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24 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de enero de 2024 El Peruano / causales de la pérdida de años de vida saludables por discapacidad o por muerte prematura, en los que tiene responsabilidad la persona y familia a través de sus conductas; Que, con Decreto Supremo N° 042-2023-PCM, se aprueba la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial, el cual contempla en el Eje 8: La salud como derecho humano, los lineamientos 8.5 y 8.6 referidos a fortalecer la lucha contra la anemia y desnutrición crónica infantil y, promover estilos de vida saludable de forma sostenible, respectivamente; Que, según la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar - ENDES, la prevalencia de la anemia en niños de 6 a 35 meses presentó una ligera reducción de 1.2 puntos porcentuales, de 40.0% en el 2020 a 38.8% en el 2021, sin embargo, se incrementó en 3.6 puntos porcentuales para el año 2022, alcanzado a 42.4% y de acuerdo con el reporte al primer semestre de la ENDES 2023, se incrementó en 1.2 puntos porcentuales ubicándose en 43.6%, por lo que, en nuestro país la anemia es considerada por la Organización Mundial de Salud como un problema de salud pública severo; Que, por lo expuesto, resulta necesario aprobar el Plan Multisectorial para la Prevención y Reducción de la Anemia Materno Infantil en el Perú. Periodo 2024-2030, a efectos de coadyuvar en la disminución del incremento de la anemia en niños de 6 a 36 meses y gestantes, que afecta el desarrollo cognitivo, social, emocional y la calidad de vida de las personas, y repercute (a largo plazo) en el desarrollo social y económico del país y la baja productividad; Que, en virtud al numeral 11 del inciso 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2021- PCM, la presente norma se considera excluida del alcance del AIR Ex Ante por la materia que comprende la aprobación de un Plan Multisectorial con la fi nalidad de contribuir a mejorar el estado de salud y nutrición de la primera infancia como condición indispensable del desarrollo del capital humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar con inclusión e igualdad de género, considerando sus características sociales, culturales y lingüísticas; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación Aprobar el Plan Multisectorial para la Prevención y Reducción de la Anemia Materno Infantil en el Perú. Periodo 2024-2030, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Financiamiento Lo establecido en el presente Decreto Supremo se fi nancia con cargo a los recursos del presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Publicación El presente Decreto Supremo se publica en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en las sedes digitales del Ministerio de Salud (www.gob.pe/ minsa), del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), del Ministerio de la Producción (www.gob. pe/produce), del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda) y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (www.reniec.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Salud, la Ministra de Educación, la Ministra de Desarrollo Agrario y Riego, la Ministra de la Producción, el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social y la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JENNIFER LIZETTI CONTRERAS ALVAREZ Ministra de Desarrollo Agrario y Riego JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social MIRIAM JANETTE PONCE VERTIZ Ministra de Educación ANA MARIA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA Ministra de la Producción CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2255412-3 Derogan las Resoluciones Ministeriales Nros. 1167, 1168, 1169, 1177 y 1178-2023-MINSA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 042-2024/MINSA Lima, 22 de enero del 2024Visto, el Expediente Nº CENARE20240000010, que contiene la Nota Informativa Nº D000004-2024-CENARES-OPPM-MINSA y el Memorándum Nº D000020-2024- CENARES-MINSA emitidos por el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos – CENARES, el Memorándum Nº D000057-2024-OGPPM-MINSA, el Informe Nº D000017-2024-OGPPM-OP-MINSA, la Nota Informativa Nº D000123-2024-OGPPM-OP-MINSA y el Memorándum Nº D000120-2024-OGPPM-MINSA emitidos por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Nota Informativa Nº D000068-2024- OGAJ-MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1167- 2023/MINSA, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 29 de diciembre de 2023, se autorizó la Transferencia Financiera del Pliego 011. Ministerio de Salud, por la suma de hasta S/ 225 415,00 (DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS QUINCE Y 00/100 SOLES), a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), para la adquisición de Linezolid 600 mg tableta, necesario para las intervenciones estratégicas sanitarias definidas por el Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1168-2023/ MINSA, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 29 de diciembre de 2023, se autorizó la Transferencia Financiera del Pliego 011. Ministerio de Salud, por la suma de hasta S/ 2 413 737,00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS TRECE MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), a favor del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), para la adquisición de otras combinaciones de multivitaminas PLV 1G, Retinol 100000 UI TAB, Retinol 200000 UI TAB y Test para