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101 NORMAS LEGALES Sábado 21 de diciembre de 2024 El Peruano / Judicial creó progresivamente, entre otros, los Módulos para la sanción penal de los delitos asociados a la violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar en las Cortes Superiores de Justicia de Lima Este, Ancash, Arequipa, Cusco y Junín, con sus correspondientes juzgados penales especializados. Tercero. Que, a través de las Resoluciones Administrativas Nros. 172-2020-CE-PJ, 182-2020-CE- PJ, 109-2021-CE-PJ y 102-2023-CE-PJ, este Órgano de Gobierno aprobó la conformación de Juzgados Penales Colegiados especializados en los delitos asociados a la violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar, en las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa (2), Cusco (2), Junín (1) y Lima Este (1); por cuanto los delitos de competencia material del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, en su mayoría requieren penas privativas de libertad igual o mayor a 6 años, lo cual exige la necesidad de contar con dichos juzgados, para atender la demanda de los juzgados penales subespecializados. Cuarto. Que, por el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 255-2018-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso comunicar a los presidentes y presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país, que la redistribución y/o remisión de expedientes entre órganos jurisdiccionales permanentes y/o transitorios, es una facultad exclusiva del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, derivada de la función y atribución establecida en el inciso 26) del artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Quinto. Que, mediante Resolución Administrativa N° 460-2023-CE-PJ, este Órgano de Gobierno dispuso la creación, entre otros, a partir del 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2023, de Juzgados Penales Colegiados Transitorios para el apoyo en la descarga en los Distritos Judiciales de Arequipa (2), Cusco (2), Junín (1) y Lima Este (1); los cuales fueron prorrogados en el trascurso del tiempo 1, siendo la última hasta el 31 de diciembre de 2024. Sexto. Que, por otro lado, a través de la Resolución Administrativa N° 000310-2024-CE-PJ, El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la creación del 1º y 2º Juzgados de Investigación Preparatoria Transitorios subespecializados en delitos asociados a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar del distrito de Independencia, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, a partir del 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2024; con la misma competencia territorial de sus homólogos 16º, 17º y 18º Juzgados de Investigación Preparatoria subespecializados en delitos asociados a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, para que tramiten con turno cerrado los procesos de esta subespecialidad. Sétimo. Que, conforme al Informe N° 000047-2024-RT- PPOR1002-P-PJ, elaborado por el Responsable Técnico (e) del Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002), al mes de octubre de 2024, los Juzgados Penales Colegiados Conformados - VCMEIGF de las Cortes Superiores de Justicia de Cusco y Lima Este, cuentan en promedio con una carga pendiente superior a 500 expedientes; de Arequipa y Junín próximos a los 300 expedientes; evidenciando una situación de sobrecarga procesal en dichos juzgados. Los Juzgados Penales Colegiados Transitorios - VCMEIGF de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa y Cusco, resolvieron en el mismo periodo un promedio de 174 y 302 expedientes, respectivamente; y los de Junín y Lima Este resolvieron 192 y 164 expedientes, respectivamente; lo que evidencia la importancia de la labor de descarga procesal de los referidos órganos jurisdiccionales transitorios. Asimismo, los Juzgados Penales Colegiados Transitorios - VCMEIGF de la Corte Superior de Justicia de Cusco cuentan en promedio con una carga procesal pendiente de aproximadamente 250 expedientes cada uno. Octavo. Que, al mes de octubre 2024, el 16°, 17°, 18° Juzgados de Investigación Preparatoria subespecializados en delitos asociados a la VCMEIGF del distrito de Independencia, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, cuentan con una carga procesal promedio de aproximadamente 1000 expedientes, lo que evidencia un estado de sobrecarga procesal. Asimismo, el 1º y 2º Juzgados de Investigación Preparatoria Transitorio subespecializados en delitos asociados a la VCMEIGF, del mismo distrito y Corte Superior, registraron a dicho mes 17 expedientes resueltos. Noveno. Que, la Administración del Módulo Penal para la sanción de delitos asociados a la VCMEIGF de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, señala que para tramitar un proceso penal común se debe considerar que la duración del plazo entre la etapa de la investigación preparatoria y la etapa intermedia, en casos simples, sin considerar los casos complejos (acusación), es de aproximadamente ocho meses. Asimismo, señala que los juzgados penales de investigación preparatoria transitorios durante los meses de octubre a noviembre han contribuido al avance de las diligencias de pruebas anticipadas de Cámara Gesell, por lo que solicita se les aperture el turno ordinario y el extraordinario, para un efectivo apoyo en la descarga procesal. Décimo. Que, mediante O fi cio N° 000458-2024-SPP- GG-PJ, la Subgerencia de Planes y Presupuesto de la Gerencia General del Poder Judicial, señala que el presupuesto asignado para el Año Fiscal 2025, es de S/ 24 790 059 para el pago de planillas de magistrados; y de S/ 59 221 021,00 para el pago de planillas al personal del régimen laboral CAS. De la revisión de los gastos históricos en la partida de gasto “21. Personal y obligaciones sociales”, por parte del Responsable Presupuestal de Gestión del PPoR 1002, se evidencia que anualmente no se llega a ejecutar la totalidad del presupuesto asignado; circunstancia que se repite año tras año. En razón a ello, se colige que en el 2025, se tendrían saldos presupuestales de hasta S/ 2 652 530,00; monto con el cual es viable fi nanciar la planilla de los 20 magistrados y magistradas de los órganos jurisdiccionales transitorios citados, por el periodo de enero a marzo del año 2025. Décimo Primero. Que, estando a lo expuesto precedentemente, y considerando que este poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, más aún si se trata de prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar; resulta necesario emitir las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Décimo Segundo. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1747- 2024 de la cuadragésima cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 18 de diciembre de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra y Cáceres Valencia, sin la intervención del señor Zavaleta Grández por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de enero de 2025, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales penales transitorios para el apoyo en la descarga correspondiente, de acuerdo al siguiente detalle: HASTA EL 31 DE MARZO DE 2025 Corte Superior de Justicia de Arequipa• 1° Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Arequipa.