento del precio; Que, La Dirección Técnico Normativa del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado a través de la Opinión Nº 147-2019/DTN establece que: “En el marco de lo establecido por la normativa de contrataciones del Estado vigente –desde el 30 de enero de 2019-, el Titular de la Entidad puede delegar, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley, su facultad de aprobar otras modi fi caciones al contrato, incluso cuando estas impliquen incremento del precio, en atención a lo dispuesto en los numerales 34.10 del artículo 34 de la Ley y 160.2 del artículo 160 del Reglamento” ; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando en su artículo 79, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado; Que, mediante Informe Nº 00702-2024-MINEDU/SG- OGA-OL, la O fi cina de Logística de la O fi cina General de Administración, informa que durante la aplicación de las facultades y atribuciones delegadas mediante la Resolución Ministerial 004-2024-MINEDU, se han identi fi cado diversas oportunidades de mejora en relación con las facultades delegadas a favor de la O fi cina General de Administración, que permitirían optimizar la gestión administrativa y mejorar la e fi ciencia operativa, lo que podría contribuir signi fi cativamente al fortalecimiento de las funciones delegadas y a la mejora continua de los procesos internos de la Entidad; Que, mediante el O fi cio Nº 00532-2024-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación, considera legalmente viable la modi fi cación de los literales a) y v) del numeral 4.1 del artículo 4 y el artículo 13 de la Resolución Ministerial Nº 004-2024-MINEDU, que delega facultades y atribuciones en el/la jefe/a de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Educación, durante el año fi scal 2024; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modi fi catorias, Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car, a partir de la fecha, los literales a) y v) del numeral 4.1 del artículo 4, así como el artículo 13 de la Resolución Ministerial Nº 004-2024-MINEDU, la cual delega facultades y atribuciones en los diferentes funcionarios del Ministerio de Educación durante el Año Fiscal 2024, en los términos siguientes: “Artículo 4.- DELEGAR EN EL/LA JEFE/A DE LA OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, DURANTE EL AÑO FISCAL 2024, LAS SIGUIENTES FACULTADES Y ATRIBUCIONES : 4.1 En materia de Contrataciones del Estado respecto de las Unidades Ejecutoras: 024-Sede Central, 026-Programa de Educación Básica para Todos y 116-Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú: a) Aprobar y modi fi car el Cuadro Multianual de Necesidades (CMN) en el marco de lo dispuesto en la Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01, Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0014-2021- EF/54.01, modi fi cada mediante la Resolución Directoral Nº 0005-2022-EF/54.01 y Resolución Directoral Nº 0003- 2023-EF/54.01. (…)v) Aprobar otras modi fi caciones a los contratos suscritos cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, en los supuestos previstos en el artículo 160 del Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, incluso cuando estas impliquen el incremento del precio. Artículo 13.- Delegar en los jefes de las O fi cinas de Administración, o los que hagan sus veces, de las Unidades Ejecutoras que forman parte del Pliego 010: M. de Educación, durante el Año Fiscal 2024, la facultad de reconocer adeudos del presente ejercicio, ejercicios presupuestales anteriores y créditos devengados, respecto de las obligaciones que les correspondan, sin intereses, en concordancia con la normativa vigente, incluyendo la acción por enriquecimiento sin causa, así como resolver los recursos administrativos de reconsideración interpuestos contra dichos actos. (…)” Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación 2320302-1 Aprueban la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan el registro de certificados, grados y títulos emitidos por los Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica y Tecnológica” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 094-2024- MINEDU Lima, 28 de agosto de 2024 VISTOS, el Expediente Nº DIGEST2024- INT-0123140, el Informe Nº 00010-2024-MINEDU/VMGP- DIGESUTPA-DIGEST, complementado con el Informe Nº 00048-2024-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DIGEST elaborados por la Dirección de Gestión de Instituciones de Educación Técnico - Productiva y Superior Tecnológica y Artística y la Dirección de Formación Inicial Docente, el Informe N° 01562-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto; el Informe Nº 01052-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, señala que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;