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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (12/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Jueves 12 de diciembre de 2024 El Peruano / la materia de salud. La rectoría en materia de salud dentro del sector la ejerce el Ministerio de Salud por cuenta propia o, por delegación expresa, a través de sus organismos públicos adscritos y, dentro del marco y los límites establecidos en dicha ley, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las normas sustantivas que regulan la actividad sectorial y, las normas que rigen el proceso de descentralización; Que, así mismo, los literales b) y h) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, modifi cado por el Decreto Legislativo N° 1504, establece que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; igualmente, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fi scalización, sanción y ejecución coactiva en las materias de su competencia; Que, el artículo 109 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, establece que la Dirección General de Operaciones en Salud es el órgano de línea dependiente del despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, responsable de proponer normatividad para gestionar el monitoreo y evaluación de la Gestión Administrativa desarrollada en las IPRESS y UGIPRESS públicas a nivel nacional, mediante indicadores de desempeño u otros mecanismos de medición; así como efectuar acciones de monitoreo y evaluación de la infraestructura, equipamiento y mantenimiento en los establecimientos de salud a nivel nacional, proponiendo las acciones de mejora, a fi n de brindar servicios de calidad a los ciudadanos. Asimismo, es el órgano técnico encargado de proponer normatividad en materia de infraestructura, equipamiento y mantenimiento a nivel nacional; realiza el desarrollo de sus funciones en coordinación con los Gobiernos Regionales; y dirige y supervisa las funciones que desarrollan los órganos desconcentrados: Direcciones de Gestión de Redes integradas de Salud de Lima Norte, Lima Centro, Lima Este y Lima Sur; así como de los Hospitales e institutos Nacionales Especializados en la jurisdicción de Lima Metropolitana; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 862-2015/ MINSA, se aprobó la Norma Técnica de Salud NTS N° 119-MINSA/DGIEM-V.01 “Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud del Tercer Nivel de Atención”, con el objetivo de determinar el marco técnico normativo de infraestructura y equipamiento de los establecimientos de salud del tercer nivel de atención; Que, la Dirección General de Operaciones en Salud, a través de la Dirección de Equipamiento y Mantenimiento, en el marco de sus funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de salud, ha elaborado y presentado el proyecto de modifi cación de los numerales: IV. Base Legal; 5.1 Defi niciones Operativas, del numeral V. Disposiciones Generales y, 6.1 Del Terreno, del numeral VI. Disposiciones Específi cas; de la Norma Técnica de Salud NTS N° 119-MINSA/DGIEM-V.01, “Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud del Tercer Nivel de Atención”, con el fi n de contribuir con la adecuada selección de un terreno, y que éste cuente con las condiciones apropiadas, en los aspectos físicos, técnicos ambientales y legales, que aseguren las condiciones de seguridad, habitabilidad y funcionalidad de la infraestructura del futuro establecimiento de salud, a fi n de brindar un servicio de calidad a la población; Con el visado de la Dirección General de Operaciones en Salud, de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, de la Ofi cina General de Planeamiento Presupuesto y Modernización, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modifi cado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modifi cado mediante los Decretos Supremos N° 011-2017-SA y N° 032-2017-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la modifi cación de los numerales: IV. Base Legal; 5.1 Defi niciones Operativas del numeral V. Disposiciones Generales; y, 6.1 Del Terreno, del numeral VI. Disposiciones Específi cas; de la Norma Técnica de Salud NTS N° 119-MINSA/DGIEM-V.01 “Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud del Tercer Nivel de Atención”, aprobada con Resolución Ministerial N° 862-2015/MINSA; de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Operaciones en Salud, a través de la Dirección de Equipamiento y Mantenimiento, la difusión hasta el nivel regional, así como, la asistencia técnica y supervisión del cumplimiento de las modifi catorias aprobadas por la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Encargar a la Ofi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su anexo en la sede digital del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2352976-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1243-2024-MTC/20 Lima, 20 de noviembre de 2024VISTO: El Memorándum N° 831-2024-MTC/20, de 20 de noviembre de 2024 de la Dirección Ejecutiva y el Informe N° 266-2024-MTC/20.5, de 20 de noviembre de 2024 de la Ofi cina de Recursos Humanos del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 033-2002- MTC publicado el 12 de julio de 2002, modifi cado por los Decretos Supremos N° 021-2018-MTC y 014-2019- MTC, se creó el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL, encargado de las actividades de preparación, gestión, administración y ejecución de proyectos de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional no concesionada, así como de la planifi cación, gestión y control de actividades y recursos económicos que se emplean para el mantenimiento y seguridad de las carreteras y puentes de la Red Vial Nacional no concesionada; Que, a través de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 098- 2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba la califi cación