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60 NORMAS LEGALES Jueves 19 de diciembre de 2024 El Peruano / Atención al Usuario del Ositrán realizar la convocatoria de la audiencia pública para que el Regulador exponga la referida Propuesta Tarifaria, de conformidad con los artículos 23, 24 y 25 del RETA; Que, el 07 de noviembre de 2024 se llevó a cabo la presentación de la Propuesta Tarifaria del Regulador ante el Consejo de Usuarios de Puertos de alcance nacional, durante la Sesión ordinaria N°86, en la sede institucional del Ositrán; Que, el 12 de noviembre de 2024, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de Presidencia N°0065- 2024-PD-OSITRAN y el artículo 25 del RETA, se llevó a cabo la Audiencia Pública; Que, entre el 18 de octubre de 2024 y el 19 de noviembre de 2024 se recibieron comentarios por parte de los interesados; Que, mediante el Memorando Nº260-2024-GRE- OSITRAN, de fecha 12 de diciembre de 2024, la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos remitió a la Gerencia General el Informe “Revisión tarifaria de ofi cio del Factor de Productividad en el Terminal Portuario General San Martín - Pisco, para el periodo 2025-2030”, que incluye la matriz de comentarios presentados por los interesados a la propuesta de revisión tarifaria, elaborados por dicha Gerencia con la participación de la Gerencia de Asesoría Jurídica del Ositrán en lo relativo a la evaluación de los aspectos jurídicos relacionados al procedimiento tarifario; así como el proyecto de resolución tarifaria correspondiente y su exposición de motivos. Ello, con la fi nalidad que se remita a la Presidencia Ejecutiva, pues, como se indica en el referido informe, se confi gura una situación de emergencia que debe ser sometida a su consideración en aplicación del artículo 9 del ROF; Que, mediante proveído de fecha 17 de diciembre de 2024, la Presidencia Ejecutiva solicitó que se proceda conforme a lo establecido en el artículo 26 del RETA, respecto a la propuesta de respuesta a los comentarios recibidos con relación a los índices de precios que se propone emplear para estimar el precio y la cantidad de capital contenido en el Informe “Revisión tarifaria de ofi cio del Factor de Productividad en el Terminal Portuario General San Martín - Pisco, 2025-2030”, elaborado por la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos, con el apoyo de la Gerencia de Asesoría Jurídica del Ositrán. Ello, por considerar que se confi gura un cambio de criterio respecto de aquel empleado en la Propuesta Tarifaria del Regulador publicada en virtud de la Resolución de Presidencia N°0065-2024-PD-OSITRAN; Que, el artículo 26 del RETA establece que, en caso el Ositrán considere necesario realizar una modifi cación en los criterios, metodologías o modelos económicos utilizados para sustentar su propuesta tarifaria, debe publicar en el Diario Ofi cial “El Peruano” la materia de dicho cambio y convocar a una nueva audiencia pública dentro de los diez (10) días de efectuada la referida publicación. Asimismo, establece que el Ositrán otorgará un plazo no menor de diez (10) días contados desde la fecha en que se realice la publicación indicada en el párrafo anterior, a fi n de que los interesados remitan sus comentarios escritos respecto a la citada modifi cación; Que, en atención a lo dispuesto por la Presidencia Ejecutiva, mediante Informe Conjunto N° 00205-2024-IC- OSITRAN la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos y la Gerencia de Asesoría Jurídica, remitieron a la Gerencia General un Anexo Metodológico relativo a los índices de precios que se propone utilizar para estimar el precio y la cantidad de capital en el marco de la revisión tarifaria de los servicios regulados que se brindan en el Terminal Portuario General San Martín - Pisco, a fi n de que, en aplicación del artículo 26 del RETA, se disponga su respectiva publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, la recepción de comentarios por parte de los interesados, y el desarrollo de la correspondiente audiencia pública; Que, luego de la evaluación respectiva, la Presidencia Ejecutiva del Ositrán manifi esta su conformidad con los fundamentos y conclusiones del Informe Conjunto y el Anexo Metodológico de vistos, constituyéndolos como parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS y sus modifi catorias; Por lo expuesto, y en virtud de las funciones previstas en el REGO, estando a lo establecido en la Resolución de Presidencia N°0048-2023-PD-OSITRAN; y el numeral 10 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ositrán, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2015-PCM y sus modifi catorias; y sobre la base del Informe “Revisión tarifaria de ofi cio del Factor de Productividad en el Terminal Portuario General San Martín - Pisco, 2025-2030”; SE RESUELVE: Artículo 1º.- En aplicación del artículo 26 del RETA, disponer la publicación del Informe Conjunto N° 00205-2024-IC-OSITRAN y su Anexo Metodológico relativo a los índices de precios que se propone utilizar para estimar el precio y la cantidad de capital, en el marco de la revisión tarifaria de ofi cio del Factor de Productividad en el Terminal Portuario General San Martín - Pisco para el periodo 2025-2030, en el portal institucional del Ositrán ubicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe/ositran). Asimismo, disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 2°.- Encargar a la Gerencia de Atención al Usuario la organización de la Audiencia Pública a realizarse en un plazo no menor de cinco (05) ni mayor de diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación señalada en el artículo 1 de la presente resolución; asimismo, encargar a dicha Gerencia realizar la convocatoria de la Audiencia Pública de conformidad con lo establecido en el artículo 26 del RETA, precisando el lugar, la fecha y la hora en que se llevará a cabo la mencionada audiencia. Artículo 3°.- Otorgar un plazo de diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente de efectuada la publicación a que se refi ere el artículo 1, para que los interesados remitan por escrito sus comentarios sobre el Anexo Metodológico al Ositrán, en su sede ubicada en Calle Los Negocios N° 182, Surquillo, Lima; a través de la Mesa de Partes Virtual del Ositrán (Sede Digital https:// ositran.administracionelectronica.net/SedeDigital/); o, por correo electrónico a info@ositran.gob.pe; los cuales serán acopiados procesados y analizados por la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos y la Gerencia de Asesoría Jurídica. Artículo 4º.- Notifi car la presente resolución; el Informe Conjunto N° 00205-2024-IC-OSITRAN y su Anexo Metodológico a la empresa Terminal Portuario Paracas S.A., al Ministerio de Transportes y Comunicaciones y a la Autoridad Portuaria Nacional. Artículo 5º.- Dar cuenta de la presente resolución al Consejo Directivo, en su siguiente sesión. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAMBRANO COPELLO Presidente del Consejo DirectivoPresidencia Ejecutiva 2355294-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Aprueban modificación del Instructivo Técnico para el cumplimiento de las Normas Complementarias para la Implementación del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad, aprobado por Resolución Nº 007-2020-CD/OSIPTEL RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 00437-2024-GG/ OSIPTEL Lima, 16 de diciembre de 2024