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31 NORMAS LEGALES Viernes 30 de agosto de 2024 El Peruano / - y el Estado de Minas Gerais a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento de Minas Gerais - SEAPA, en el mes de septiembre de 2022, el cual tiene como objeto fortalecer las relaciones bilaterales y establecer áreas de mutua colaboración, en pro del desarrollo sustentable de las actividades agropecuarias y de bienestar socio económico de las comunidades rurales, bene fi ciando a los pequeños productores de la agricultura familiar del país; Que, de conformidad con lo señalado en el correo electrónico de fecha 27 de agosto de 2024, la Secretaría de Estado de Industria, Ciencia y Tecnología de Acre se hará cargo del traslado del solicitante, Ingeniero Luis Armado Llanos Cabanillas, de la ciudad de Puerto Maldonado en el Perú a Rio Branco, Estado de Acre, República Federativa de Brasil, y viceversa; asimismo, se hará cargo de la movilidad local durante sus días de permanencia en el Estado de Acre; y, los gastos por concepto de viáticos que se generen por su participación en el referido evento, serán asumidos con cargo al presupuesto institucional de AGROMERCADO, según lo indicado en la Certi fi cación de Crédito Presupuestario contenida en la Nota N° 000000592, que se acompañan al expediente; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se autorizan conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores públicos y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807, regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público; Que, los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, establecen que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público, se otorga por resolución ministerial del respectivo Sector; siendo que la resolución de autorización debe sustentarse en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo de viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros; Que, el artículo 4 del acotado Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, señala que las resoluciones de autorización de viaje que irroguen gastos al Tesoro Público deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, mediante Informe N° 1047-2024-MIDAGRI- SG/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mani fi esta que se ha cumplido con la normativa en materia de autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, emitiendo, en consecuencia, opinión favorable respecto a la expedición del acto resolutivo de autorización del viaje en comisión de servicios solicitado por el Jefe de AGROMERCADO para participar en la 49° Exposición Agropecuaria de Acre - EXPOACRE, a realizarse en la ciudad de Acre, República Federativa de Brasil, del 01 al 03 de septiembre de 2024; Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, es necesario autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Luis Armando Llanos Cabanillas, Jefe de AGROMERCADO, a la ciudad de Acre, República Federativa de Brasil, del 01 al 03 de septiembre de 2024, conforme se señala en el Anexo 5 - Formato de Información del Servidor Civil para Viaje al Exterior - de La Directiva; Con las visaciones del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y la Resolución de Secretaría General N° 0076-2019-MINAGRI-SG, que aprueba la Directiva N° 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización del viaje, otorgamiento y el control de pasajes, viáticos, y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Luis Armando Llanos Cabanillas, Jefe de AGROMERCADO, a la ciudad de Acre, República Federativa de Brasil, del 01 al 03 de septiembre de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los viáticos que demande el viaje que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, son cubiertos con cargo a los recursos del Presupuesto de AGROMERCADO, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y apellidosViáticos por día USDNúmero de díasTotal Viáticos USD Luis Armando Llanos Cabanillas370.00 3 1,110.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el servidor autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debe presentar un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2320295-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Encargan a Viceministra de Políticas y Evaluación Social las funciones de Presidenta Ejecutiva del Organismo de Focalización e Información Social (OFIS) RESOLUCIÓN SUPREMA N° 002-2024- MIDIS Lima, 29 de agosto de 2024