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28 NORMAS LEGALES Viernes 30 de agosto de 2024 El Peruano / Que, conforme a lo señalado en el Informe Legal Nº 094-2024, el O fi cial Subalterno comisionado deberá realizar coordinaciones y actividades previas a su embarque, tanto para ingresar al puerto, como las coordinaciones necesarias para poder embarcarse en el citado crucero, teniendo en cuenta además, que ante una navegación de tal magnitud podrían existir retrasos en los itinerarios por las condiciones climáticas, que no se pueden conocer con la debida anticipación; asimismo al término del embarque y teniendo en consideración las diferentes condiciones que se pudieran presentar en la navegación no se podría establecer en forma exacta la hora de arribo a puerto, razón por la cual se deberá otorgar dos (2) días de viáticos para poder solventar los gastos que se generen, debiendo considerar un (1) día previo al embarque y un (1) día posterior a su desembarque, cuyos gastos serian por conceptos de alimentación, alojamiento y transporte interno; Que, por medio de la Hoja de Gastos Nº 151-2024 suscrita por el Jefe de la División de Pasaportes, Visas y Viáticos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por la O fi cina General de Administración de dicha Institución Armada, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002- 2004-DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 172-2024 el Jefe de la O fi cina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; asimismo, con las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000009 y Nº 0000000101, emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con O fi cios Nº 6387/51 y Nº 6984/51 la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval que participará en la pasantía del Crucero de Entrenamiento a Ultramar de la Escuadra de Entrenamiento de la Fuerza Marítima de Autodefensa del Japón 2024, durante el tramo seis (6), que comprende desde la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte hasta la ciudad de Norfolk, Estados Unidos de América, del 5 al 22 de setiembre de 2024, así como autorizar su salida del país el 3 de setiembre y su retorno el 23 de setiembre de 2024, adjuntando información complementaria relacionada al presente viaje al exterior; Que, a través del O fi cio Nº 02344-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 029-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal Nº 01463-2024-MINDEF/SG-OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Alférez de Fragata Sebastián LÓPEZ CORAL, identi fi cado con CIP Nº 00121782 y DNI Nº 75442164, para que participe en la pasantía del Crucero de Entrenamiento a Ultramar de la Escuadra de Entrenamiento de la Fuerza Marítima de Autodefensa del Japón 2024, durante el tramo seis (6), que comprende desde la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte hasta la ciudad de Norfolk, Estados Unidos de América, del 5 al 22 de setiembre de 2024, así como autorizar su salida del país el 3 de setiembre y su retorno el 23 de setiembre de 2024. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima - Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) / Norfolk (Estados Unidos de América) – Lima Clase económicaUS$ 3,710.00 x 1 persona (Incluye importe TUUA) US$ 3,710.00 Viáticos: US$ 540.00 x 1 persona x 1 día US$ 540.00 Viáticos: US$ 440.00 x 1 persona x 1 día US$ 440.00 Total a pagar: US$ 4,690.00 Artículo 3.- Los gastos que se originen a bordo del Crucero de Entrenamiento a Ultramar de la Escuadra de Entrenamiento de la Fuerza Marítima de Autodefensa del Japón 2024 serán asumidos por la Fuerza Marítima de Autodefensa del Japón, mientras que los gastos que se produzcan de manera previa al embarque y posterior al desembarque, serán asumidos por la Marina de Guerra del Perú. Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El O fi cial Subalterno comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2320238-1