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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (21/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 102

102 NORMAS LEGALES Sábado 21 de diciembre de 2024 El Peruano / • 2° Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Arequipa. Corte Superior de Justicia de Cusco • 1° Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Cusco. • 2° Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer Integrantes del Grupo Familiar de Cusco. Corte Superior de Justicia de Junín • Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Junín. Corte Superior de Justicia de Lima Este• Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Lima Este. Corte Superior de Justicia de Lima Norte • 1°Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar del distrito de Independencia. • 2°Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar del distrito de Independencia. Artículo Segundo.- Redistribuir los expedientes principales en trámite de los Juzgados Penales Colegiados Conformados hacia los Juzgados Penales Colegiados Transitorios subespecializados en delitos derivados de la violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar, de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Junín y Lima Este, conforme se detalla en el siguiente cuadro: Corte Superior de JusticiaDesde HaciaRedistribución de expedientes en trámite ArequipaJuzgado Penal Colegiado Conformado de Arequipa1º Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Arequipa80 Juzgado Penal Colegiado Conformado de Cerro Colorado2º Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Arequipa80 JunínJuzgado Penal Colegiado Conformado de JunínJuzgado Penal Colegiado Transitorio de Junín80 Lima EsteJuzgado Penal Colegiado Conformado de Lima Este Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Lima Este80 Artículo Tercero.- Exhortar a los Administradores de los Módulos de Sanción Penal que la redistribución de expedientes en trámite, se realice en observancia al numeral II del tercer considerando y artículo primero de la Resolución Administrativa N° 255-2018-CE-PJ; debiendo tenerse en cuenta, además, lo establecido en los incisos 1) y 2) del artículo 359 del Código Procesal Penal, a fi n de no afectar los procesos en curso. Artículo Cuarto .- Disponer la apertura de turno del 1° y 2º Juzgados de Investigación Preparatoria Transitorios subespecializados en delitos asociados a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar del distrito de Independencia, Corte Superior de Justicia de Lima Norte. Artículo Quinto.- Disponer que las presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco, Junín y Lima Este, exhorten a los magistrados que integran los Juzgados Penales Colegiados Conformados para que mejoren su nivel resolutivo; con lo cual se estará evaluando la siguiente prórroga de los Juzgados Penales Colegiados Transitorios que los apoyan. Artículo Sexto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de sus áreas correspondientes, adopte las acciones administrativas respectivas para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Sétimo .- Facultar a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco, Junín, Lima Este y Lima Norte, adoptar las acciones correspondientes a fi n de operativizar la presente resolución administrativa. Artículo octavo.- Notifi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002), Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, O fi cina de Productividad Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco, Junín, Lima Este y Lima Norte; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 1 R. A. N° 000551-2023- CE-PJ; R. A. N° 000031-2024-CE-PJ; R. A. N° 000061-2024- CE-PJ; R. A. N° 000095-2024-CE-PJ; R. A. N° 000170-2024-CE-PJ; R. A. N° 000253-2024- CE-PJ; R. A. N° 000371-2024- CE-PJ. 2356349-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Aprueban medidas de austeridad que serán de aplicación para el ejercicio 2025 RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0065-2024- BCRP-N Lima, 18 de diciembre de 2024CONSIDERANDO QUE: De acuerdo a lo normado por los artículos 84° y 86° de la Constitución Política, el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) es una persona jurídica de derecho público con autonomía, dentro de su Ley Orgánica, gobernado por un Directorio de siete miembros, cuya fi nalidad es preservar la estabilidad monetaria; Según el artículo 3 de su Ley Orgánica, el BCRP, en el ejercicio de su autonomía en el cumplimiento de su fi nalidad y funciones, se rige exclusivamente por las normas de dicha Ley y su Estatuto; Por otra parte, el literal ñ) del artículo 24 de la Ley Orgánica del BCRP dispone que le corresponde al Directorio aprobar, modi fi car y supervisar su presupuesto anual; Asimismo, el artículo 86 de la Ley Orgánica establece que el BCRP cuenta con autonomía presupuestal. Este es responsable de la programación, formulación, aprobación, ejecución, ampliación, modi fi cación y control del presupuesto institucional; En concordancia con lo anterior, la Décima Disposición Final de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, señala que el BCRP rige su proceso presupuestario de conformidad con su Ley Orgánica, en el marco de lo dispuesto por el Artículo 84 de la Constitución Política;