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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (21/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 117

117 NORMAS LEGALES Sábado 21 de diciembre de 2024 El Peruano / ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE SANTA ANITA 2024 – 2027 ACTUALIZADO (PADSC SA 2024 – 2027 ACTUALIZADO) Artículo 1°.- APROBAR el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de Santa Anita 2024 – 2027 - Actualizado (PADSC SA 2024 – 2027 - Actualizado), aprobado por el CORESEC – LM y validado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Santa Anita (CODISEC - SA), el mismo que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2°.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización, Secretaría Técnica del CODISEC – SA, O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, el cumplimiento y monitoreo de la presente Ordenanza. Artículo 3°.- DISPONER a la O fi cina General de Secretaria la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación, la publicación del íntegro de la Ordenanza y Anexo mencionado en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Anita (www.munisantanita.gob.pe) y a la O fi cina de Relaciones Públicas e Imagen Institucional, la difusión correspondiente. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OLIMPIO ALEGRIA CALDERON Alcalde 2355507-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Establecen la conformación del Consejo Local de Fomento Artesanal del Callao (COLOFAR - CALLAO) para el periodo 2024-2025 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 023-2024-ALC/MPC Callao, 12 de diciembre de 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO:El informe N° 593-2024-MPC/GDH-SGCT de la Subgerencia de Cultura y Turismo, el Informe N° 104- 2024-MPC/GDH de la Gerencia de Desarrollo Humano, el Proveído N° 9290 de la Gerencia Municipal, el Informe N° 355-2024-MPC/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 2589-2024-MPC/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;Que, mediante la Ley N° 29073, se aprueba la Ley del artesano y del desarrollo de la actividad artesanal; la cual establece, en su artículo 9, que el Estado tiene el rol de promover el desarrollo de la actividad artesanal, a través de los diversos sectores y niveles de gobierno; Que, el artículo 12 numeral 4 de la precitada Ley, establece que las municipalidades provinciales y distritales contarán con un Consejo Local de Fomento Artesanal como órgano de coordinación entre el sector público y privado. La composición y funciones son establecidas por norma local; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 016-2024/ MPC de fecha 20 de junio de 2024, se aprueba la creación y el Reglamento del Consejo Local de Fomento Artesanal del Callao (COLOFAR - CALLAO); estableciéndose en el artículo cuarto de dicho Reglamento, que el COLOFAR, estará conformado por siete (7) miembros y que el Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao, mediante Decreto de Alcaldía, dictará las disposiciones complementarias para la adecuación y aplicación de la conformación del COLOFAR - CALLAO, de ser necesarias; Que, mediante Informe N° 593-2024-MPC/GDH- SGCT de fecha 11 de noviembre de 2024, la Subgerencia de Cultura y Turismo mani fi esta que existe la necesidad de conformar el COLOFAR- CALLAO, reconociendo como miembros a las personas elegidas por las diferentes instituciones que la conforman; con la fi nalidad de impulsar el desarrollo económico, mejorar las condiciones de vida de los artesanos locales y preservar la riqueza cultural de la zona a través del apoyo de la actividad artesanal; Que, mediante Informe N° 104-2024-MPC/GDH de fecha 13 de noviembre de 2024, la Gerencia de Desarrollo Humano hace suyo el Informe N° 593-2024-MPC/GDH-SGCT elaborado por la Subgerencia de Cultura y Turismo, a través del cual recomienda la Conformación del COLOFAR y el nombramiento de sus miembros; Que, mediante Proveído N° 9290-2024-MPC/GM de fecha 13 de noviembre de 2024, Gerencia Municipal remite los actuados a la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a fi n que se sirva emitir opinión legal; Que, mediante Informe N° 004-2024-MPC/OGAJ de fecha 27 de noviembre de 2024, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto a la conformación del Consejo Local de Fomento Artesanal del Callao (COLOFAR - CALLAO); Que, mediante Memorándum N° 1538-2024-MPC/GM de 28 de noviembre de 2024, la Gerencia Municipal remite los documentos a la Secretaría General del Concejo Municipal, a fi n de proseguir con el trámite administrativo correspondiente; Estando a lo expuesto, en ejercicio de la atribución establecida en el artículo 20 inciso 6 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y con el visado de la Gerencia Municipal, la O fi cina General de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Desarrollo Humano; RESUELVE: Artículo 1.- ESTABLECER LA CONFORMACIÓN del Consejo Local de Fomento Artesanal del Callao (COLOFAR - CALLAO) para el periodo 2024-2025, el cual queda integrado por: 1. El Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao o, en su representación, el Gerente de Desarrollo Humano de la Municipalidad Provincial del Callao. 2. Como representante de las Instituciones educativas de nivel superior: Sr. Braulio Antonio Castillo Canales, identi fi cado con DNI N° 47011880. 3. El Subgerente de Cultura y Turismo de la Municipalidad Provincial del Callao. 4. Como representante de los Organismo no Gubernamentales relacionados a la Actividad Artesanal dentro del distrito del Callao: Sra. Ynes Pilar Franco Ochoa, identi fi cada con DNI° 08645363. 5. Como Representante de los Artesanos de la Provincial Constitucional del Callao: Sra. Dina Matta Marín, identi fi cada con DNI°25508905 6. Como Representante de los Artesanos de la Provincial Constitucional del Callao: Sr. Enrique Ramírez Ganoza, identi fi cado con DNI° 25674465.