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17 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2024 El Peruano / l) Suscribir las adendas correspondientes que prorroguen los contratos de servicios de arrendamiento de bienes inmuebles. m) Poner en conocimiento del Tribunal de Contrataciones del Estado la existencia de indicios de la comisión de una infracción por parte de los proveedores, participantes, postores, contratistas, expertos independientes y otros, que pudieran dar lugar a la aplicación de sanciones. Artículo 6.- Delegar en el/la Director/a de la O fi cina de Personal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, durante el ejercicio fi scal 2025, la siguiente facultad en la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – Dirección General de Administración del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo: a) Suscribir, ampliar y prorrogar los contratos que se celebren al amparo del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, cuando corresponda. b) Suscribir, ampliar y prorrogar los contratos que se celebren en el marco del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Fomento del Empleo, sus normas reglamentarias y complementarias cuando corresponda. c) Suscribir los Contratos Administrativos de Servicios - CAS y sus respectivas adendas y demás actos y/o documentos derivados del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y modi fi catoria así como la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales. d) Suscribir Convenios de prácticas pre profesionales y profesionales. e) Autorizar y resolver las acciones de personal comprendidas en el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276 a que se re fi ere el Capítulo VII del Reglamento de la Carrrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, hasta el nivel F-5. Esta facultad no incluye la de efectuar nombramientos o designaciones en cargos de con fi anza, ni en cargos de libre designación o remoción. f) Autorizar y resolver las acciones de desplazamiento de personal comprendidas en el régimen especial derivado de la contratación administrativa de servicios regulado en el Decreto Legislativo N° 1057. g) Emitir resoluciones relacionadas al régimen pensionario regulado por el Decreto Ley Nº 20530 y modi fi catorias, sobre reconocimiento de derechos pensionarios, montos de la pensión de cesantía y sobrevivientes, suspensión de pensión y reactivación de pensión. h) Suscribir en representación del MINCETUR los documentos y resoluciones en el marco del proceso de transferencia a la ONP, de los pensionistas del Decreto Ley N°20530 a cargo del MINCETUR. i) Suscribir las resoluciones de extinción de pensión de sobrevivientes de acuerdo a lo regulado por el artículo 53 del Decreto Ley Nº 20530 y modi fi cado por el artículo 7 de la Ley Nº 28449. j) Suscribir convenios con entidades e instituciones, públicas y/o privadas, en bene fi cio de los servidores de los diferentes regímenes laborales que no irroguen gastos a la entidad. k) Aprobar planes de trabajo en el marco de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. l) Solicitar a la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR la asignación de los Gerentes Públicos, el término de la asignación antes del plazo del contrato por mutuo acuerdo y la modi fi cación de los convenios de asignación, así como realizar las gestiones administrativas y suscribir los documentos destinados para tal fi n, en el marco del Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo N° 1024 aprobado por Decreto Supremo N° 030-2009- PCM. m) Emitir y suscribir actos administrativos o documentos que sean necesarios en el marco del procedimiento y diligencias de ejecución de mandatos judiciales en calidad de cosa juzgada en materia laboral, a fi n de dar cumplimiento a las órdenes judiciales. n) Expedir resoluciones sobre suplencia y designación temporal o encargaturas en puestos de responsabilidad directiva para el personal sujeto a los regímenes de los Decretos Legislativos N°s 276, 728 y 1057, así como el Personal Altamente Cali fi cado (PAC) hasta el nivel F-5. Artículo 7.- Delegar en el/la Director/a General de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, durante el Ejercicio Fiscal 2025, la siguiente facultad: a) Aprobar, modi fi car o derogar las Directivas Generales relacionadas con los sistemas administrativos de planeamiento estratégico, presupuesto público y modernización de la gestión pública, y con el Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional No Reembolsable, de acuerdo a las normas legales vigentes. Artículo 8.- Delegar en el/la Procurador/a Público/a del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, durante el Ejercicio Fiscal 2025, las siguientes facultades: a) Evaluar la decisión de conciliar o rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio, considerando criterios de costo-bene fi cio y ponderando los costos en tiempo y recursos del proceso arbitral, la expectativa de éxito de seguir el arbitraje y la conveniencia de resolver controversias a través de la conciliación, en el marco del TUO de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF y derivados de convenios o contratos suscritos, previo informe técnico legal del área usuaria, O fi cina General de Administración y de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto. b) Designar arbitro respecto de los procesos de contratación en el marco del TUO de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, y el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y sus modi fi catorias, asimismo de los contratos derivados de los convenios de administración de recursos suscritos por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Artículo 9.- Delegar en el/la Director/a Ejecutivo/a de la Dirección Ejecutiva - Plan COPESCO Nacional, durante el Ejercicio Fiscal 2025, en el ámbito de la Unidad Ejecutora 004: MINCETUR - Plan COPESCO Nacional del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la facultad de designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias. Artículo 10.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se re fi ere la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 11.- Los funcionarios señalados en los artículos precedentes deberán informar semestralmente al Despacho Ministerial, sobre el ejercicio de las facultades delegadas mediante la presente Resolución, dentro de los diez (10) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre. Artículo 12.- Remitir copia de la presente Resolución a los funcionarios a los cuales se les ha delegado las facultades antes mencionadas y al Órgano de Control Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2358134-1