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20 NORMAS LEGALES Viernes 30 de agosto de 2024 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores RODRIGO EDUARDO CARRILLO CASTILLO y JUAN FRANCISCO ALLCCA ALVAREZ, servidores de la División de Gas Natural de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 2 al 6 de setiembre de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes (US$) Incluye TUUAViáticos por día (US$)Número de díasTotal Viáticos (US$) RODRIGO EDUARDO CARRILLO CASTILLO750.00 370.00 3+1 1 480.00 JUAN FRANCISCO ALLCCA ALVAREZ750.00 370.00 3+1 1 480.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas cuyo viaje se autoriza deben presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4 .- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2320241-1 Modifican la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 0013-2021-PCM/SGSD, mediante la cual se conformó la Mesa Técnica denominada “Comité de seguimiento para el cumplimiento de compromisos impulsando el desarrollo de las actividades y proyectos que se encuentran en la matriz de acción desarrollada de manera consensuada, para abordar la problemática socio ambiental de la Cuenca del río Coata” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN SOCIAL Y DIÁLOGO Nº 005-2024-PCM/ SGSD Lima , 27 de agosto de 2024 VISTOS: El Informe Nº D000238-2024-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, coordina las relaciones con los demás poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil;Que, el artículo 104 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM, señala que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de las materias de prevención, gestión del diálogo territorial y solución de los con fl ictos sociales en el territorio nacional; Que, los literales h) y l) del artículo 105 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM, establecen como función de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, formalizar mediante Resolución de Secretaría la conformación de mesas de diálogo y/o grupos de trabajo que se acuerden en el marco de espacios de diálogo, en coordinación con los sectores y actores en el territorio, según corresponda y expedir resoluciones en materia de su competencia, respectivamente; Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 0013-2021-PCM/SGSD, se conforma la Mesa Técnica denominada “Comité de seguimiento para el cumplimiento de compromisos impulsando el desarrollo de las actividades y proyectos que se encuentran en la matriz de acción desarrollada de manera consensuada, para abordar la problemática socio ambiental de la Cuenca del río Coata”; Que, el artículo 9 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social Nº 0013-2021-PCM/SGSD, modi fi cada por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 009-2022-PCM/SGSD, Nº 015-2022-PCM/SGSD, Nº 003-2023-PCM/SGSD y Nº 012-2023-PCM/SGSD, dispone que la mencionada Mesa Técnica tiene vigencia hasta el 30 de agosto del 2024; Que, mediante el Informe Nº D000238-2024-PCM- SSGD la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros señala que, se encuentran pendiente de cumplimiento, entre otros acuerdos y/o compromisos, siete (7) compromisos de tipo Proyectos de Inversión Pública, relacionados a proyectos de saneamiento básico de la cuenca del río Coata; de los cuales dos (02) se encuentran en plena ejecución de obra, tres (3) cuentan con aprobación técnica del sector competente y pendiente de fi nanciamiento, y, dos (2) en etapa de levantamiento de observaciones de los estudios defi nitivos de ingeniería, debido a la complejidad y alcance; por lo que, persiste la necesidad de continuar con las acciones de coordinación y gestión con las entidades públicas correspondientes el cumplimiento de los mencionados compromisos; Que, la referida Subsecretaría sustenta la necesidad de modi fi car el artículo 9 de la Resolución de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 0013-2021-PCM/SGSD, modi fi cada por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 009-2022-PCM/SGSD, Nº 015-2022- PCM/SGSD, Nº 003-2023-PCM/SGSD y Nº 012-2023- PCM/SGSD, a fi n de ampliar el periodo de vigencia de la mesa técnica hasta el 30 de agosto de 2025, a efecto que se cumpla con su objeto de creación; agrega la Subsecretaría que se cuenta con el consentimiento de las entidades que la integran; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 9 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 0013- 2021-PCM/SGSD, modi fi cado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 009-2022-PCM/SGSD, Nº 015-2022-PCM/SGSD, Nº 003-2023-PCM/SGSD y Nº 012-2023-PCM/SGSD Modifíquese el artículo 9 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 0013-2021-PCM/SGSD, modi fi cado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 009-2022-PCM/SGSD, Nº 015-2022-