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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2024 (11/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Jueves 11 de enero de 2024 El Peruano / Nombran Fiscales Pro vinciales y Fiscales Adjuntos Provinciales del Distrito Fiscal de Lima Centro y designan Fiscales en la Tercera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada y en el 3º Despacho Provincial Penal de la Tercera Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 068-2024-MP-FN Lima, 10 de enero de 2024VISTO Y CONSIDERANDO: El informe N° 14-2023-MP-FN-CGEEFCLBP, cursado por la abogada Magaly Elizabeth Quiroz Caballero, Coordinadora General del Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, mediante el cual señala que el Equipo Especial a su cargo se encuentra avocado a investigaciones referentes a crimen organizado y corrupción de funcionarios, lo que requiere personal que cuente con la especialización respectiva; por lo que con la fi nalidad de impulsar los casos a cargo del citado Equipo Especial, formula propuesta para la restructuración del mismo. Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2096-2023-MP-FN, de fecha 21 de agosto de 2023, se nombró al abogado Cristhian Genaro Alfaro Cáceres, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, cuyo nombramiento y designación fueron prorrogados mediante Resolución de la Fiscalía de la Fiscalía de la Nación N° 3505-2023-MP-FN, de fecha 15 de diciembre de 2023, a partir del 01 de enero y hasta el 30 de junio de 2024. Asimismo, a través de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nos. 2464 y 2515-2023-MP-FN, de fechas 28 y 29 de septiembre de 2023, respectivamente, se nombraron a los abogados César Ytaniel Silva Zárate y Angie Liseth Távara Roque, como Fiscales Provinciales Provisionales Transitorios del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolos en el Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, cuyos nombramientos y designaciones fueron prorrogados mediante Resolución de la Fiscalía de la Fiscalía de la Nación N° 3656-2023-MP-FN, de fecha 28 de diciembre de 2023, a partir del 01 de enero y hasta el 30 de junio de 2024. A través de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.os 2091 y 2905-2023-MP-FN, de fechas 21 de agosto y 31 de octubre de 2023, respectivamente, se nombraron a los abogados Rosa Lorena Pastor Monier y Alex Raul Valenzuela Castro, como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales Transitorios del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolos en el Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, cuyos nombramientos y designaciones fueron prorrogados mediante Resolución de la Fiscalía de la Fiscalía de la Nación N° 3656-2023-MP-FN, de fecha 28 de diciembre de 2023, a partir del 01 de enero y hasta el 30 de junio de 2024. Por otro lado, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2974-2023-MP-FN, de fecha 03 de noviembre de 2023, se nombró a la abogada Elizabeth Doris López Cervantes, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, cuyo nombramiento y designación fueron prorrogados mediante Resolución de la Fiscalía de la Fiscalía de la Nación N° 3503-2023-MP-FN, de fecha 15 de diciembre de 2023, a partir del 01 de enero y hasta el 30 de junio de 2024.El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley N° 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la Ley N° 30483, también modi fi cada mediante Ley N° 31718, se establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Respecto a la provisionalidad la Corte ha señalado que esta “no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria”. Es aquí, en que se destaca la comprensión de la condición resolutoria, desarrollada por la Corte, que “sería la extinción de la causa que motivó la ausencia o separación temporal de la funcionaria o el funcionario titular, o el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público para proveer los reemplazos de carácter permanente”. El Fiscal de la Nación Interino como titular de la institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal y considerando el requerimiento formulado por la magistrada Magaly Elizabeth Quiroz Caballero, se hace oportuno emitir el acto resolutivo correspondiente, en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, por el cual se dispongan los nombramientos y designaciones de los abogados propuestos para las plazas de Fiscales Provinciales y Fiscales Adjuntos Provinciales del Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, nombramientos y designaciones que tendrán vigencia a partir de la fecha de sus juramentaciones y hasta el 30 de junio de 2024, en mérito a lo dispuesto por Resoluciones de la Junta de Fiscales Supremos Nos. 087-2021-MP-FN-JFS, 108 y 109-2023-MP-FN-JFS, de fechas 15 de diciembre de 2021 y 22 de diciembre de 2023, según corresponda, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente, para ello deberá, previamente, darse por concluido los nombramientos y designaciones de los abogados señalados en los párrafos segundo al quinto y, considerando que dos de ellos son magistrados titulares, deberá de designárseles en una plaza conforme a su título de nombramiento. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N° 31718.