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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (31/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 288

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2024 El Peruano / Artículo 32.- Comisión Intergubernamental de Desarrollo e Inclusión Social (CIDIS) 32.1 La CIDIS es un órgano colegiado de naturaleza permanente que depende del MIDIS, y tiene como propósito fomentar acciones para la implementación de políticas públicas de desarrollo e inclusión social en las regiones, teniendo como principales funciones: a) Promover y hacer seguimiento al alineamiento estratégico intergubernamental de las políticas públicas de desarrollo e inclusión social. b) Debatir sobre los resultados de los indicadores sociales de cada región, y promover el desarrollo de Agendas Sociales Territoriales (AST) a nivel regional y local orientadas al cierre de brechas sociales. c) Generar el espacio para el establecimiento de compromisos de los tres niveles de gobierno en favor del desarrollo e inclusión social. d) Promover espacios de colaboración y coordinación multisectorial e intergubernamental para el logro de los resultados de los indicadores sociales. e) Promover el desarrollo de proyectos para la implementación o mejora de la infraestructura social. f) Impulsar el desarrollo de intervenciones para el cierre de brechas sociales, bajo un enfoque territorial. g) Visibilizar y difundir buenas prácticas e innovaciones de los gobiernos regionales en materias de desarrollo e inclusión social. h) Presentar recomendaciones para la implementación de la Política nacional de desarrollo e inclusión social a nivel territorial. 32.2 La organización, conformación y funcionamiento de la CIDIS se regula por su reglamento interno, el cual se aprueba mediante Resolución Ministerial del MIDIS. Artículo 33.- Instancia de Articulación Regional de Desarrollo e Inclusión Social 33.1. Cada gobierno regional organiza y lidera una IAR-DIS, aprobada por Ordenanza Regional, responsable de la articulación y seguimiento de las acciones que aseguren la provisión e fi ciente, e fi caz, efectiva y de calidad de las intervenciones públicas de desarrollo e inclusión social en el territorio, generando consensos, intercambiando información, efectuando acciones conjuntas, impulsando el cumplimiento de acuerdos, entre otros. La coordinación es permanente y continua para el logro de sus objetivos. 33.2 La IAR-DIS tiene como funciones, sin ser limitativas, las siguientes: a) Promover el alineamiento de prioridades, objetivos, metas y recursos del gobierno regional para la implementación de la Política nacional de desarrollo e inclusión social, a través de una gestión articulada con los gobiernos locales de su jurisdicción, cuando corresponda. b) Proponer recomendaciones orientadas a la mejora de los instrumentos de gestión del gobierno regional, para efectivizar el logro de resultados. c) Realizar el seguimiento a las acciones que aseguren las condiciones para la entrega oportuna de intervenciones públicas priorizadas de desarrollo e inclusión social, fortaleciendo sinergias en el territorio; y reportar su cumplimiento al ente rector. d) Hacer de conocimiento del gobierno regional, las alertas presentadas por las IAL-DIS de la jurisdicción, respecto de aquellos compromisos que no han sido cumplidos por el gobierno local o por la entidad pública a cargo, con relación a las intervenciones públicas priorizadas de desarrollo e inclusión social, para la adopción de medidas correctivas. 33.3 La IAR-DIS es presidida por el Gobernador Regional e integrada por los titulares de los órganos de línea responsables de la implementación de la Política nacional de desarrollo e inclusión social y demás políticas públicas de desarrollo e inclusión social. 33.4 En dicha instancia participan los representantes de las organizaciones de la sociedad civil, la cooperación internacional, la academia y del sector privado, cuyo proceso de identi fi cación e incorporación está a cargo del gobierno regional. 33.5 El gerente regional de desarrollo social, o el que haga sus veces, reporta al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) las acciones y resultados obtenidos de la ejecución de los acuerdos de las sesiones de la instancia. 33.6 El MIDIS dicta lineamientos para orientar la conformación de las IAR-DIS. 33.7 La organización, conformación y funcionamiento de la IAR-DIS se regula por su reglamento interno, el cual es aprobado por el Gobierno Regional con un dispositivo legal. Artículo 34.- Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social 34.1 Cada gobierno local organiza y lidera una IAL- DIS, aprobada por Ordenanza Municipal, con el objetivo de lograr la implementación e fi ciente, e fi caz, efectiva y de calidad de las intervenciones públicas de desarrollo e inclusión social en el territorio, generando consensos, intercambiando información, efectuando acciones conjuntas, impulsando el cumplimiento de acuerdos, entre otros. La Instancia de Articulación Local tiene como funciones, sin ser limitativas, las siguientes: a) Monitorear y reportar a las entidades encargadas de la prestación de las intervenciones públicas priorizadas, la ejecución del registro nominal de mujeres gestantes y niñas, niños y adolescentes, y los problemas identi fi cados tales como inconsistencias, duplicidades, fi ltraciones o exclusiones, entre otros. b) Monitorear y reportar al MIDIS el seguimiento al funcionamiento y cumplimiento de los acuerdos de la instancia, así como los problemas identi fi cados y las soluciones implementadas. c) Monitorear y reportar al OFIS sobre las limitaciones para la operatividad y el adecuado funcionamiento de las Unidades Locales de Empadronamiento (ULE), así como las vinculadas al cierre de brechas de información de hogares de sus jurisdicciones territoriales. d) Comunicar a los representantes de las entidades encargadas de la provisión de las intervenciones públicas acerca del cumplimiento de los acuerdos asumidos en el marco de la implementación de intervenciones y servicios priorizados según curso de vida, y otros compromisos para el cumplimiento de la Política nacional de desarrollo e inclusión social. e) Analizar y brindar información a la IAR-DIS sobre el incumplimiento de compromisos del gobierno local o de la entidad pública prestadora del servicio, para la adopción de las medidas correctivas que correspondan. 34.2 La IAL-DIS es presidida por el Alcalde e integrada por los titulares de los órganos de línea responsables de la implementación de políticas públicas de desarrollo e inclusión social. 34.3 En la IAL-DIS pueden participar representantes de las organizaciones de la sociedad civil, la cooperación internacional, la academia y del sector privado, cuyo proceso de identi fi cación e incorporación está a cargo del gobierno local. 34.4 La gerencia municipal de desarrollo social, o la que haga sus veces, reporta al gobierno regional y/o al MIDIS, según corresponda, las acciones y resultados obtenidos de la ejecución de los acuerdos de las sesiones de la instancia. 34.5 En caso el gobierno local no cuente con una IAL- DIS, la gerencia municipal de desarrollo social, o la que haga sus veces, reporta al OFIS el estado situacional de la ULE. 34.6 El MIDIS dicta lineamientos para orientar la conformación de las Instancias de Articulación Local. 34.7 La organización, conformación y funcionamiento de la IAL-DIS se regula por su reglamento interno, el cual es aprobado por el Gobierno Local con un dispositivo legal.