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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (29/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Domingo 29 de diciembre de 2024 El Peruano / x) Aprobar la subcontratación de prestaciones solicitada por los contratistas, hasta por el máximo permitido por ley. y) Autorizar la cesión de posición contractual en los casos permitidos por ley. z) Suscribir contratos complementarios, hasta por el máximo permitido por ley. aa) Suscribir los contratos con proveedores no domiciliados en el país, a que se re fi ere el literal f) del numeral 5.1 del artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, así como sus respectivas adendas. bb) Suscribir los contratos, así como modi fi car y/o resolver las contrataciones que se deriven del procedimiento especial de contratación previsto por la Ley N° 30154, Ley que regula un procedimiento especial de contratación para la realización en el Perú de transmisiones del mando supremo y de cumbres internacionales declaradas de interés nacional, y sus eventos conexos, que cuenten con la participación de jefes de estado, jefes de gobierno, altos dignatarios y comisionados; así como suscribir las adendas a dichos contratos. cc) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales y la reducción de prestaciones que deriven de contrataciones celebradas al amparo de la Ley N° 30154, Ley que regula un procedimiento especial de contratación para la realización en el Perú de transmisiones del mando supremo y de cumbres internacionales declaradas de interés nacional, y sus eventos conexos, que cuenten con la participación de jefes de estado, jefes de gobierno, altos dignatarios y comisionados. dd) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo presentadas por contratistas derivadas de contrataciones celebradas al amparo de la Ley N° 30154, Ley que regula un procedimiento especial de contratación para la realización en el Perú de transmisiones del mando supremo y de cumbres internacionales declaradas de interés nacional, y sus eventos conexos, que cuenten con la participación de jefes de estado, jefes de gobierno, altos dignatarios y comisionados. ee) Designar o contratar al jurado independiente para la evaluación de la propuesta arquitectónica, en el marco del Concurso de Proyectos Arquitectónicos. ff ) Designar a los miembros integrantes de comités de recepción de obra. gg) Aprobar, suscribir u observar las liquidaciones de ejecución de obra y de consultoría de obra; emitir pronunciamiento respecto a las observaciones formuladas a las referidas liquidaciones; y, noti fi car a los contratistas las referidas liquidaciones, cuando corresponda. hh) Suscribir contratos de fi deicomiso derivados de contratos de ejecución de obra. ii) Reconocer los créditos internos y devengados de ejercicios fenecidos; así como aquellos adeudos en los que resulte aplicable la acción por enriquecimiento sin causa en la vía correspondiente, en concordancia con la normativa vigente, y sin perjuicio de disponer el deslinde de responsabilidades a que hubiere lugar. jj) Representar a la Entidad ante la Dirección General de Abastecimiento - MEF, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE y ante el Tribunal de Contrataciones del Estado en los procedimientos, trámites y gestiones que se realicen ante dichas instancias, de acuerdo con la normatividad de contratación pública. 3.2 En materia de gestión de inversionesa) Autorizar la elaboración de expedientes técnicos o documentos equivalentes de proyectos de inversión; así como su ejecución cuando estos hayan sido declarados viables. b) Aprobar expedientes técnicos o documentos equivalentes de las inversiones públicas, a fi n de iniciar la ejecución física. 3.3 En materia de gestión administrativa a) Representar al Ministerio de Relaciones Exteriores ante las diferentes entidades públicas e instituciones privadas para realizar cualquier tipo de acto, trámite, gestión, procedimiento y/o actividad en materia administrativa que resulte necesaria para el desarrollo de las funciones del Ministerio. b) Suscribir los convenios de gestión y de colaboración y cooperación interinstitucional, en materia de administración de bienes inmuebles, y sus respectivas adendas; así como efectuar los trámites que deriven de estos. c) Suscribir contratos administrativos, civiles, licencias de uso y otros contratos o acuerdos de diversa índole o naturaleza, y sus respectivas adendas, en representación del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como minutas y/o escrituras públicas, cuando correspondan, con excepción de aquellos contratos con cargo a asignaciones ordinarias o extraordinarias de los órganos del servicio exterior; pudiendo además resolver tales contratos o acuerdos. d) Aprobar los actos de adquisición, administración y disposición de bienes muebles e inmuebles que corresponden al Titular del Ministerio de Relaciones Exteriores conforme a la normativa del Sistema Nacional de Abastecimiento Público y las Directivas que emite la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas; así como realizar los trámites previos y los que se deriven de los actos de adquisición, administración y disposición que se aprueben, presentando los expedientes técnicos u otros documentos que correspondan ante la entidad pública propietaria y/o ante la entidad competente para promover los actos de disposición. e) Aprobar y aceptar las donaciones solicitadas por entidades públicas o privadas respecto de bienes muebles e inmuebles, así como las donaciones de suministro de funcionamiento. Artículo 4.- De la delegación al Titular de la O fi cina General de Recursos Humanos Se delega en el(la) jefe(a) de la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores, las siguientes facultades: 4.1 En materia de gestión administrativa a) Administrar el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público (FAG) asignado al Ministerio de Relaciones Exteriores, en el marco del Decreto Ley N° 25650; y en ese sentido, suscribir la documentación concerniente a la contratación de consultores de la entidad, tales como, términos de referencia del servicio, contratos de locación de servicios, solicitud para el registro de contratos, adendas, solicitud para el registro de prórroga y/o renovación de contratos, solicitud para el pago de honorarios y otros documentos relacionados con el FAG conforme a la Directiva N° 003-2024- EF/43.01 “Lineamientos para la administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley N° 25650”, aprobada con Resolución Ministerial N° 397- 2024-EF/43, o norma que la sustituya. b) Comunicar a la Unidad Transitoria de Pago (UTP) constituida en la O fi cina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas cuando el consultor deje de prestar servicios bajo cualquier causa y/o motivo. c) Comunicar a la UTP, de manera inmediata, en caso tome conocimiento de la imposición al consultor de alguna sanción de destitución fi rme o que haya agotado la vía administrativa y/o con sentencia condenatoria consentida y/o ejecutoriada. Artículo 5.- De la delegación al Titular de la O fi cina de Logística Se delega en el(la) jefe(a) de la O fi cina de Logística de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Relaciones Exteriores, las siguientes facultades: 5.1 En materia de contrataciones del Estadoa) Suscribir contratos bajo la modalidad de locación de servicios con personas naturales al amparo de la prórroga dispuesta por el acápite iv) de la Centésima Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N°