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15 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de enero de 2024 El Peruano / Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR son aprobadas por dicha instancia, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Con el visado del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, de la Directora General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, y el Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI, así como el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el numeral 6.5 de los “Lineamientos para el otorgamiento de la autorización del proyecto y autorización de funcionamiento del centro de cría en cautividad”, aprobados por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 147-2017-SERFOR/DE, en los siguientes términos: (…) 6.5 Consideraciones para los requisitos Para el requisito previsto en el literal b del numeral 6.4.1, el tipo de plan de manejo requerido es el siguiente: a. Para el manejo de invertebrados: DEMAFS, elaborada y suscrita por especialista en fauna silvestre. b. Para el manejo de vertebrados: Según lo detallado en el Cuadro N° 2 Cuadro N° 2: Plan de manejo aplicable según el centro de cría en cautividad Tipo de centro de cría DEMAFS PMFS Zoocriaderos Todos No aplica Zoológicos Zoológico Tipo C y B Zoológico Tipo A Centros de Rescate Todos No aplica Centros de Conservación Todos No aplica Elaboración y suscrip- ciónEspecialista en fauna silvestreRegente de fauna silvestre Las instalaciones previstas en el plan de manejo y a ser construidas, previo a la autorización de funcionamiento, deben responder técnicamente al objetivo del centro, sin perjuicio de que el plan de manejo pueda incluir modi fi caciones a las instalaciones en el futuro. 1 En caso el área del centro de cría se encuentre en zonas colindantes a las reservas establecidas por el Estado a favor de los pueblos indígenas en situación de aislamiento o contacto inicial, o donde existan reportes sobre su proximidad, el solicitante debe incluir el plan de contingencia en un anexo al plan de manejo, según los lineamientos establecidos por el Ministerio de Cultura. Artículo 2.- Modi fi car el numeral 5.3.1 de los “Lineamientos para la elaboración de planes de manejo de fauna silvestre aplicables para zoológicos”, aprobados por Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000017-2022-MIDAGRI-SERFOR-DE, en los siguientes términos: (…) 5.3. Consideraciones generales 5.3.1 Tipos de planes de manejo de fauna silvestreLos tipos de planes de manejo de fauna silvestre aplicables a los zoológicos son: a. La DEMAFS que es formulada para el aprovechamiento de: - Fauna silvestre invertebrada. - Fauna silvestre vertebrada en zoológicos de Tipo C. - Fauna silvestre vertebrada en zoológicos de Tipo Bb. El PMFS que es formulado para el aprovechamiento de:- Fauna silvestre vertebrada en zoológicos de Tipo A. Artículo 3.- Los planes de manejo presentados antes de la entrada en vigencia de la presente resolución y que de acuerdo con la modi fi cación efectuada por el artículo 1, correspondan suscribirse por un profesional diferente al que lo suscribió, son pasibles de observación por la autoridad competente, debiendo ser subsanada por el administrado. Lo anterior no resulta aplicable para aquellos planes de manejo suscritos por profesionales que cuenten con una licencia para ejercer como especialista y otra para ejercer como regente. La ARFFS, al momento de resolver, asignará la denominación del tipo de plan de manejo que corresponda, considerando lo previsto en la modi fi cación efectuada por el artículo 1. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ALBERTO GONZALES ZÚÑIGA GUZMÁN Director EjecutivoServicio Nacional Forestal y de Fauna SilvestreSERFOR 1 Luego de otorgada la autorización de funcionamiento, siempre y cuando esté previsto en el cronograma de ejecución aprobado. 2255346-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Designan Viceministra de Prestaciones Sociales RESOLUCIÓN SUPREMA N° 001-2024-MIDIS Lima, 23 de enero de 2024 CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, la cual contempla el cargo de Viceministro/a de Prestaciones Sociales; Que, mediante Resolución Suprema N° 006-2023- MIDIS, se dispone encargar a la señora FANNY ESTHER MONTELLANOS CARBAJAL, Viceministra de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el cargo de Viceministra de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en adición a sus funciones y en tanto se designe a su titular; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la encargatura antes señalada; y, designar al/a la funcionario/a que ejerza el cargo de Viceministro/a de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y, la Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;