Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (10/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Sábado 10 de febrero de 2024 El Peruano / ANEXO B CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS N° (……..…..) Conste por el presente documento un Contrato de Locación de Servicios que suscriben de una parte …………………….…. (nombre de la ENTIDAD), con Registro Único de Contribuyente N° …………., con domicilio en ………………… (Distrito, Provincia y Departamento), representado por ……………………...., en virtud de la Resolución ………… (tipo) N° ………., (cargo de la autoridad que fi rma), identi fi cado con D.N.I. N° …………. , a quien en adelante, se denominará la ENTIDAD ; y de otra parte, ………..……………con Registro Único de Contribuyente N° ……………….. , identi fi cado con D.N.I Nº …………, con domicilio en ……………………… (Distrito, Provincia y Departamento), número de teléfono ……..……, correo electrónico ………………….., a quien en adelante se denominará el Servidor Público de Alto Rendimiento (SPAR) ; en los términos y condiciones siguientes: 1. Cláusula primera: Antecedentes y base legalEl presente contrato se celebra bajo los alcances de:▪ Decreto Ley Nº 25650, Crean el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público. ▪ Decreto de Urgencia Nº 053-2009, Dictan medidas urgentes sobre la administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público y otras disposiciones, cuya vigencia se declaró permanente mediante la Centésima Décima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2012. ▪ Ley N° 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del Fenómeno El Niño para el año 2023 y dicta otras medidas. ▪ Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000234-2023-SERVIR-PE, Aprueban los criterios de dotación y de contraprestaciones de los/as servidores/as públicos de alto rendimiento contratados con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG) regulado por el Decreto Ley N° 25650, en los gobiernos regionales y gobiernos locales priorizados, en el marco de la Ley N° 31912; y dictan otras disposiciones. ▪ Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000020-2024-SERVIR-PE, Aprueban la de fi nición de metas de cumplimiento y evaluación de los servidores públicos de alto rendimiento contratados con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG), en el marco de la Ley N° 31912, así como indicadores, metas de cumplimiento, criterios de veri fi cación y periodicidad. ▪ Resolución Ministerial N° xxxx-2024-EF/43, que aprueba la Directiva N° 0002-2024-EF/43.01, denominada “Lineamientos para la contratación de servidores públicos de alto rendimiento con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público en el marco de la Ley N° 31912”, en adelante, los Lineamientos. 2. Cláusula segunda: ObjetoEl objeto del presente documento es contratar al SPAR quien prestará los servicios que se describen en los Términos de Referencia del Servicio (Anexo A), los cuales se podrán modi fi car si los intereses de la entidad receptora así lo requieren y en el marco de las disposiciones que emita la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR. 3. Clausula tercera: Duración del contratoEl contrato entra en vigencia el .....de ... de 20… hasta el .... de ............. de 20...4. Cláusula cuarta: MetasEl SPAR deberá cumplir las metas establecidas para el per fi l del puesto según la Resolución N° 000020-2024-SERVIR- PE aprobada por SERVIR o norma que la sustituya. 5. Cláusula quinta: Prórroga/RenovaciònLa prórroga del contrato FAG está sujeta a la voluntad de la ENTIDAD y del SPAR , para lo cual, la ENTIDAD deberá seguir el procedimiento establecido en el numeral 5.4 de los Lineamientos. La renovación del contrato FAG está sujeta a la voluntad de la ENTIDAD y del SPAR , y condicionada al resultado aprobatorio de la evaluación fi nal que realice SERVIR, para lo cual, la ENTIDAD deberá seguir el procedimiento establecidos en el numeral 5.4 de los Lineamientos. 6. Cláusula sexta: Determinación de los HonorariosLos honorarios profesionales que percibirán el SPAR ascenderán a la suma mensual de S/ .......... (............... y ..../100 soles), incluido impuestos, de acuerdo a lo establecido en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000234-2023-SERVIR-PE o norma que la sustituya. 7. Cláusula sétima: Pago de HonorariosEl pago de los honorarios será mensual, previa Conformidad del Servicio (Anexo N° 6 de los Lineamientos Generales) de la ENTIDAD y presentación del recibo por honorarios, a nombre del Ministerio de Economía y Finanzas, por parte del SPAR . La Unidad Transitoria de Pago efectuará el pago de la contraprestación y de las obligaciones tributarias que se deriven de ellas. El pago de los honorarios se realizará mediante abono en la cuenta bancaria individual que para tal efecto comunique el SPAR . 8. Cláusula octava: Condición jurídicaEl presente contrato sólo podrá celebrarse para la contratación de servidores públicos de alto rendimiento en los gobiernos regionales y los gobiernos locales priorizados, con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG), establecido por el Decreto Ley Nº 25650, que crea el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco de la Ley Nº 31912. Dichos contratos no están sujetos a las disposiciones de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, ni al Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios.