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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (21/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 103

103 NORMAS LEGALES Sábado 21 de diciembre de 2024 El Peruano / En esa misma línea, el literal a) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley No. 32185 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, señala que, para el caso del Banco Central, las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos de personal a aplicarse en el año 2025 son aprobadas y dictadas mediante acuerdo de su Directorio, las mismas que deben publicarse en el diario o fi cial El Peruano. El Directorio del Banco Central de Reserva del Perú, en concordancia con la Constitución y la Ley, en ejercicio de la autonomía que éstas le otorgan, ha dispuesto mantener una política de austeridad en el gasto, que a su vez coadyuve a las mejoras en la e fi ciencia y procesos de la institución. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las medidas de austeridad siguientes, que serán de aplicación para el ejercicio 2025: a. Mantener un máximo de 961 plazas para el Cuadro de Asignación de Personal del Banco al cierre del año 2025. Las plazas liberadas por jubilación del personal por 70 años podrán ser convocadas hasta 3 meses anteriores a la fecha de jubilación. b. La contratación de nuevo personal, que no cali fi que como personal de con fi anza, se realizará mediante concurso público. Incluye los procesos de selección de los alumnos de los Cursos de Extensión Universitaria de Economía y Finanzas que ingresan a trabajar al Banco. c. Los concursos públicos para la contratación de personal y la convocatoria y selección de practicantes se publicarán en el Portal Institucional. d. El monto para la contratación por locación de servicios que se celebre con personas naturales de forma directa o indirecta no sobrepasará la remuneración máxima del puesto de gerente del Banco por el tiempo de contratación. Las excepciones a este tope son aprobadas por el Gerente General. e. No están autorizados los gastos de publicidad, salvo los requeridos por las normas legales y los vinculados al ejercicio de las funciones que la Constitución Política le asigna al Banco. f. Los viajes que se autorizan en el Banco se realizarán en categoría económica, pudiendo exceptuarse los casos previstos para el sector público. g. En las adquisiciones de insumos para la fabricación de monedas, la composición entre cospeles y fl ejes deberá decidirse en función de los costos relativos y la seguridad de abastecimiento. h. La Gerencia General emitirá una norma interna con disposiciones de austeridad adicionales. Artículo 2.- La presente Resolución de Directorio rige a partir del 1 de enero del 2025. Artículo 3.- La Resolución de Directorio N° 0054-2023-BCRP-N regirá hasta el 31 de diciembre del 2024. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 2356020-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos de la Universidad Nacional de San Martín UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN N° 1787-2024- UNSM/CU-R Tarapoto, 11 de diciembre del 2024Visto el Expediente Nº CADG0020240000005/SGD, que contiene el Proveído Nº D001905-UNSM-RE, Carta Nº D005092-2024-UNSM-DGA, Carta Nº D003285-2024-UNSM-OPP, Carta Nº D003065-2024-UNSM-URH, Carta Nº D000003-2024-UNSM-CADG, Informe Técnico Nº 000001-2024-UNSM-UPM, sobre Aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de la UNSM. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de San Martín es una institución descentralizada, autónoma con personería jurídica de derecho público interno; se rige por la Constitución Política, la Ley Universitaria Nº 30220, el Estatuto y su Reglamento General. Su personería y representación legal la ejerce el Rector y tiene como fi n formar profesionales humanistas, cientí fi cos y con excelencia académica, para los cambios del desarrollo de la región y del país, para así promover, realizar y difundir los resultados de la investigación en las áreas de humanidades, ciencias, arte y tecnología acorde a la realidad regional y nacional, con el objetivo de viabilizar alternativas e fi cientes y e fi caces para su desarrollo y transformación socioeconómica; Que, el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se mani fi esta en el régimen Académico, implica la potestad auto determinativa para fi jar el marco del proceso de enseñanza aprendizaje dentro de la institución universitaria. Supone el señalamiento de los planes de estudios, programas de investigación, formas de ingreso y egreso de la institución, etc. Es formalmente dependiente del régimen normativo y es la expresión más acabada de la razón de ser de la actividad universitaria (artículo 8º de la Ley Nº 30220); Que, el Consejo Universitario de la UNSM, es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad. Está integrado por: El Rector, quien lo preside, los Vicerrectores. Un cuarto (1/4) del número total de Decanos, elegidos por y entre ellos. El Director de la Escuela de Posgrado. Los representantes de los estudiantes regulares, que constituyen el tercio del número total de los miembros del Consejo. Deben pertenecer al tercio superior y haber aprobado como mínimo treinta y seis créditos, esto de conformidad con el artículo 58° de la Ley Universitaria - Ley N° 30220; Que, con Resolución de Consejo Universitario Nº 739-2024-UNSM/CU-R de fecha 29-05-2024, en su Artículo 1º se aprobó el Clasi fi cador de Cargos (MCC) de la Universidad Nacional de San Martín, no habiéndose consignado en la misma la dirección electrónica de portal institucional de la UNSM, Que, mediante Resolución de Consejo Universitario Nº 1203-2024-UNSM/CU-R, de fecha 22 de agosto se modi fi có la Resolución de Consejo Universitario Nº 739- 2024-UNSM/CU-R de fecha 29-05-2024, se modi fi có Artículo Primero de la Resolución de Consejo Universitario Nº 739-2024-UNSM/CU-R de fecha 29-05-2024, la misma que a partir de la fecha quedará redactada de la siguiente manera: Artículo 1°.- Aprobar el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional de San Martín, cuya dirección electronica para su visualización es https:// transparencia.unsm.edu.pe/documentos-gestion; Que, por intermedio de la Resolución de Consejo Universitario Nº 1660-2024-UNSM/CU-R, de fecha 22 de noviembre de 2024, se modi fi có el Artículo Primero de la Resolución Nº 636-2023-UNSM/CU-R de fecha 05.06.2023, Artículo 1°.- Aprobar la Designación de la Comisión para la actualización del ROF, CAP, MCC y demás instrumentos de Gestión que se encuentran en proceso de elaboración de la UNSM, la misma que está integrada por los siguientes profesionales: Item Nombre y Apellido Cargo 01 CPC. José Alexander Ayala Bustamante Presidente 02 Lic. M. S. Percy García Sánchez Miembro 03 Econ. Liliam Karina Pinchi Vargas Miembro 04 Bach. José Enrique Reyes Culqui Miembro