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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (10/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Sábado 10 de febrero de 2024 El Peruano / Que, resulta necesario designar al profesional que desempeñará dicho cargo; Con el visado de la O fi cina General Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419; y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo Único. - Designar al señor Oscar Segundo Zelada Pozo, en el cargo de con fi anza de Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, Jefe de la O fi cina de Infraestructura y Soporte Tecnológico de la O fi cina General de Tecnologías de Información del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2260699-1 RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que ratifica el Protocolo de enmienda del Acuerdo del 3 de abril de 2001, por el que se crea la Organización Internacional de la Viña y el Vino en lo que respecta a la localización de la sede DECRETO SUPREMO Nº 007-2024-RE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el “Protocolo de enmienda del Acuerdo del 3 de abril de 2001, por el que se crea la Organización Internacional de la Viña y el Vino en lo que respecta a la localización de la sede” fue adoptado por la Asamblea General Extraordinaria de la Organización Internacional de la Viña y el Vino el 21 de mayo de 2022, en Dijon, República Francesa; Que, en virtud del numeral 18 del inciso 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, el presente decreto supremo se encuentra excluido del alcance del AIR Ex Ante por la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR) de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación interna del citado tratado; Estando al Informe (DGT-EPT) N° 2-2024; y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y por el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley N° 26647; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Se rati fi ca el “Protocolo de enmienda del Acuerdo del 3 de abril de 2001, por el que se crea la Organización Internacional de la Viña y el Vino en lo que respecta a la localización de la sede”, adoptado por la Asamblea General Extraordinaria de la Organización Internacional de la Viña y el Vino el 21 de mayo de 2022, en Dijon, República Francesa. Artículo 2.- Publicación El Ministerio de Relaciones Exteriores proceda a publicar en el diario o fi cial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el texto íntegro del tratado antes referido y la fecha de su entrada en vigor. Artículo 3.- Dar cuenta al Congreso Se dé cuenta al Congreso de la República. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JAVIER GONZÁLEZ OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2260754-3 Dan por terminadas funciones de Cónsul General del Perú en Bruselas, Reino de Bélgica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 024-2024-RE Lima, 9 de febrero de 2024VISTAS:La Resolución Suprema N° 066-2019-RE, de 13 de abril de 2019, que nombró al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Daniel Fernando Roca Alcázar, Cónsul General del Perú en Bruselas, Reino de Bélgica; La Resolución Viceministerial N° 0267-2019-RE, que fi jó el 1 de noviembre de 2019, como la nueva fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Cónsul General del Perú en Bruselas, Reino de Bélgica; CONSIDERANDO:De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE; el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; el Reglamento Consular del Perú, aprobado por el Decreto Supremo N° 032-2023-RE; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Daniel Fernando Roca Alcázar, como Cónsul General del Perú en Bruselas, Reino de Bélgica. Artículo 2.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes, a partir de la fecha de término de funciones que será fi jada mediante Resolución Viceministerial. Artículo 3.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución Suprema a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.